RESOLUCIÓN 1 2023 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 1-SSJUS- 21 - APRUEBA  PROCEDIMIENTO PARA LA RESTITUCIÓN DE APARATOS ELECTRÓNICOS USADOS DE TELEFONÍA CELULAR

Publicación:

16/05/2023

Sanción:

04/05/2023

Organismo:

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624


VISTO: La Ley N° 6.009 (texto consolidado por Ley 6.588), su modificatoria N° 6.567,

las Resoluciones Nros. 592-AGC/18 y 267-GCABA-AGC/19, la Resolución de Firma

Conjunta N° 1-GCABA-SSJUS/21, el Expediente Electrónico N° 2023-16362801-

GCABA-AGC, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6.009, regula por razones de seguridad, la identificación de los aparatos

electrónicos usados de telefonía celular, sus repuestos y partes, afectados a la compra

venta y reparación;

Que asimismo, crea un sistema público, online y gratuito de seguimiento de

actividades relativas a la comercialización y reparación de aparatos electrónicos

usados de telefonía celular, sus repuestos y partes, en el ámbito de la Agencia

Gubernamental de Control en su calidad de autoridad de aplicación;

Que en razón de ello, mediante Resolución N° 592-AGC/18 la Agencia Gubernamental

de Control, estableció las directrices para que los titulares de los establecimientos

alcanzados por las previsiones de la Ley N° 6.009, acrediten la legítima adquisición o

tenencia de cada uno de los aparatos que posean para su reparación y/o venta;

Que consecuentemente, por medio de la Resolución N° 267-GCABA-AGC/19, la

Agencia Gubernamental de Control aprobó el "Procedimiento Portal Externo del

Sistema CeluBA";

Que a través de la Resolución de Firma Conjunta N° 1-GCABA-SSJUS/21, se aprobó

el procedimiento para la restitución de aparatos electrónicos usados de telefonía

celular conforme al IF-2021-03609749-GCABA-SSJUS;

Que mediante Ley N° 6.567, se modificó el artículo 6° de la Ley N° 6.009 (texto

consolidado por Ley N. 6.588), y estableció que: "La autoridad de aplicación, a los

fines de lograr la restitución a sus titulares, publicará en el sitio WEB

https://recuperos.policiadelaciudad.gob.ar, o el que en el futuro lo reemplace y por un

día en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, el listado de los celulares

secuestrados, consignando aquellos datos característicos que permitan

individualizarlos cuidando de no frustrar la posterior acreditación de titularidad (...)", y

que: "Los aparatos electrónicos y/o partes y/o repuestos secuestrados, deberán ser

resguardados por un plazo no menor a sesenta (60) días desde su publicación en el

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires";

Que atento resultar la Agencia Gubernamental de Control, el Organismo encargado de

realizar la restitución de aparatos de telefonía celular, repuestos y partes, y en

concordancia con el principio de simplificación normativa, corresponde que sea ésta la

que establezca el procedimiento a tales fines;

Que es por ello que, corresponde dejar sin efecto la Resolución Conjunta N° 1-

GCABA-SSJUS/21;

Que la Dirección General Legal y Técnica de la Agencia Gubernamental de Control y

la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y

Seguridad de la Ciudad, han tomado la debida intervención en el marco de su

competencia;

Por ello y en uso de sus facultades que les son propias,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

Y EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución Conjunta N° 1-GCABA-SSJUS/21, por los

motivos expuestos ut supra.

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comunicar a todas las Direcciones Generales y Unidades de la Agencia

Gubernamental de Control y a la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y

Seguridad. Cumplido, archivar. Djivaris - Lanusse

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Artículo 1 de la Resolución 1-AGC-SSJUS/21 dejar sin efecto la Resolución Conjunta N° 1-GCABA-SSJUS/21.</p>