RESOLUCIÓN 1 2021 SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

Síntesis:

SE APRUEBA PROCEDIMIENTO - RESTITUCIÓN DE APARATOS ELECTRÓNICOS USADOS DE TELEFONÍA CELULAR - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA

Publicación:

20/01/2021

Sanción:

15/01/2021

Organismo:

SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley N° 6.009, las Resoluciones Nros. 592-AGC/18, 267-GCABA-AGC/19,

el Expediente Electrónico N° 2021-03528884-GCABA-AGC, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6.009, tiene por objeto regular por razones de seguridad, la

identificación de los aparatos electrónicos usados de telefonía celular, sus repuestos y

partes, afectados a la compra venta y reparación, incorporando asimismo el artículo

4.1.29 al Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires;

Que asimismo, la Ley citada precedentemente creó un sistema público, online y

gratuito, de seguimiento de actividades relativas a la comercialización y reparación de

aparatos electrónicos usados de telefonía celular, sus repuestos y partes, en el ámbito

de la Agencia Gubernamental de Control en su calidad de autoridad de aplicación;

Que en razón de ello, mediante Resolución N° 592-AGC/18 la Agencia Gubernamental

de Control estableció las directrices para que los titulares de los establecimientos

alcanzados por las previsiones de la Ley N° 6.009 acrediten la legítima adquisición o

tenencia de cada uno de los aparatos que posean para su reparación y/o venta;

Que consecuentemente, mediante Resolución N° 267-GCABA-AGC/19, la Agencia

Gubernamental de Control aprobó el "Procedimiento Portal Externo del Sistema

CeluBA";

Que en otro orden de ideas, la mencionada Ley N° 6.009 establece que la autoridad

de aplicación "(...) podrá secuestrar los aparatos electrónicos usados de telefonía

celular, sus partes o repuestos, en los casos que se verifiquen incumplimientos a la

inscripción de los mismos en el sistema de comercialización de celulares y/o cuando

no se acredite su legítima adquisición o tenencia y/o cuando la información asentada

en el sistema de comercialización de celulares fuere falsa (...)";

Que asimismo, el artículo 8° de dicha norma establece que "(...) los titulares de los

aparatos secuestrados podrán presentarse ante la Unidad Administrativa de Faltas en

el plazo de sesenta (60) días para solicitar su restitución (...)";

Que no obstante lo antedicho, el procedimiento de restitución involucra tanto a las

Unidades Administrativas de Control de Faltas, antes mencionada como a la Agencia

Gubernamental de Control en su carácter de autoridad de aplicación de la Ley N°

6.009 y tenedora de los elementos secuestrados, por lo que resulta necesario

coordinar ordenadamente el procedimiento para la acreditación de titularidad de los

aparatos electrónicos y proceder luego con su entrega mediante acto administrativo de

forma conjunta; en aquellos casos en los cuales el controlador hubiera dictado

resolución ordenando la devolución de los mismos y se encuentre firme;

Que la Dirección General Legal y Técnica de la Agencia Gubernamental de Control y

la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad del Ministerio de Justicia y

Seguridad de la Ciudad, han tomado la debida intervención en el marco de su

competencia.

Por ello, y en uso sus facultades propias,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL

DE CONTROL Y EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Apruébase el procedimiento para la restitución de aparatos electrónicos

usados de telefonía celular conforme al IF-2021-03609749-GCABA-SSJUS, que como

Anexo forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese electrónicamente a la Secretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y

Seguridad. Cumplido, archívese. Lanusse - Djivaris


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6040

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución 1-AGC-SSJUS/21 dejar sin efecto la Resolución Conjunta N° 1-GCABA-SSJUS/21.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución Conjunta N° 1-SSJUS-AGC/21 aprueba el procedimiento para la restitución de aparatos electrónicos usados de telefonía celular, en el marco de la Ley N° 6009 de regulación de aparatos electronicos usados de telefonia celular.</p>