DECRETO 2303 2004

Síntesis:

FACULTA AL SECRETARIO DE CULTURA A CONCEDER EL USO GRATUITO DEL CENTRO DE CONGRESOS DEL CENTRO CULTURAL GENERAL SAN MARTÍN

Publicación:

03/01/2005

Sanción:

21/12/2004

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 60.529/02, y

CONSIDERANDO:

Que diversos organismos dependientes de este Gobierno solicitan a la Secretaría de Cultura la cesión, sin cargo, de las instalaciones del Centro de Congresos del Centro Cultural General San Martín, quienes en determinadas ocasiones se encuentran imposibilitados de abonar el precio establecido por la normativa vigente;

Que el Decreto N° 2.388/92 (B.M. N° 19.372), norma dictada cuando la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires formaba parte del Estado Nacional, establece la prohibición de prestar servicios gratuitos a personas o entes públicos o privados;

Que en virtud de la norma citada ut supra, se dictó la Resolución N° 2.100/2/SEYC/92, modificatoria de la Resolución N° 411/SC/76, autorizando a la Dirección General Centro Cultural General San Martín a conceder, mediante el pago del veinte (20%) de la tarifa vigente ad referéndum de la Secretaría de Cultura, el uso de las instalaciones del Centro de Congresos a organismos municipales;

Que por Resolución N° 941/SC/02, modificatoria de las normas mencionadas precedentemente, se autorizó a la citada Dirección General a conceder el uso de las salas, mediante el pago del cuarenta (40%) por ciento de la antedicha tarifa, también ad referéndum de la Secretaría de Cultura, a entidades sin fines de lucro con definido interés social;

Que es conveniente facultar a la Secretaría de Cultura para otorgar el uso sin cargo de las instalaciones referidas a organismos dependientes de este Gobierno que lo soliciten mediante nota invocando razones debidamente fundamentadas, procurando facilitar la colaboración entre las distintas áreas;

Que la concesión de la gratuidad deberá aplicarse como una medida de carácter excepcional, por cuanto genera un costo para el Centro Cultural General San Martín no previsto en su presupuesto;

Por ello y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Facúltase al titular de la Secretaría de Cultura a conceder, por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, el uso gratuito de las instalaciones del Centro de Congresos del Centro Cultural General San Martín a organismos dependientes de este Gobierno que lo soliciten mediante nota debidamente fundamentada en razones presupuestarias, toda vez que se trata de una cesión de carácter excepcional.

Artículo 2° - El presente Decreto es refrendado por el señor Secretario de Cultura, por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 3° - Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y fines pertinentes, pase a las Direcciones Generales Centro Cultural General San Martín y de Contaduría. Cumplido, archívese. IBARRA - López - Albamonte - Fernández

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>De 2303-04 referencia Artículo 7 Decreto 2388-92. Secretaría de Cultura facultad de dictado de Excepciones en prestación de servicios gratuitos.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 166-DGCG-17 fija el límite máximo de facturas a incluir en cada escritura pública para la recepción y registración de las cesiones de crédito, en el marco del Decreto 2303-04.</p>