DECRETO 153 2023
Síntesis:
DESESTIMA - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN - INTERPUESTO POR - DANIEL ALBERTO MOIRANO LAMELAS - CONTRA DECRETO N° 272/21 - SANCION CON CESANTÍA - SUMARIO ADMINISTRATIVO N° 294/10
Publicación:
23/05/2023
Sanción:
18/05/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y su
modificatoria Ley N° 6.544, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de
Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (texto
consolidado por Ley N° 6.588), el Decreto N° 272/21, el Expediente Electrónico N °
34088416-GCABA-DGCLEI/21, y
CONSIDERANDO:
Que por la presente actuación tramita el recurso de reconsideración interpuesto por el
agente Daniel Alberto Moirano Lamelas (DNI N° 22.500.048), contra el Decreto N°
272-GCABA-AJG/21 que lo sancionó con cesantía por haber sido hallado responsable
del primer cargo formulado en el Sumario Administrativo N° 294/10;
Que en la presentación deducida, el agente en cuestión se agravia alegando que se
estaría aplicando una sanción desproporcionada y excesiva, solicitando la reducción
de la misma conforme a la gravedad de la falta cometida;
Que, remitidas que fueran las actuaciones para ser sometidas a consideración de la
Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos
Aires, ésta se expidió mediante Dictamen Jurídico identificado como N° IF-2022-
46272269-GCABA-DGSUM, indicando que el recurrente no cumplió con la carga de
rebatir eficazmente los fundamentos atacados, limitándose a manifestar su
disconformidad con lo resuelto, ya que, el quejoso no exhibió una crítica concreta y
razonada de las partes de la resolución que considera equivocadas, sino que más bien
manifestó su discrepancia con lo dispuesto por el Jefe de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, más no ha refutado, de manera seria y suficiente, las
precisas conclusiones de hecho y de derecho que fundamentan el resolutorio, ni
tampoco ha brindado una exposición suficiente de circunstancias jurídicas por las
cuales entiende erróneo el pronunciamiento impugnado;
Que, dicho Órgano Jurídico Asesor aconsejó desestimar el recurso interpuesto por
resultar el acto administrativo objeto de cuestionamiento ajustado a derecho en su
aspecto sustancial y adjetivo, poniendo de manifiesto, además, que la sanción
impuesta resulta razonable a la luz de los antecedentes que la forma;
Que la mayoría de la Junta de Disciplina opinó en sentido disidente a lo dictaminado
por la citada Procuración General de la Ciudad;
Que la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, dirimió la
cuestión, por IF-2023-15009362-GCABA-SSCPEE, compartiendo el criterio adoptado
por la minoría de la Junta de Disciplina y la Procuración General de la Ciudad de
Buenos Aires con relación a rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por el
agente Daniel Alberto Moirano Lamelas contra el Decreto N° 272- -AJG/21;
Que a tenor de lo expuesto y la valoración efectuada sobre las constancias obrantes
en autos, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desestimar el recurso de reconsideración interpuesto por el agente Daniel
Alberto Moirano Lamelas (DNI N° 22.500.048), contra los términos del Decreto N°
272/21.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación y
por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del
Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Dirección General de Coordinación Legal e
Institucional dependiente del Ministerio de Educación, y a la Procuración General de la
Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese al agente Daniel Alberto Moirano Lamelas (DNI
N° 22.500.048) en los términos del artículo 63 del Decreto de Necesidad y Urgencia N°
1.510/97 (texto consolidado por Ley N° 6.588) con copia del Dictamen Jurídico N° IF-
2022-46272269-GCABA-DGSUM, haciéndole saber que el presente acto agota la
instancia administrativa. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña -
Miguel