RESOLUCIÓN 10 2023 SUBSECRETARIA DESARROLLO DEL POTENCIAL HUMANO
Síntesis:
MODIFICA - PROGRAMA ASISTENCIA TÉCNICA A LA ECONOMÍA POPULAR Y SOCIAL - RATIFICA - DIRECCIÓN GENERAL ECONOMÍA POPULAR Y SOCIAL COMO AUTORIDAD DE EJECUCIÓN DEL PROGRAMA - SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO DEL POTENCIAL HUMANO
Publicación:
24/05/2023
Sanción:
22/05/2023
Organismo:
SUBSECRETARIA DESARROLLO DEL POTENCIAL HUMANO
VISTO: el Decreto N° 264/21; las Resoluciones Nros. 427-GCABA-MDHYHGC/21 y N°
13/GCABA- SSDPH/22, el Expediente Electrónico N° EX-2021-16657807-GCABA-
SSDPH; y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 264/21, se aprobó la estructura orgánica funcional dependiente
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose en la órbita del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat a la
Subsecretaría de Desarrollo del Potencial Humano; entre cuyas responsabilidades
primarias se destacan las de "Asistir al Ministerio en la implementación de la Ley N°
6.376 de Promoción de la Economía Social", así como la de "Diseñar e implementar
políticas que faciliten el acceso a financiamiento de los sectores vulnerables, para el
desarrollo de sus proyectos productivos y formativos", y "Formular y coordinar planes y
programas que busquen fortalecer y desarrollar la economía social y popular";
Que, bajo la órbita de esta Subsecretaría se encuentra la Dirección General de
Economía Popular y Social, la cual tiene dentro de sus responsabilidades primarias las
de "Articular acciones de asesoramiento técnico, financiero y desarrollo de canales de
comercialización tendientes a incrementar las capacidades productivas y la generación
de ingresos de unidades productivas de la economía popular y social", así como la de
"Coordinar acciones con los diferentes actores territoriales involucrados en el
fortalecimiento de proyectos y experiencias socio-productivas", y la de "Promover el
trabajo asociativo a través del diseño e implementación de proyectos de producción
autogestiva";
Que por Resolución N° 427-GCABA-MDHYHGC/2021, se creó el "Plan Integral de
Desarrollo del Potencial Humano" con el objetivo de estructurar e implementar un
modelo de gestión del potencial humano, cuyas estrategias permitan impulsar la
creación de un circuito de comercialización inclusivo que brinde mayores
oportunidades a los sectores con dificultades de insertarse en el mercado formal,
promoviendo el empleo y potenciando los proyectos productivos de los barrios de la
ciudad;
Que en su artículo 3°, la mentada resolución delega en la persona titular de la
Subsecretaría Desarrollo del Potencial Humano, el diseño y aprobación de los
programas de gestión que se elaboren en el marco del "Plan Integral de Desarrollo del
Potencial Humano", como Autoridad de Aplicación del mismo, conjuntamente con la
aprobación de modelos de acuerdos, convenios y todo otro instrumento que requiera
su implementación;
Que por Resolución N° 13-GCABA-SSDPH/22 se creó el Programa "Asistencia
Técnica a la Economía Popular y Social", con el objetivo de con el objetivo de brindar
herramientas que impacten de manera favorable en los niveles de producción, gestión
y administración, asociativismo y formas de organización del trabajo, comercialización
y acceso a mercados de las Unidades Productivas de la Economía Social y Popular,
generando espacios de formación, capacitación y asesoramiento técnico
contribuyendo a la consolidación, crecimiento y desarrollo de las mismas;
Que la Dirección General de Economía Popular y Social, en su calidad de Autoridad
de Ejecución del Programa, solicitó mediante IF-2023-18817661-GCABA-DGEPS la
modificación del programa de marras;
Que tal propuesta apunta a impulsar una mayor cantidad de proyectos institucionales
con entidades especializadas, para desarrollar espacios y herramientas de innovación
y monitoreo que permitan generar instrumentos digitales, informáticos, entre otros; y
análisis de información, indicadores y producción de datos, para seguir trabajando en
el desarrollo y conocimiento de las condiciones laborales y características productivas
de las Unidades Productivas personas que integran la economía social y popular con
el fin de instrumentar asistencias técnicas y formaciones específicas en función de la
demanda y necesidades reales del sector;
Que por lo expuesto, resulta pertinente dictar el acto administrativo modificando el
Programa "Asistencia Técnica a la Economía Popular y Social".
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 3° de la Resolución N° 427-
GCABA-MDHYHGC/21,
Artículo 1°.- Modificar el Programa "Asistencia Técnica a la Economía Popular y
Social", con los alcances que se especifican en el Anexo I (IF-2023-18810126-
GCABA-DGEPS), que a todos sus efectos forma parte integrante del presente.
Artículo 2°.- Ratificar a la Dirección General Economía Popular y Social como
Autoridad de Ejecución del Programa "Asistencia Técnica a la Economía Popular y
Social", dictando las disposiciones que resulten necesarias para su reglamentación y
correcta implementación, pudiendo gestionar y propiciar los convenios y/o acuerdos
que puedan celebrarse en el marco del mismo.
Artículo 3°.- Publlicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos remítir la presente a la Dirección General Técnica
Administrativa y Legal y a la Dirección General de Economía Popular y Social, ambas
dependientes del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat. Barreto