RESOLUCIÓN 9 2023 UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE) PARQUE DE LA INNOVACION
Síntesis:
APRUEBA PROCEDIMIENTO DE CONFORMACIÓN - REPRESENTANTES ANTE LA ASAMBLEA - ENTE PÚBLICO NO ESTATAL PARQUE DE INNOVACIÓN -EPI- MODELO DE INVITACIÓN A ASOCIARSE - PROPUESTA DE REPRESENTANTE - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES PARQUE DE LA INNOVACIÓN - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN
Publicación:
30/05/2023
Sanción:
19/05/2023
Organismo:
UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE) PARQUE DE LA INNOVACION
VISTO: La Ley N° 5.558 y N° 6.227 (textos consolidados por Ley N° 6.588), los
Decretos N° 134-GCABA/23 y N° 135-GCABA/23, el Expediente Electrónico N°
19578104-GCABA-UPEPI/23, y
CONSIDERANDO;
Que mediante la Ley N° 5.558, se creó el Parque de Innovación de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires siendo uno de sus objetivos posicionarse como centro
urbano que impulse la ciencia y la tecnología, la generación, atracción y desarrollo de
la innovación, del conocimiento y del talento de la Ciudad; como así también el de
promover la radicación en dicho predio de entidades que se dediquen, entre otras
actividades, al emprendedorismo y servicios de asesoría para el ecosistema
emprendedor;
Que la Ley N° 6.227 creó el "Ente Público No Estatal Parque de Innovación" (EPI)
como un ente de derecho público no estatal sin fines de lucro con el propósito de que
tenga a su cargo la gobernanza del Parque de la Innovación de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que en este sentido, el artículo 9° del citado plexo normativo establece que el Ente
Público No Estatal Parque de Innovación estará conformado por una asamblea que
contará con cuatro (4) representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires designados por el Jefe de Gobierno, un (1) representante de las entidades, entes
u organismos del sector público nacional o de provincias o municipios, vinculados a
actividades de innovación, tecnología, emprendedurismo y/o educación, que se
instalen en el Parque y que decidan asociarse al EPI, dos (2) representantes de
aquellas organizaciones privadas de innovación, tecnología, emprendedurismo y/o
educación que hubieran adquirido inmueble/s en el Parque de la Innovación y que
decidan asociarse al EPI y dos (2) representantes de aquellas organizaciones privadas
de innovación, tecnología, emprendedurismo y/o educación que se encuentren
radicadas en el citado Parque;
Que a través del Decreto N° 134-GCABA/23, se designó a aquellos representantes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante la Asamblea de
Representantes del Ente Público No Estatal Parque de Innovación;
Que a su vez, mediante Decreto N° 135-GCABA/23, reglamentario de la Ley N° 6.227,
se faculta a la Unidad de Proyectos Especiales Parque de la Innovación a dictar las
medidas necesarias a efectos de realizar la primera conformación del EPI en el marco
de las previsiones de la Ley N° 6.227;
Que conforme lo detallado previamente, resulta necesario dictar el procedimiento de
integración de la Asamblea de Representantes del Ente Público No Estatal Parque de
Innovación (EPI) del artículo 9° incisos b. c. y d. de la Ley N° 6.227;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde el dictado del presente acto administrativo.
Por ello, y en uso de las facultades que le fueran conferidas por la cláusula transitoria
primera de la Ley No. 6.227 y el Decreto Reglamentario Nro. 135/GCBA/2023.
Artículo 1°.- Apruébase el procedimiento de conformación de los representantes ante
la Asamblea del Ente Público No Estatal Parque de Innovación (EPI) del artículo 9°
incisos b. c. y d. de la Ley N° 6.227, que como Anexo I (IF-2023-19579980-GCABA-
UPEPI) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Apruébase el Anexo II "Modelo de invitación a asociarse al Ente Público
No Estatal Parque de Innovación y propuesta de representante", el cual forma parte
integrante de la presente mediante IF-2023-19580072-GCABA-UPEPI.
Artículo 3°. -Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,
archívese. Bullrich