RESOLUCIÓN 2446 2023 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO - ARTÍCULOS 2° Y 4° - SUSTITUYE - ARTÍCULO 3° - RESOLUCIÓN N° 3842/MEIGC/18 - APRUEBA EL TRASLADO - ESCUELA SUPERIOR DE EDUCACION ARTISTICA EN ARTES VISUALES ROGELIO YRURTIA - JUAN BAUTISTA ALBERDI 4139 - POLO DE LAS ARTES -NO AFECTA PLANTA ORGANICA FUNCIONAL - MINISTERIO DE EDUCACION
Publicación:
31/05/2023
Sanción:
03/05/2023
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 6.292
(texto consolidado por Ley N° 6.588), el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, las
Resoluciones Nros. 3.842-MEIGC/18 y 1.135- GCABA-MEDGC/20, el Expediente
Electrónico N° 16.510.856-GCABA-SSCPEE/23, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,
asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,
reinserción y egreso del sistema educativo;
Que la Ley N° 6.292 establece que el Ministerio de Educación tiene entre sus objetivos
el de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos
que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social;
Que, asimismo, tiene entre sus objetivos planificar y administrar los recursos del
sistema educativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional del Ministerio de Educación cuya dependencia se encuentra la Subsecretaría
de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, de la cual depende la Dirección de
Educación Artística;
Que por Resolución N° 3.842-MEIGC/18 se aprobó el traslado del Bachillerato con
Especialidad en Producción Cerámica de la Escuela de Cerámica N° 1 del Distrito
Escolar N°13, al edificio sito en la calle Juan Bautista Alberdi N° 4139, de esta Ciudad,
denominado "Polo de las Artes";
Que asimismo se estableció en virtud del traslado que la Planta Orgánico Funcional
del establecimiento educativo cumpliría funciones en el citado edificio escolar;
Que en autos "UNION DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN CAPITAL Y OTROS
C/ GCBA S/AMPARO - EDUCACION-TEMAS EDILICIOS", Expte. N° 74519/2018-0 en
trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo
Tributario y de Relaciones de Consumo N° 23, Secretaría 45 se dispuso la suspensión
de lo resuelto en la Resolución N° 3.842-MEIGC/18, en su parte pertinente en sus
artículos 2, 3 y 4;
Que en función de la medida judicial dispuesta, el tiempo transcurrido desde su
dictado y la puesta en funcionamiento del "Polo de las Artes", a fin de cumplir con la
política de inclusión educativa que abarque y contemple las necesidades de toda la
comunidad, por Resolución N° 1.135-GCABA-MEDGC/20 se creó la Escuela de
Educación Primaria N° 23 del Distrito Escolar 13° con intensificación en un Campo del
Conocimiento: "Artes", que funciona en el edificio sito en la calle Av. Juan Bautista
Alberdi N° 4139, de esta Ciudad, conformada por siete (7) secciones de 1° a 7° grado
de jornada completa en su totalidad, la cual comenzó a funcionar en el ciclo lectivo
2020 en dicho edificio;
Que a través de la Comunicación Oficial NO-2023-05680124-GCABA-DGAIP, la
Procuración General, solicitó considerar la pertinencia de dejar sin efecto el artículo 2
de la Resolución N° 3.842-MEIGC/18 en tanto el Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires dio cumplimiento a la resolución cautelar ordenada;
Que en tal sentido se propicia dejar sin efecto los artículos 2° y en consecuencia
deviene conducente también sustituir el artículo 3° y dejar sin efecto el artículo 4° de la
Resolución N° 3.842-MEIGC/18;
Que habiendo tomado intervención la Subsecretarias de Coordinación Pedagógica y
Equidad Educativa y de Carrera Docente, han brindado su conformidad en las
presentes actuaciones;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado intervención
en el ámbito de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Déjese sin efecto el artículo 2° de la Resolución N° 3.842-MEIGC/18.
Artículo 2°.- Sustitúyase el artículo 3° que el quedará redactado de la siguiente forma:
"Establézcase que los traslados aprobado por el artículo 1° no afecta la Planta
Orgánico Funcional que se encuentra actualmente vigente para las Escuelas
Superiores de Educación Artística en Artes Visuales "Rogelio Yrurtia" que continuará
prestando funciones en el edificio sito en la calle Juan Bautista Alberdi N° 4139, de
esta Ciudad, manteniendo las condiciones y cargos oportunamente designados".
Artículo 3.- Déjese sin efecto el artículo 4° de la Resolución N° 3.842-MEIGC/18.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a las Subsecretarías de Carrera Docente, de Coordinación Pedagógica
y Equidad Educativa, a la Dirección de Educación Artística, de este Ministerio.
Cumplido, archívese. Acuña