DISPOSICIÓN 34 2023 DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO
Síntesis:
APRUEBA - CICLO DE ACTIVIDADES - CULTURA PARQUE - PARQUE DE LA ESTACIÓN - ACCIONES ARTÍSTICO-CULTURALES - PERÍODO MAYO A DICIEMBRE - PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES
Publicación:
02/06/2023
Sanción:
19/05/2023
Organismo:
DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.588); el Decreto N° 463/19
y sus modificatorios; las Resoluciones 2940-MCGC/21, 2011-MCGC/22 y 9320-
MCGC/22, el Expediente Electrónico N° 18857680-GCABA-DGPSE/23, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.588), se sancionó la Ley
de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando,
en su artículo 2°, al Ministerio de Cultura;
Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificaciones se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General; fijando dentro de las
responsabilidades primarias de la Dirección General Planificación y Seguimiento la de
"Coordinar la relación del Ministerio con actores públicos y privados del ámbito
cultural";
Que, mediante Resolución N° 2940-MCGC/21, se creó el Programa ëAbasto Barrio
Cultural - Abasto Abiertoû, con el objetivo de fomentar la actividad cultural e identidad
del Abasto, como zona identitaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en todas
sus disciplinas para continuar sosteniendo el trabajo de artistas, creadores y gestores
en el marco de la pandemia por el virus COVID-19 (Coronavirus), en transición gradual
hacia la plena presencialidad en observancia de los protocolos de emergencia
sanitaria vigentes;
Que por la Resolución N° 2011-MCGC/22 se modificó la denominación del citado
Programa por la de "Abasto Barrio Cultural" y se aprobó la 2° edición, para el año
2022;
Que por la Resolución N° 9320-MCGC/22 se aprobó la 3° edición del Programa
Abasto Barrio Cultural, para el año 2023;
Que mediante el artículo 2° de dicha norma se designó a la Dirección General
Planificación y Seguimiento como autoridad de aplicación del Programa, estando
facultada para instrumentar las convocatorias, eventos y demás acciones tendientes a
la consecución de los propósitos y objetivos del mentado programa y dentro de sus
alcances programáticos, así como para adoptar las medidas reglamentarias y
operativas necesarias para su implementación;
Que los espacios culturales son considerados parte del acervo cultural de la Ciudad,
ya que utilizan la creatividad y el capital intelectual como principales insumos, y
conjugan creación, producción y comercialización de bienes y servicios como
elementos del motor económico de la Ciudad;
Que resulta necesario incentivar y fortalecer a los distintos actores de la cultura y el
ecosistema cultural de la Ciudad para su constante desarrollo;
Que resulta estratégico y oportuno aprobar la creación del ciclo de actividades bajo la
denominación ëCultura Parqueû, edición 2023, al que se hace referencia a
continuación, como interfaz y enlace necesarios para la continuidad de los objetivos
del Programa "Abasto Barrio Cultural";
Que, inscripto en el Programa "Abasto Barrio Cultural" y caracterizado por la
construcción colectiva y participativa de la identidad cultural del llamado Barrio Abasto,
ëCultura Parqueû, edición 2023, consiste en un conjunto de actividades artístico-
culturales en las instalaciones e inmediaciones del Parque de la Estación, sito en la
calle Pte. Tte. Gral. Juan Domingo Perón 3326, de esta Ciudad;
Que, en lo particular, se busca ofrecer a las vecinas, los vecinos y visitantes de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires experiencias artístico-culturales que representen a
la cultura de la Ciudad y al barrio del Abasto en su singularidad;
Que las actividades se programarán mensualmente para el período comprendido entre
el mes de mayo y el mes de diciembre del corriente año, invitando a la ciudadanía a
participar, de manera gratuita;
Que, por todo lo expuesto, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Apruébase el ciclo de actividades denominado ëCultura Parqueû, a
llevarse a cabo en las instalaciones e inmediaciones del Parque de la Estación, sito en
Tte. Gral. Juan Domingo Perón 3326, con acciones artístico-culturales durante el
período comprendido entre los meses de mayo a diciembre del corriente año.
Artículo 2°.- Apruébase la programación de actividades diseñadas para el mes de
mayo 2023, conforme se detalla en el Anexo DI-2023-19185551-GCABA-DGPSE, que
forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Invítase a los vecinos, vecinas y visitantes de la Ciudad de Buenos Aires a
participar de las actividades descritas en el Anexo de la presente.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio
web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y
demás efectos comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Slauscius