DISPOSICIÓN 73 2023 DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO
Síntesis:
AMPLÍA - PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES - CICLO - CULTURA PARQUE - SEPTIEMBRE 2023 - CONSTRUCCIÓN DE HOTEL DE INSECTOS - TALLER DE SEMILLAS - PROGRAMA ABASTO BARRIO CULTURAL
Publicación:
20/09/2023
Sanción:
15/09/2023
Organismo:
DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO
VISTO: La Disposición N° 34-GCABA-DGPSE/23; el Expediente Electrónico N°
18857680-GCABA- DGPSE/23, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Disposición N° 34-GCABA-DGPSE/23, se aprobó la creación del ciclo
de actividades bajo la denominación ëCultura Parqueû, edición 2023, en el marco del
Programa Abasto Barrio Cultural, como conjunto de actividades artístico-culturales en
las instalaciones e inmediaciones del Parque de la Estación, sito en la Pte. Tte. Gral.
Juan Domingo Perón 3326, de esta Ciudad, con el fin de ofrecer a las vecinas, los
vecinos y visitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires experiencias que
representen a la cultura de la Ciudad y al barrio del Abasto en su singularidad,
mediante propuestas que se programan mensualmente para el período comprendido
entre los meses de mayo y de diciembre del corriente año;
Que mediante Nota identificada como Informe N° 34701559-GCABA-DGPSE/23, la
Mesa de Trabajo y Consenso del Parque de la Estación (Ley 5.734) ha manifestado su
intención de llevar a cabo actividades culturales en el mes de septiembre 2023 como
parte de la programación de "Cultura Parque";
Que, en esta inteligencia, resulta menester aprobar la ampliación de la programación
de actividades para el mes de septiembre de 2023, mediante el dictado del pertinente
acto administrativo.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Ampliar la programación de actividades diseñadas para el mes de
septiembre 2023 correspondientes al ciclo "Cultura Parque", conforme se detalla en el
Anexo DI-2023-34789376-GCABA-DGPSE, que forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Invitar a los vecinos, vecinas y visitantes de la Ciudad de Buenos Aires a
participar de las actividades descritas en el Anexo de la presente.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio
web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y
demás efectos comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Slauscius