DECRETO 2420 2004

Síntesis:

CONVALIDACIÓN - CONVALIDA ACTA ACUERDO CON OBSBA - SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS - OBRA SOCIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - VERIFICACIÓN Y PAGO DE LAS ACREENCIAS, DEUDAS - REEMBOLSOS

Publicación:

11/01/2005

Sanción:

30/12/2004

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 38.761/03, y;

CONSIDERANDO:

Que por Acta del 6 de diciembre de 2001, convalidada por Decreto N° 2.171/GCBA/01 (B.O. N° 1360), se estipuló que el Gobierno de la Ciudad debe atender las situaciones excepcionales que requiera la Obra Social, interín se determine en forma definitiva e indubitable la suma final que requerirá la reconversión integral de la ObSBA y correlativa finalización de las situaciones de conflicto existentes;

Que mediante Acta Acuerdo del 21 de diciembre de 2004, celebrada entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por su Secretaria de Hacienda y Finanzas, Lic. Marta Albamonte, y la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (ObSBA), representada por su Presidente, Sr. Patricio Datarmini, este Gobierno asume el reembolso a la referida Obra Social de la suma de pesos veinte millones seiscientos cincuenta y ocho mil ciento treinta y cinco ($ 20.658.135), erogada oportunamente por aquélla en los términos de la Resolución N° 9/ObSBA/01;

Que dicho monto ha sido reconocido y verificado en los términos de la Resolución precedentemente indicada, conforme surge de la certificación contable efectuada en el marco de la auditoría externa encargada al Estudio Rofrano, Gómez y Asoc. y ratificada por el Síndico de la Obra Social;

Que la erogación autorizada encuentra imputación en la partida 7.6.4.02, Amortización de la deuda pública - Disminución de otros pasivos, Código Único 446.616;

Por ello, atento lo dictaminado por la Procuración General de la Ciudad y de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Convalídase el Acta Acuerdo del 21 de diciembre de 2004, suscripta entre la Secretaría de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (ObSBA), la que se adjunta como Anexo del presente y que, a todos sus efectos, forma parte integrante del mismo.

Artículo 2° - Facúltase al/la titular de la Secretaría de Hacienda y Finanzas para suscribir, en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el acta de la que da cuenta el apartado 6 del documento convalidado en el precedente artículo 1°.

Artículo 3° - El presente Decreto es refrendado por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires, a las Subsecretarías de Gestión y Administración Financiera y de Gestión Operativa de la Secretaría de Hacienda y Finanzas y a las Direcciones Generales de Crédito Público, de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, de Contaduría y de Tesorería. Cumplido, archívese.

ANEXO

ANEXO

Entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en este acto por su Secretaria de Hacienda y Finanzas, Lic. Marta Albamonte, en adelante EL GOBIERNO, y la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires, representada por su Presidente, Sr. Patricio Datarmini, en adelante LA ObSBA, denominados en conjunto Las Partes, se celebra el presente Acta Acuerdo, en relación al pago de las deudas con prestadores y proveedores de LA ObSBA conforme surge de la aplicación de la Resolución N° 9/ObSBA/01.

En tal sentido, LAS PARTES manifiestan:

1. Que por acta del 6 de diciembre de 2001, convalidada por Decreto N° 2.171/GCBA/01 (B.O. N° 1360), se estipuló que el Gobierno de la Ciudad debe atender las situaciones excepcionales que requiera la Obra Social, interín se determine en forma definitiva e indubitable la suma final que requerirá la reconversión integral de la ObSBA y correlativa finalización de las situaciones de conflicto existentes.

2. Que dentro del proceso de reconversión y ordenamiento administrativo, LA ObSBA dictó, con fecha 31 de enero de 2001, la Resolución N° 9/ObSBA/01, por la que se estableció un marco para la verificación y pago de las acreencias, deudas y/u obligaciones de causa o título anterior a la fecha de su dictado.

3. Que el monto verificado en los términos de la Resolución precedentemente indicada, conforme surge de la certificación contable efectuada en el marco de la auditoría externa encargada al Estudio Rofrano, Gómez y Asoc. y ratificada por el Síndico de LA ObSBA, ascendió a la suma de pesos veinte millones seiscientos cincuenta y ocho mil ciento treinta y cinco ($ 20.658.135).

4. Que en tal marco de acción, acuerdan suscribir el presente acta, en virtud de la cual EL GOBIERNO asume con su presupuesto el reembolso a LA ObSBA de la suma de pesos veinte millones seiscientos cincuenta y ocho mil ciento treinta y cinco ($ 20.658.135), erogada oportunamente en los términos de la citada Resolución N° 9/ObSBA/2001, no existiendo otras sumas a ser reclamadas por el mismo concepto. A tal efecto, se autoriza a la Dirección General de Contaduría e emitir la Orden de Pago respectiva.

5. Que LA ObSBA se compromete a afrontar, con dicha suma, los siguientes rubros: $ 2.435.000 para el pago del aguinaldo correspondiente al 2do. semestre de 2004; $ 1.500.000 para obligaciones con el A.F.I.P.; $ 5.150.000 para pago de salarios del personal de LA ObSBA correspondiente a diciembre de 2004, y $ 4.000.000 para el pago de prestaciones.

6. Que, efectuados los pagos mencionados precedentemente, el remanente de la cifra señalada ut supra 4 tendrá el destino que se acuerde a través del acta que oportunamente suscriban LAS PARTES.

En prueba de conformidad, firman las partes cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los veintiún días del mes de diciembre de 2004. Albamonte (por G.C.A.B.A.) - Datarmini (por Obsba)


ANEXOS

ANEXO

ANEXO

Entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en este acto por su Secretaria de Hacienda y Finanzas, Lic. Marta Albamonte, en adelante EL GOBIERNO, y la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires, representada por su Presidente, Sr. Patricio Datarmini, en adelante LA ObSBA, denominados en conjunto Las Partes, se celebra el presente Acta Acuerdo, en relación al pago de las deudas con prestadores y proveedores de LA ObSBA conforme surge de la aplicación de la Resolución N° 9/ObSBA/01.

En tal sentido, LAS PARTES manifiestan:

1. Que por acta del 6 de diciembre de 2001, convalidada por Decreto N° 2.171/GCBA/01 (B.O. N° 1360), se estipuló que el Gobierno de la Ciudad debe atender las situaciones excepcionales que requiera la Obra Social, interín se determine en forma definitiva e indubitable la suma final que requerirá la reconversión integral de la ObSBA y correlativa finalización de las situaciones de conflicto existentes.

2. Que dentro del proceso de reconversión y ordenamiento administrativo, LA ObSBA dictó, con fecha 31 de enero de 2001, la Resolución N° 9/ObSBA/01, por la que se estableció un marco para la verificación y pago de las acreencias, deudas y/u obligaciones de causa o título anterior a la fecha de su dictado.

3. Que el monto verificado en los términos de la Resolución precedentemente indicada, conforme surge de la certificación contable efectuada en el marco de la auditoría externa encargada al Estudio Rofrano, Gómez y Asoc. y ratificada por el Síndico de LA ObSBA, ascendió a la suma de pesos veinte millones seiscientos cincuenta y ocho mil ciento treinta y cinco ($ 20.658.135).

4. Que en tal marco de acción, acuerdan suscribir el presente acta, en virtud de la cual EL GOBIERNO asume con su presupuesto el reembolso a LA ObSBA de la suma de pesos veinte millones seiscientos cincuenta y ocho mil ciento treinta y cinco ($ 20.658.135), erogada oportunamente en los términos de la citada Resolución N° 9/ObSBA/2001, no existiendo otras sumas a ser reclamadas por el mismo concepto. A tal efecto, se autoriza a la Dirección General de Contaduría e emitir la Orden de Pago respectiva.

5. Que LA ObSBA se compromete a afrontar, con dicha suma, los siguientes rubros: $ 2.435.000 para el pago del aguinaldo correspondiente al 2do. semestre de 2004; $ 1.500.000 para obligaciones con el A.F.I.P.; $ 5.150.000 para pago de salarios del personal de LA ObSBA correspondiente a diciembre de 2004, y $ 4.000.000 para el pago de prestaciones.

6. Que, efectuados los pagos mencionados precedentemente, el remanente de la cifra señalada ut supra 4 tendrá el destino que se acuerde a través del acta que oportunamente suscriban LAS PARTES.

En prueba de conformidad, firman las partes cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los veintiún días del mes de diciembre de 2004. Albamonte (por G.C.A.B.A.) - Datarmini (por Obsba)

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