DECRETO 2171 2001

Síntesis:

RATIFICA ACTAS ACUERDO Y RESOLUCIONES DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS POR LAS QUE SE OTORGO ASISTENCIA FINANCIERA A LA OBRA SOCIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (OB.S.B.A.). OSBA - RATIFICACIÓN - ACTA ACUERDO - ACTAS ACUERDO - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO - SUTECBA - S.U.T.E.C.B.A. - ASISTENCIA FINANCIERA - OBRA SOCIAL BUENOS AIRES - OSBA - OS.B.A. - RATIFICACIÓN DE RESOLUCIONES - RESOLUCIÓN 2563-SHYF-01 - RESOLUCIÓN 2664-SHYF-01 - TRANSFERENCIA DE FONDOS - AUTORIZACIÓN - APOYO ECONÓMICO

Publicación:

16/01/2002

Sanción:

28/12/2001

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 29.676/01, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las Actas Acuerdo celebradas con fechas 6 y 19 de diciembre ppdo., entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), en la que participaran en calidad de invitados los Delegados Normalizadores de la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (Ob.S.B.A.), en el marco de lo señalado en el acápite 7) y cláusula 5ta. del Acuerdo firmado el 11 de Octubre de 2001, ratificado por Decreto N° 1.591/GCBA/01 (B. O. N° 1301), las partes manifestaron la necesidad de acudir en forma perentoria con asistencia financiera por parte de este Gobierno, con el fin de hacer frente a obligaciones impostergables para el desenvolvimiento de la Obra Social;
Que en tal sentido se acordó que dicha asistencia debía alcanzar las sumas de $ 5.500.000.- y $ 2.820.000.-, respectivamente, permitiendo a su vez avanzar en la concreción de la reconversión y saneamiento de la mencionada Obra Social, objetivo plasmado oportunamente en el ya referido Acuerdo;
Que mediante Resoluciones N° 2.563/SHyF/01 y N° 2.664/SHyF/2001, el Sr. Secretario de Hacienda y Finanzas autorizó las transferencias de los fondos indicados;
Por ello, de conformidad con las atribuciones conferidas por los Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° — Ratifícanse las Actas Acuerdo de fechas 6 y 19 de diciembre de 2001, que como Anexos I y II forman parte integrante del presente Decreto, celebradas entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), en la que participaran en calidad de invitados los Delegados Normalizadores de la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (Ob.S.B.A.), por las cuales se convino acudir en forma perentoria con asistencia financiera a la citada Obra Social.

Artículo 2° — Ratifícanse las Resoluciones N° 2.563/SHyF/01 y N° 2.664/SHyF/01, dictadas como consecuencia de los acuerdos citados precedentemente, que como Anexos III y IV forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 3° — El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda y Finanzas y por el Sr. Jefe de Gabinete.

Artículo 4° — Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Jefe de Gabinete, a la Secretaría de Hacienda y Finanzas, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, al Sindicato Único de Trabajadores de la Ciudad de Buenos Aires y a la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. IBARRA - Pesce - Fernández


ANEXOS

ANEXO I

ACTA

En Buenos Aires a los seis días del mes de diciembre de 2001, en la sede de la Jefatura de Gabinete del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en el marco de lo señalado en el acápite siete y cláusula quinta del Acta Acuerdo firmada el 11 de octubre de 2001, ratificada por Decreto N° 1.591-GCBA-2001, de fecha 16 de octubre del corriente año, se reúnen:
1.- En representación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el Jefe de Gabinete, Licenciado Raúl Fernández, el Secretario de Hacienda y Finanzas, Licenciado Miguel Ángel Pesce y el Procurador General, Dr. Juan Carlos López.
2.-En representación del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires, su Secretario General, señor Amadeo Genta, y su Secretario General Adjunto, señor Patricio Datarmini, todos con mandato suficiente para suscribir la presente.
3.-En calidad de invitados, los señores Delegados Normaliza-dores de la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires, designados por el artículo séptimo del citado Decreto N° 1.591/GCBA/2001, Dr. Roberto Gigli y señor Patricio Datarmini -quien asume también este carácter.
Abierto el acto, los Delegados Normalizadores de la Obra Social manifiestan la necesidad impostergable y perentoria de contar con asistencia financiera por parte del Gobierno de la Ciudad, destinada a atender obligaciones impostergables para el desenvolvimiento de la Obra Social (salarios del personal, insumos críticos, etc.), que de no ser cubiertas en lo inmediato, harían colapsar el funcionamiento del ente.
Que la asistencia financiera que requieren para atender la crítica situación existente, alcanza la suma de pesos cinco millones quinientos mil ($ 5.500.000).
Sobre el particular recuerdan que el Decreto N° 1.591-GCBA-2001 declaró el estado de emergencia financiera y prestacional de la Ob.S.B.A., receptando y aprobando -en todos sus términos- el Acta Acuerdo del 11 de octubre de 2001, que da cuenta de la excepcional gravedad de la situación padecida por la Obra Social, cuyo colofón fue el acuerdo para la creación de una Comisión Normalizadora con el objetivo prioritario de encarar las medidas excepcionales necesarias para lograr superar la crisis económico-financiera padecida y concretar su reconversión definitiva, saneamiento financiero y modernización de la prestación del servicio de salud.
Que en dicho acuerdo, las partes expresamente declararan que "... la intervención directa del Gobierno de la Ciudad en el proceso de reconversión y saneamiento de la Ob.S.B.A., como también su asistencia en materia de recursos, constituye un elemento esencial para su éxito, por lo que resulta del caso ratificar expresamente la cláusula sexta del Acta Acuerdo del primero de agosto del año dos mil; en tanto la participación y asistencia que se trata conforma una propuesta, que por su importancia y entidad, da sustento por demás legítimo tener para tener por definitivamente resueltos los conflictos legales y judiciales pendientes ... (acápite once).
El señor Secretario de Hacienda y Finanzas declara conocer la crítica situación que atraviesa la ObS.B.A., a través de la documentación contable que !os delegados normalizadores pusieron a disposición del Gobierno de la Ciudad.
El Secretario General del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires, declara conocer feha-cientemente la situación narrada por los Delegados Normalizadores y exhorta a los funcionarios del Gobierno de la Ciudad a implementar de inmediato y sin más trámite las medidas necesarias para atender el reclamo de auxilio financiero solicitado por los Delegados Normalizadores, recordando que tanto el Acta Acuerdo que aquí se ha referenciado, como el Decreto N° 1.591-GCBA-2001, dan cuenta del compromiso de las partes de involucrarse directamente en la recuperación de los problemas que afectaban a la Obra Social.
Se pone de manifiesto, además, que en el ámbito de la Procuración General de la Ciudad se ha conformado una Comisión -con representantes del máximo nivel del Gobierno de la Ciudad y de la Obra Social- con el objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley N° 472 -de creación de la Ob.S.B.A. -, en relación a la solución de los conflictos legales preexistentes, en el marco de la cual se ha acordado vincular los reclamos de deudas al Gobierno de la Ciudad con su asistencia al proceso de saneamiento y reconversión de la Obra Social.
En ese orden de ideas, se entiende que el Gobierno de la Ciudad debe atender las situaciones excepcionales que requiera la Obra Social, interín se determine en forma definitiva e indubitable la suma final que requerirá la reconversión integral de la Ob.S.B.A. y correlativa finalización de las situaciones de conflicto existentes. Los representantes del Gobierno de la Ciudad declaran que en tanto, como en este caso, las sumas a entregar tengan carácter excepcional, orientadas a atender situaciones criticas e insalvables, propias del proceso de saneamiento integral a que se encuentran abocados los Delegados Normalizadores, impulsarán favorablemente la transferencia de la suma solicitada -a título de anticipo de reconversión a realizar- en atención a los objetivos procurados por el proceso iniciado por el Decreto N° 1.591-GGBA-2001 y el Acta Acuerdo que este aprobara.
El señor Procurador General, ahora en el marco de las competencias que son propias del cargo que desempeña, manifiesta su acuerdo con lo expresado por las partes y entiende ajustada a las previsiones de las normas relacionadas en la presente Acta, la transferencia de fondos reclamada por los Delegados Normaliza-dores de la Ob.S.B.A., en tanto la misma se realice en la forma y bajo las condiciones señaladas en el párrafo anterior.
Existiendo acuerdo en cuanto a que los reclamos referidos en el artículo 30 de la Ley N° 472, no pueden disociarse de la necesaria asistencia que el Gobierno de la Ciudad debe y deberá prestar para lograr superar la gravísima crisis que padece la Obra Social, como también su reconversión y modernización, las partes se comprometen con carácter perentorio a establecer los términos del acuerdo definitivo indispensable para esos fines, dentro de los treinta (30) días.
En prueba de conformidad, firman las partes cuatro ejemplares de un mismo tenor, uno para cada una de las partes y los restantes para ser agregados al Expediente N° 29.676/2001 y al similar N° 27.316/2001.
Fernández (por Jefatura de Gabinete - GCBA) - Pesce (por Sec. Hacienda y Finanzas - GCBA) - López (por Procuración General - G.C.B.A.) - Genta (por SUTECBA) - Datarmini (por SUTECBA y por Ob.S.B.A.) - Gigli (por Ob.S.B.A)

ANEXO II

ACTA

En Buenos Aires a los diez y nueve días del mes de diciembre del año dos mil uno, en la sede de la Jefatura de Gabinete del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en el marco de lo señalado en el acápite siete y cláusula quinta del Acta Acuerdo firmada el once de octubre del año dos mil uno, ratificada por Decreto N° 1.591-GCBA-2001, del dieciséis de octubre del mismo año, se reúnen:
1.- En representación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el Jefe de Gabinete, Licenciado Raúl Fernández, el Secretario de Hacienda y Finanzas. Licenciado Miguel Ángel Pesce y el Procurador General, Dr. Juan Carlos López.
2.- En representación del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires, su Secretario General, señor Amadeo Genta, su Secretario General Adjunto, señor Patricio Datarmini con mandato suficiente para suscribir la presente.
3.- En calidad de invitados los señores Delegados Normaliza-dores de la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires, designados por el artículo séptimo del citado Decreto N° 1.591-GCBA-2001, Dr. Roberto Gigli y señor Patricio Datarmini -quién asume también este carácter.
Abierto el acto, los Delegados Normalizadores de la Obra Social manifiestan la necesidad impostergable y perentoria de contar con asistencia financiera por parte del Gobierno de la Ciudad, destinada a atender el pago impostergable del sueldo anual complementario proporcional, ello habida cuenta las consecuencias sociales que pueden derivar de la demora o incumplimiento.
Que la asistencia financiera que requieren para atender la crítica situación existente alcanza la suma de pesos dos millones ochocientos veinte mil ($ 2.820.000)
Sobre el particular recuerdan que devienen válidas a los efectos de la presente todo lo señalado en el Acta firmada en fecha seis de diciembre de 2001, para autorizar otro auxilio financiero extraordinario de parte del Gobierno de la Ciudad . Que aún cuando al día de la fecha no han sido suscriptos los acuerdos definitivos previstos en el Acta mencionada, la presente petición extraordinaria se formulan y se justifican en tanto tampoco se han cumplido los plazos allí previstos.
El señor Secretario de Finanzas y Hacienda declara conocer la crítica situación que atraviesa la Ob.S.B.A., a través de la documentación contable que los delegados normalizadores pusieron a disposición del Gobierno de la Ciudad.
El Secretario General del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires, declara conocer fehaciente-mente la situación narrada por los Delegados Normalizadores y exhorta a los funcionarios del Gobierno de la Ciudad a implementar de inmediato y sin más trámite las medidas necesarias para atender el reclamo de auxiIio financiero.
Que los representantes del Gobierno de la Ciudad declaran que en tanto -como en este caso- las sumas a entregar tengan carácter excepcional y orientadas a atender situaciones críticas e insalvables, propias del proceso de saneamiento integral a que se encuentran abocados los Delegados Normalizadores, impulsarán favorablemente la transferencia de la suma solicitada -a título de anticipo de la reconversión a realizar- en atención a los objetivos procurados por el proceso iniciado por el Decreto N° 1.591-GCBA-2001 y el Acta Acuerdo que este aprobara.
El señor Procurador General, ahora en el marco de las competencias que son propias del cargo que desempeña, manifiesta su acuerdo con lo expresado por las partes y entiende ajustada a las previsiones de las normas relacionadas en la presente Acta, la transferencia de fondos reclamada por los Delegados Normalizá-dores de la Ob.S.B.A., en tanto la misma se realice en la forma y bajo las condiciones señaladas en el párrafo anterior.
En prueba de conformidad, firman las partes cuatro ejemplares, uno para cada una de ellas y los restantes serán agregados al Expediente N° 29.676-2001 y similar N° 27.316-2001. Fernández (por Jefatura de Gabinete - GCBA) - Pesce (por Sec. Hacienda y Finanzas - GCBA) - López (por Procuración General - G.C.B.A.) - Genta (por SUTECBA) - Datarmini (por SUTECBA y por Ob.S.B.A.) - Gigli (por Ob.S.B.A)

Tipo de relación

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