RESOLUCIÓN 13 2023 SUBSECRETARIA AGENCIA DE APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA
Síntesis:
APRUEBAN - LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS - IMPLEMENTACIÓN - PROGRAMA CODO A CODO + - TÉRMINOS Y CONDICIONES - FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN - SUBSECRETARÍA AGENCIA DE APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA
Publicación:
26/06/2023
Sanción:
23/06/2023
Organismo:
SUBSECRETARIA AGENCIA DE APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA
VISTO: La Ley 1.218 (texto consolidado por Ley N° 6.588), el Decreto N° 463/19 y sus
modificatorios, las Resoluciones de Firma Conjunta Nros. 1-MMIYTGC/17 y 1.313-
MEFGC/18, la Resolución N° 3597-MEDGC/23, el Expediente Electrónico N°
23634642-GCABA-SSAALV/2023, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución de Firma Conjunta N° 1-MMIYTGC/17 entre el Ministerio de
Educación y el entonces Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, se
creó el Programa "Codo a Codo", con el objeto es el de promover el desarrollo
profesional y académico de jóvenes graduados de la escuela secundaria de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, mediante la generación de espacios en los que se
fomente la educación, la investigación y la capacitación en materia tecnológica, a
través de la instrumentación de cursos de programación informática;
Que posteriormente por la Resolución de Firma Conjunta N° 1.313-MEFGC/18, entre
los Ministerios de Educación y de Economía y Finanzas, en virtud del cambio de
estructura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, se estableció la dependencia
del Programa "Codo a Codo" bajo la órbita del Ministerio de Educación;
Que, asimismo la citada Resolución estableció que las facultades otorgadas por la
Resolución de Firma Conjunta N° 1-MMIYTGC/17 pasarán a la órbita del Ministerio de
Educación;
Que por el Decreto N° 463/19, y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica
funcional del Ministerio de Educación, contemplando a esta Subsecretaría Agencia de
Aprendizaje a lo Largo de la Vida;
Que esta Subsecretaría Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida tiene entre sus
responsabilidades primarias la de brindar a todas las personas jóvenes y adultas
oportunidades educativas diversas, flexibles y de calidad, para fomentar su desarrollo
profesional, social y personal a lo largo de su vida, así como diseñar, promover,
implementar y evaluar políticas y programas de aprendizaje a lo largo de la vida, que
incluye las ofertas de educación vocacional, formación profesional, educación técnico
superior y educación no formal destinada a jóvenes y adultos;
Que, asimismo, es responsabilidad primaria de esta Subsecretaría impulsar la oferta
de cursos y talleres destinados al aprendizaje de habilidades para el desarrollo integral
de jóvenes y adultos, a la vez de articular e implementar iniciativas de formación en el
ámbito del trabajo;
Que 'por la Resolución N° 3597-MEDGC/23, se aprobó el "Programa Codo a Codo +",
de conformidad con los lineamientos generales que como Anexo I (IF-2023-23582132-
GCABA-SSAALV) forma parte integrante de dicha Resolución;
Que dicho Programa, busca dar respuesta a las demandas de los/as estudiantes
egresados/as del Programa, la sociedad y el mercado laboral, mediante políticas
públicas educativas que fomenten la continuidad de las trayectorias educativas a lo
largo de la vida de las personas y en pos de la empleabilidad;
Que, igualmente, el referido Programa se encuentra destinado a aquellas personas
que hayan culminado satisfactoriamente sus trayectorias en el marco del Programa
"Codo a Codo", a partir del año 2020 en adelante, y que se encuentren interesados/as
en continuar formándose en el área de la Programación, adquiriendo habilidades y
competencias específicas que podrán impulsar o mejorar sus condiciones de
empleabilidad;
Que por el artículo 2° de la citada Resolución se facultó a esta Subsecretaría Agencia
de Aprendizaje a lo Largo de la Vida a dictar las normas que resulten necesarias a los
fines de la implementación y el desarrollo del mencionado Programa;
Que de esta manera, resulta necesario y oportuno establecer lineamientos específicos
que sirvan para el desarrollo e implementación del "Programa Codo a Codo +", de
conformidad con lo detallado en el Anexo I (IF-2023-23702337-GCABA-SSAALV) que
a sus efectos forma parte integrante de la presente;
Que, así también se propicia establecer la apertura de la convocatoria a entidades
públicas y privadas interesadas en participar en el marco del "Programa Codo a Codo
+", durante el año 2023, la que se encontrará abierta entre los días 26 de junio al 2 de
julio de 2023;
Que en tal sentido, es menester aprobar los términos y condiciones que regirán la
mencionada Convocatoria, ello de conformidad con lo detallado en el Anexo II (IF-
2023-24060651-GCABA-SSAALV), que forma parte de esta Resolución;
Que en virtud de lo expuesto, deviene necesario el dictado del acto administrativo
pertinente, en el sentido precedentemente expuesto;
Que la medida que se propicia cuenta con el debido reflejo presupuestario;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención de su competencia;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado
intervención en el marco de la Ley N° 1.218.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Resolución N° 3597-MEDGC/23,
Artículo 1°.- Apruébanse los lineamientos específicos para el desarrollo e
implementación del "Programa Codo a Codo +", de conformidad con lo detallado en el
Anexo I (IF-2023- 23702337-GCABA-SSAALV), el que a todos sus efectos forma parte
integrante de esta Resolución.
Artículo 2°.- Establézcase la apertura a la Convocatoria de Entidades Públicas y
Privadas 2023, para su participación en el "Programa Codo a Codo +" creado por la
Resolución N° 3597-GCABA-MEDGC/23, entre los días 26 de junio al 2 de julio de
2023.
Artículo 3°.- Apruébase los términos y condiciones que regirán la convocatoria
autorizada por el artículo 2°, de conformidad con lo detallado en el Anexo II (IF-2023-
24060651-GCABA-SSAALV), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la
presente.
Artículo 4°.- Apruébase el Formulario de Inscripción para entidades públicas y
privadas, a la Convocatoria 2023 en el marco del "Programa Codo a Codo +" creado
por la Resolución N° 3597-GCABA-MEDGC/23, conforme el Anexo III (IF-2023-
23647756-GCABA-SSAALV), el que a sus efectos forma parte integrante de esta
Resolución .
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Gerencia Operativa de Educación para el Desarrollo, y a las
Direcciones Generales de Estrategias Educativas y de Coordinación Legal e
Institucional de este Ministerio. Cumplido, archívese. Cortona