RESOLUCIÓN 2902 2023 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

APRUEBA - NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - EMISIÓN DE ÓRDENES Y EJECUCIÓN - ESTUDIOS DE ALTA COMPLEJIDAD - HOSPITALES - MINISTERIO DE SALUD - MODIFICA - RESOLUCIÓN N° 1567/SS/2002 - RED DE ALERGIA Y ASMA

Publicación:

27/06/2023

Sanción:

22/06/2023

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: las Leyes Nros. 153 y 6.292 (Texto Consolidado Ley N° 6.588), Decreto N°

463/2019 y sus modificatorios, Resolución N° 1567/SS/2002, el Expediente Electrónico

N° 05299355/ GCABA/DGHOSP/2023, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto, se propicia la modificación de la

Resolución N° 1567/SS/2002 sobre "Normas y Procedimientos Administrativos para la

Emisión de Ordenes y Ejecución de Estudios de Alta Complejidad", cuyo Anexo I

establece las "Normas para la evaluación de pacientes que van a recibir medios de

contraste radiológico iodado (MCRI) (Normas MCRI)";

Que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en el marco de las previsiones de la

Ley Básica de Salud N° 153 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y su reglamentación,

tiene la obligación de organizar y optimizar el ordenamiento de los servicios de salud,

de manera tal que los usuarios tengan un fácil acceso a los mismos, en un marco de

responsabilidad y seguridad médica;

Que dentro de las consideraciones del esquema de prevención, la resolución dispone

expresamente que "Dado el continuo avance de técnicas de diagnóstico y el

incremento de intolerancia a medicamentos y sustancias de diagnóstico, las normas

serán actualizadas cuando sea necesario";

Que en función de ello, la coordinación de la Red de Alergia y Asma creada por

Resolución N° 336/SS/1998 y modificada por Resolución N° 849/MSGC/2015, eleva

solicitud de actualización de la Resolución N° 1567/SS/2002 con relación a los factores

de riesgo y conductas preventivas respecto a los MCRI, por presentar

recomendaciones que pueden resultar contraproducentes para los pacientes en

general;

Que en tal sentido, "las reacciones adversas a MCRI no son ocasionadas por un

mecanismo de hipersensibilidad tipo I, es decir que no son verdaderas reacciones

alérgicas (...) así como no tiene indicación ni sentido realizar test cutáneos para la

prevención de una reacción alérgica ya que los mismos no predicen una reacción

adversa a MCRI, tampoco es válida la intervención del especialista en Alergia e

inmunología para realizar una evaluación de riesgo para reacciones adversas a los

mismos...";

Que en consecuencia, "...el especialista en Alergia e Inmunología solo debería evaluar

al paciente que sea derivado con antecedentes de reacciones de hipersensibilidad tipo

anafilácticas a MCRI y pacientes con antecedentes de ASMA no controlada";

Que han tomado intervención en las actuaciones la Gerencia Operativa de Redes de

Base Hospitalaria y el titular de la Dirección General de Hospitales, prestando su

conformidad a la presente gestión;

Que la modificación que se propicia aprobar reconoce como fuente la recomendación

profesional y especializada, entendiendo necesario adecuar, optimizar y proveer de

celeridad a los circuitos administrativos utilizados, atento las experiencias adquiridas

en los diferentes Servicios de los efectores públicos;

Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley N° 6.292,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar las Normas y Procedimientos Administrativos para la Emisión de

Órdenes y Ejecución de Estudios de Alta Complejidad en el ámbito de los Hospitales

dependientes de este Ministerio de Salud, modificando parcialmente la Resolución N°

1567/SS/2002, de acuerdo al Anexo I suscripto como IF-2023-23755339-GCABA-

DGHOSP, que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su

conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Hospitales para que

por su intermedio se comunique a los Hospitales dependientes de este Ministerio de

Salud. Cumplido, archívese. González Bernaldo de Quirós


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6648

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 2902/MSGC/23  modifica parcialmente la Resolución N° 1567/SS/2002.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 2902/MSGC/23  modifica parcialmente la Resolución N° 1567/SS/2002, en el marco de la solicitud efectuada por la Red de Alergia y Asma creada por Resolución 336-SS/98.</p>