RESOLUCIÓN 610 2023 SECRETARIA DE SEGURIDAD

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO PROCEDIMIENTO - RESOLUCIÓN N° 566-MJYSGC/20 - APRUEBA PROCEDIMIENTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE ASCENSO ORDINARIO - PERSONAL DEL CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Publicación:

03/07/2023

Sanción:

28/06/2023

Organismo:

SECRETARIA DE SEGURIDAD

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley N° 5.688 (Texto consolidado según Ley N° 6.588), el Decreto N°

305/18, las Resoluciones Nros. 1064-MJYSGC/18, 566-MJYSGC/20 y 118-

MJYSGC/23, el Expediente Electrónico N° 22246328-DGGCH/23, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Expediente citado en el Visto tramita la implementación del proceso de

ascenso ordinario del personal del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de Buenos

Aires, para el año 2023;

Que, la Ley N° 5.688 creó la Policía de la Ciudad, el Cuerpo de Bomberos de la

Ciudad y el Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires determinando las bases jurídicas e institucionales que rigen la relación de

empleo del personal de dichas Instituciones;

Que, el artículo 294 del citado ordenamiento legal establece que: "El estado oficial de

bomberos confiere los siguientes derechos esenciales: (...) 9. Los ascensos, conforme

a las normas de la reglamentación correspondiente (...)";

Que, asimismo, el artículo 315 de la misma Ley menciona que: "El ascenso ordinario

se confiere anualmente para satisfacer las necesidades orgánicas de la institución y

abarca al personal que haya cumplido las exigencias establecidas en esta Ley y su

reglamentación";

Que, particularmente, mediante el Anexo I del Decreto N° 305/GCABA/18 se aprobó la

reglamentación parcial de la Ley N° 5.688 en lo relativo al régimen de ascensos

previstos en el Capítulo X del Título III del Libro II de la Ley N° 5.688;

Que el Artículo 3° del Decreto N° 305/18 facultó al Ministro de Justicia y Seguridad de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a dictar las normas complementarias,

aclaratorias y operativas que fueran necesarias para la aplicación de dicho Decreto;

Que, en virtud de lo expuesto, a través de las Resoluciones Nros. 1064-MJYSGC/18 y

N° 566-MJYSGC/20 se regularon diversos aspectos procedimentales del proceso de

selección para el ascenso del personal del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad;

Que a efectos de realizar un reordenamiento de los procedimientos existentes para

una mejor eficacia y economía, resulta conveniente adecuar las disposiciones

procedimentales que regulan la selección para el ascenso ordinario en la órbita del

Cuerpo de Bomberos de la Ciudad para el año en curso;

Que, en este marco, conforme surge de las actuaciones de referencia, la

Subsecretaría de Capital Humano ha puesto a consideración el Procedimiento de

ascenso ordinario del año 2023 del personal del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de

Buenos Aires;

Que, seguido a ello, la Subsecretaría de Emergencias y la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal han tomado intervención;

Que en función de lo expuesto, dados los antecedentes obrantes en los actuados y las

intervenciones de las áreas competentes, corresponde el dictado del acto

administrativo correspondiente;

Que, por último, cabe destacar que a través de la Resolución N° 118-MJYSGC/23 se

delegó en la Secretaría de Seguridad las competencias establecidas en el Anexo I de

la citada Resolución y todas aquellas cuestiones referidas a la administración de

recursos humanos del personal con estado policial de la Policía de la Ciudad, personal

civil sin estado policial de la Policía de la Ciudad y Cuerpo de Bomberos de la Ciudad

de Buenos Aires.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 5.688, el Decreto N° 305/18

y la Resolución N° 118-MJYSGC/23,

LA SECRETARIA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Dejar sin efecto el Procedimiento aprobado por la Resolución N°

566/MJYSGC/20.

Artículo 2°.- Aprobar el "Procedimiento para la implementación del régimen de ascenso

ordinario del personal del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de Buenos Aires" del año

2023, que como Anexo IF-2023-24464262-SSEMERG, forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Emergencias, a la Jefatura del Cuerpo de

Bomberos de la Ciudad, al Instituto Superior de Seguridad Pública, a la Dirección

General Administración de Recursos Humanos, a la Dirección General Gestión de

Capital Humano y comuníquese y pase a la Jefatura del Cuerpo de Bomberos para su

publicación en la Orden del Cuerpo y demás efectos. Cumplido, archívese. Caamaño


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6652

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1º de la Resolución N° 496/MSEGC/24 deja sin efecto el Procedimiento aprobado por la Resolución N° 610- SECSEG/23.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolucion N° 610-SECSEG/23 deja sin efecto el Procedimiento aprobado por la Resolución N° 566-MJYSGC/20.</p>