RESOLUCIÓN 32 2023 INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL

Síntesis:

APRUEBA - AGRUPAMIENTOS DE ESPACIOS DE PUBLICIDAD EN VÍA PÚBLICA - ASIGNADOS - PARTIDOS POLÍTICOS - ALIANZAS ELECTORALES - GERENCIA OPERATIVA DE COORDINACIÓN ELECTORAL - ELECCIONES PRIMARIAS ABIERTAS SIMULTANEAS Y OBLIGATORIAS - PROCEDIMIENTO DE SORTEO PUBLICO - PASO - ELECCIONES - INSTITUTO DE GESTIÓN ELECTORAL

Publicación:

07/07/2023

Sanción:

04/07/2023

Organismo:

INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL


VISTO: las Leyes Nros. 268 (texto consolidado N° 6.017) y 6.031, el Decreto N°

109/GCABA/23, la Resolución N° 29-GCABA-IGE/23, y el Expediente Electrónico N°

EX-2023-25374757- GCABA - IGE, y

CONSIDERANDO:

Que en ese marco, por medio del Decreto N° 109/2023, el Sr. Jefe de Gobierno

convocó al electorado de la Ciudad a elecciones P.A.S.O. y Generales

respectivamente (en lo sucesivo, los "Procesos Electorales") a realizarse en forma

concurrente con los comicios Nacionales, de conformidad con lo establecido en el

Capitulo I del Título V del Código Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

aprobado mediante la Ley N° 6.031.

Que la Ley N° 6.031 en su articulo 4° que el Instituto de Gestión Electoral tiene entre

sus competencias la de Distribuir el aporte público para el financiamiento de las

campañas electorales y el espacio de publicidad de campaña.

Que la Ley N° 268 (texto consolidado Ley N° 6.017) establece en su artículo 6°, que el

Gobierno de la Ciudad debe ofrecer a los Partidos Políticos, Confederaciones y

Alianzas que se presenten a la elección, espacios de publicidad en las pantallas de la

vía pública que estén a su disposición, los que se distribuirán respetando criterios de

equidad en cuanto a su ubicación.

Que mediante oficio de fecha 29 de junio, el Tribunal Electoral de la Ciudad informó los

Partidos Políticos y Alianzas que oficializaron listas de precandidatos para las

próximas elecciones Primarias, Abiertas, Simultaneas y Obligatorias, siendo un total

de cuatro(4) Alianzas y siete (7) Partidos Políticos para la categoría Jefe/a de

Gobierno; cuatro(4) Alianzas y ocho (8) Partidos Políticos para la categoría

Diputados/as de la Ciudad; y en relación a la categoría Miembros de las Juntas

comunales se oficializaron listas de precandidatos a saber: comuna 1 cuatro(4)

Alianzas y siete (7) Partidos Políticos; Comuna 2 cuatro (4) Alianzas y dos (2) Partidos;

Comuna 3 cuatro(4) Alianzas y cinco (5) Partidos Políticos; Comuna 4 cuatro (4)

Alianzas y siete (7) Partidos Políticos; Comuna 5 cuatro (4) Alianzas y seis (6) Partidos

Políticos; Comuna 6 cuatro (4) Alianzas y seis (6) Partidos Políticos; Comuna 7 cuatro

(4) Alianzas y siete(7) Partidos Políticos; Comuna 8 cuatro (4) Alianzas y seis (6)

Partidos Políticos; Comuna 9 cuatro (4) Alianzas y tres (3) Partidos Políticos; Comuna

10 cuatro (4) Alianzas y cinco (5) Partidos Políticos; Comuna 11 cuatro (4) Alianzas y

cinco (5) Partidos Políticos; Comuna 12 cuatro (4) Alianzas y seis (6) Partidos

Políticos; Comuna 13 cuatro (4) Alianzas y cinco (5) Partidos Políticos; Comuna 14

cuatro (4) Alianzas y seis (6) Partidos Políticos; Comuna 15 cuatro (4) Alianzas y seis

(6) Partidos Políticos.

Que la subsecretaría de Comunicación Social ha informado mediante nota NO-2023-

22283695-GCABA-SSCS el listado de los espacios de publicidad en la vía pública

para su distribución entre los Partidos políticos y Alianzas electorales que presentaron

listas de precandidatos/as para las elecciones Primarias, Abiertas, Simultaneas y

Obligatorias.

Que la Gerencia Operativa de Coordinación de Procesos Electorales, del Instituto de

Gestión Electoral, ha elaborado el informe técnico, a través del cual se procedió a

distribuir los referidos espacios de publicidad (CPM carapantallas y PPL

Transluminados) con aplicación del criterio de equidad en cuanto a su ubicación y

cantidad, en un número de grupos equivalentes al número de Partidos Políticos y

Alianzas electorales que han presentado listas de precandidatos para cada una de las

categorías de cargos a elegir.

Que en el marco de los conceptos de imparcialidad y equidad, resulta conveniente la

realización de un sorteo ante Escribano Público del Gobierno de la Ciudad, a los fines

de la asignación de los grupos de espacios de publicidad en la vía pública.

Que mediante Nota NO-2023-21788546-GCABA-IGE el Instituto de Gestión Electoral

solicitó la Intervención de un escribano Público.

Que los paquetes de espacios de publicidad en vía pública se otorgarán, a los Partidos

Políticos y Alianzas, debiendo estos distribuirlos equitativamente entre sus listas de

precandidatos/as.

Que ha tomado intervención favorable la Gerencia Operativa Legal, Técnica y

Administrativa del Instituto de Gestión Electoral.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 13 de la Ley N.° 6031,

EL DIRECTOR TITULAR DEL I NSTITUTO DE GESTION ELECTORAL

RESULVE

Artículo 1°.- Aprobar los agrupamientos de espacios de publicidad en vía pública

realizados por la Gerencia Operativa de Coordinacion Electoral, la cual, mediante

informe técnico (IF-2023-25490246-GCABA-IGE), que como Anexo I forma parte

integrante de la presente Resolución, serán asignados a los Partidos Políticos y

Alianzas electorales que oficializaron listas de precandidatos/as para las elecciones

Primarias, Abiertas, Simultaneas y Obligatorias a celebrarse el día 13 de agosto del

2023, mediante sorteo público.

Artículo 2°.- Aprobar el procedimiento de sorteo en donde se realizará un sorteo inicial,

a fin de determinar, el orden de las Agrupaciones políticas por el cual se les asignará

un número del uno (1) al doce (12) a los Partidos Políticos y Alianzas electorales que

han presentado listas de precandidatos/as para las próximas elecciones Primarias,

Abiertas, Simultaneas y Obligatorias del días 13 de Agosto del 2023. Una vez

determinado el orden establecido en el párrafo anterior, se realizará un primer sorteo

para la categoría de Jefe de Gobierno. Participaran del primer sorteo once (11)

agrupaciones políticas. Se procederá a la extracción de las once (11) bolillas las que

corresponderán a cada uno de los paquetes de publicidad en la vía pública, que serán

asignadas a las mismas de acuerdo al orden determinado precedentemente,

quedando todo ello asentado en el acta notarial respectiva. Seguidamente se

procederá a realizar el sorteo para la categoría diputados/as de la Ciudad. Participaran

de este sorteo doce (12) agrupaciones políticas. Se procederá a la extracción de las

doce (12) bolillas las que corresponderán a cada uno de los paquetes de publicidad en

la vía pública, que serán asignadas a las mismas de acuerdo al orden determinado

precedentemente, quedando todo ello asentado en el acta notarial respectiva.

En relación a la categoría Miembros de las Juntas Comunales, se procederá a realizar

ocho (8) sorteos de asignación de los paquetes de espacios de publicidad en la vía

pública, teniendo en consideración las Comunas en que cada Partido Político y Alianza

Electoral, han oficializado listas de precandidatos/as, los ocho (8) sorteos,

corresponderán a los siguientes grupos de comunas, a saber, Grupo A

correspondiente a las comunas 1, 4 y 7 grupo B correspondiente a las comunas3, 5, 6

y 12, Grupo C, correspondiente a las comunas 8 y 15, Grupo D correspondientiente a

la comuna 14, Grupo E, correspondiente a las comunas 11 y 13, Grupo F

correspondiente a la comuna 10, Grupo G correspondiente a la comuna 9 y GrupoH

correspondiente a la comuna 2. En el grupo A participaran once (11) agrupaciones, En

el grupo B participaran diez (10) agrupaciones, En el grupo C participaran diez (10)

agrupaciones, En el grupo D participaran diez (10) agrupaciones, En el grupo E

participaran nueve (9) agrupaciones, En el grupo F participaran nueve (9)

agrupaciones, En el grupo G participaran siete (7) agrupaciones,

En el grupo H participaran seis (6) agrupaciones. El orden de los partidos Políticos y

Alianzas electorales, será el establecido en el primer párrafo de la presente

Resolución. Se procederá a la extracción de las bolillas que corresponden a cada uno

de los paquetes de publicidad, en atención a cada grupo de comunas, que serán

asignadas a las agrupaciones políticas de acuerdo al orden determinado

precedentemente, quedando todo ello asentado en el acta notarial respectiva.

Artículo 3°.- El sorteo se realizará ante Escribano Público del Gobierno de la Ciudad

de Buenos Aires en la Sede del Instituto Electoral sito en la Avenida Martín Garcia N°

346, piso 6°, a las 15 horas del día miércoles 5 de julio de 2023.

Artículo 4°.- Una vez efectuado el sorteo, Publíquese en el sitio web oficial del Instituto

de Gestión electoral, los paquetes de espacios de publicidad en la vía asignados, con

identificación del número de grupo, cantidad, tipo y ubicación de los mismos y el

método de distribución utilizado para su determinación.

Artículo 5°.- Comuníquese a los partidos políticos y Alianzas, los paquetes de espacios

de publicidad en vía publica asignados, con identificación del número de grupo,

cantidad, tipo y ubicación de los mismos y el método de distribución utilizado.

Articulo 6°.- Los Partidos Políticos y Alianzas electorales deberán distribuir de manera

equitativa entre cada una de sus listas de precandidatos/as los paquetes de espacios

de publicidad asignados.

Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

Comuníquese a la Escribanía General de Gobiernos. Cumplido, archívese. Emiliozzi


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6656

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Articulo 1º de la Resolución Nª 32/IGE/2023 aprueba los agrupamientos de espacios de publicidad en vía pública que serán asignados a los Partidos Políticos y Alianzas electorales que oficializaron listas de precandidatos/as para las elecciones Primarias, Abiertas, Simultaneas y Obligatorias a celebrarse el día 13 de agosto del 2023, convocadas mediante el Decreto Nº 109/2023.</p>