RESOLUCIÓN 7 2023 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Síntesis:
RECTIFICA - ARTÍCULO 1° - RESOLUCIÓN DE FIRMA CONJUNTA N° 6/MJGGC/23 - ASIGNA - UNIDADES RETRIBUTIVAS EXTRAORDINARIAS - DISTINTAS JURISDICCIONES - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Publicación:
10/07/2023
Sanción:
06/07/2023
Organismo:
MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VISTO: La Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires
(Aprobada por DNU N° 1510/97) y la Ley N° 6.292 (textos consolidados por Ley N°
6.588), los Decretos Nros 463/19 y modificatorios, y 458/22, la Resolución Conjunta
N°24/MJGGC/22 y su modificatoria N° 6/MJGGC/23, y el Expediente Electrónico N°
25480087- GCABA-DGDSCIV/23, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el artículo 9° del precitado Decreto se creó el Régimen Modular Extraordinario
de Plantas de Gabinete por el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2020 y
el 31 de diciembre de 2020;
Que mediante el artículo 11 se estableció que corresponde al Ministro de Hacienda y
Finanzas y al señor Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta, asignar la
cantidad de Unidades Retributivas Extraordinarias a las Jurisdicciones que
correspondan;
Que a través del Decreto N° 458/22 se prorrogó el citado régimen modular por el
período comprendido entre el 1° de enero y 31 de diciembre de 2023 a fin de continuar
con el cumplimiento de los objetivos y programas de gobierno;
Que, en tal sentido, por la Resolución Conjunta N° 24/MJGGC/22, el señor Ministro de
Hacienda y Finanzas y el señor Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta,
asignaron Unidades Retributivas Extraordinarias a las distintas jurisdicciones;
Que mediante Resolución de firma Conjunta N° 6/MJGGC/23 se sustituyó el Anexo de
la citada Resolución por el anexo identificado como IF-2023-24447206-GCABA-
DGDSCIV, a partir del 1 de junio de 2023;
Que se incurrió en un error material en la asignación de la cantidad de unidades
retributivas extraordinarias detalladas en el Anexo de la Resolución antes referida;
Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de
Buenos Aires indica que en cualquier momento podrán rectificarse los errores
meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere
lo sustancial del acto o decisión;
Que en consecuencia, corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 del Decreto N° 463/19
y por el artículo 124 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de
Buenos Aires,
Artículo 1°.- Rectificar el artículo 1° de la Resolución de Firma Conjunta N°
6/MJGGC/23, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1°.-Sustituir,
a partir del 1 de junio de 2023, el Anexo identificado como IF-2023-21356487-GCABA-
DGDSCIV de la Resolución Conjunta N° 24/MJGGC/22 por el Anexo identificado como
IF-2023-25480386-GCABA-DGDSCIV."
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Jurisdicciones detalladas en el
Anexo del artículo 1°, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la
Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y a la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio
de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Mura - Miguel