RESOLUCIÓN 7 2023 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

RECTIFICA - ARTÍCULO 1° - RESOLUCIÓN DE FIRMA CONJUNTA N° 6/MJGGC/23 - ASIGNA - UNIDADES RETRIBUTIVAS EXTRAORDINARIAS - DISTINTAS JURISDICCIONES - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Publicación:

10/07/2023

Sanción:

06/07/2023

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


VISTO: La Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires

(Aprobada por DNU N° 1510/97) y la Ley N° 6.292 (textos consolidados por Ley N°

6.588), los Decretos Nros 463/19 y modificatorios, y 458/22, la Resolución Conjunta

N°24/MJGGC/22 y su modificatoria N° 6/MJGGC/23, y el Expediente Electrónico N°

25480087- GCABA-DGDSCIV/23, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el artículo 9° del precitado Decreto se creó el Régimen Modular Extraordinario

de Plantas de Gabinete por el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2020 y

el 31 de diciembre de 2020;

Que mediante el artículo 11 se estableció que corresponde al Ministro de Hacienda y

Finanzas y al señor Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta, asignar la

cantidad de Unidades Retributivas Extraordinarias a las Jurisdicciones que

correspondan;

Que a través del Decreto N° 458/22 se prorrogó el citado régimen modular por el

período comprendido entre el 1° de enero y 31 de diciembre de 2023 a fin de continuar

con el cumplimiento de los objetivos y programas de gobierno;

Que, en tal sentido, por la Resolución Conjunta N° 24/MJGGC/22, el señor Ministro de

Hacienda y Finanzas y el señor Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta,

asignaron Unidades Retributivas Extraordinarias a las distintas jurisdicciones;

Que mediante Resolución de firma Conjunta N° 6/MJGGC/23 se sustituyó el Anexo de

la citada Resolución por el anexo identificado como IF-2023-24447206-GCABA-

DGDSCIV, a partir del 1 de junio de 2023;

Que se incurrió en un error material en la asignación de la cantidad de unidades

retributivas extraordinarias detalladas en el Anexo de la Resolución antes referida;

Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de

Buenos Aires indica que en cualquier momento podrán rectificarse los errores

meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere

lo sustancial del acto o decisión;

Que en consecuencia, corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 del Decreto N° 463/19

y por el artículo 124 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de

Buenos Aires,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

Y EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Rectificar el artículo 1° de la Resolución de Firma Conjunta N°

6/MJGGC/23, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1°.-Sustituir,

a partir del 1 de junio de 2023, el Anexo identificado como IF-2023-21356487-GCABA-

DGDSCIV de la Resolución Conjunta N° 24/MJGGC/22 por el Anexo identificado como

IF-2023-25480386-GCABA-DGDSCIV."

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Jurisdicciones detalladas en el

Anexo del artículo 1°, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la

Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y a la Dirección General

Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio de

Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio

de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6657

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 7/MJGGC/23 rectifica el    artículo 1° de la Resolución de Firma Conjunta N° 6/MJGGC/23, modificatoria de la Resolución Conjunta N° 24/MJGGC/22. (se sustituye el Anexo)</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 7/MJGGC/23 rectifica el artículo 1° de la Resolución de Firma Conjunta N° 6/MJGGC/23.</p>