RESOLUCIÓN 948 2004 SECRETARIA DE PRODUCCION, TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Síntesis:
MODIFICA LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL ANEXO II DE LA RESOLUCIÓN N° 625-SPTYDS/04 - MODIFICACIÓN - CONCURSO A EMPRESAS CONTINUADORAS DE UNIDADES PRODUCTIVAS - PROGRAMA FONDO PARA EL DESARROLLO DE PROVEEDORES
Publicación:
18/01/2005
Sanción:
23/12/2004
Organismo:
SECRETARIA DE PRODUCCION, TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Visto el Expediente N° 77.442/04, la Resolución N° 625-SPTYDS/04, el Decreto N° 2.696-GCBA/03 y su modificatorio Decreto N° 2.720-GCBA/03 y el Decreto N° 118-GCBA/03, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 625-SPTYDS/04 se llamó a concurso a Empresas Continuadoras de Unidades Productivas en el marco del Programa Fondo para el Desarrollo de Proveedores creado por Decreto N° 118-GCBA/03, destinado a subsidiar proyectos presentados por empresas constituidas mediante la figura legal de Cooperativas de Trabajo y que continúen con la actividad productiva de una empresa fallida;
Que con motivo de la crisis económica sufrida en los últimos años, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha estimado conveniente establecer políticas sociales y económicas que contribuyan con el desarrollo productivo de las Cooperativas de Trabajo y la preservación de las fuentes laborales;
Que, siguiendo el mismo lineamiento, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sancionado diversas Leyes destinadas a brindar apoyo y colaboración a las mismas;
Que se establecieron en el Anexo II de la nombrada Resolución, los requisitos necesarios que deben cumplimentar las indicadas Cooperativas para el correcto otorgamiento del mencionado subsidio;
Que por su parte es adecuado considerar que las Cooperativas de Trabajo fueron conformadas por los trabajadores de empresas en crisis y que las mismas han sido constituidas como alternativa para lograr la continuidad del proceso productivo y el mantenimiento de las fuentes laborales de sus trabajadores;
Que las citadas Cooperativas asumen la continuidad de la producción con numerosos condicionamientos, entre los que se destacan la dificultad de acceder a fuentes de financiamiento convencionales;
Que por lo expuesto y teniendo en cuenta el motivo por el cual éstas Cooperativas de Trabajo han sido conformadas, es conveniente adecuar los requisitos mencionados en el Anexo II de la Resolución N° 625-SPTYDS/04;
Que, la normativa citada en el considerando anterior otorga a la Subsecretaría de Producción dependiente de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, la facultad de resolver cuestiones imprevistas no contempladas en la Resolución citada;
Que, por tal motivo, debe ser emitido el acto administrativo correspondiente;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en la Ley N° 1.218;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1° - Modifícanse los requisitos establecidos en el Anexo II, de la Resolución N° 625-SPTYDS/04, el que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2° - Modifícase el Anexo IV de la Resolución N° 625-SPTYDS/04, el que como Anexo II forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3° - Suprímase el Punto 1.8 del Anexo I de la Resolución N° 625-SPTyDS/04.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Producción y a la Dirección General de Industria, Comercio y Servicios. Cumplido, archívese.
ANEXOS
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