DECRETO 209 2023

Síntesis:

SUSTITUYE - ANEXO I - DECRETO N° 433-16 - NÍVELES DE DECISIÓN Y CUADRO DE COMPETENCIAS COMPLEMENTARIAS PARA LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA - JEFATURA DE GOBIERNO

Publicación:

14/07/2023

Sanción:

13/07/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 70 (Texto consolidado por Ley N° 6.588), el Decreto N° 433/16 y su

modificatorio N° 279/22, y el Expediente N° 26.360.113/GCABA-DGTALMHF/23, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Anexo I del Decreto N° 433/16 y sus modificatorios, se establecieron

los niveles de decisión y cuadro de competencias complementarias correspondientes a

los procedimientos de ejecución presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del

Poder Ejecutivo de la Ciudad, de acuerdo al artículo 5° de la Ley N° 70;

Que a través del Decreto N° 279/22 se actualizaron los montos de los niveles de

decisión y cuadro de competencias complementarias correspondientes a los actos de

ejecución presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la

Ciudad;

Que en virtud del marco económico vigente y el tiempo transcurrido desde la última

adecuación de montos, deviene necesario efectuar una actualización de los montos

correspondientes a los cinco (5) procedimientos de ejecución presupuestaria

contemplados en el Anexo I (IF-2022-28787518-GCABA-MHFGC) del Decreto N°

433/16;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Sustituir el Anexo I (IF-2022-28787518-GCABA-MHFGC) del Decreto N°

433/16 por el Anexo I (IF-2023-26608585-GCABA-MHFGC), que forma parte

integrante del presente Decreto.

Artículo 2°. El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y

Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y

comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y Entes Descentralizados del Poder

Ejecutivo, para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ

LARRETA- Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6661-IF-2022-28787518-GCABA-MHFGC

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6661-IF-2023-26608585-GCABA-MHFGC

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 209/23 sustituye el Anexo I del Decreto N° 433/16.</p>