DECRETO 65 2005

Síntesis:

DESESTIMACIÓN DE RECURSOS - RECHAZO DE RECURSOS -VALERIA BRIZUELA CUELLO SE DESESTIMA EL RECURSO JERÁRQUICO CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 2.310-SC/01 - CONCURSO ABIERTO - VACANTES EN EL BALLET ESTABLE DEL TEATRO COLÓN - OFICIO N° 3.161/03 (R).

Publicación:

19/01/2005

Sanción:

12/01/2005

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 6.832/02, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante dicho actuado tramita el recurso jerárquico en subsidio del de reconsideración incoado por la agente Valeria Lorena Brizuela Cuello, DNI 24.629.226, contra el listado de aspirantes inscriptos en el Concurso Abierto de Cuerpos Artísticos del Teatro Colón que no fueron admitidos por no estar comprendidos dentro del rango de edad estipulada en el punto 7.1 de la Resolución N° 2.310-SC/01 que obra en el presente;

Que conforme surge de las constancias de autos el recurso jerárquico en subsidio resulta formalmente procedente de conformidad con la normativa de aplicación (cfr. art. 107 y ccdtes. Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por Decreto N° 1.510-GCBA/97; B.O.C.B.A. N° 310);

Que en los presentes intervino la Procuración General de la Ciudad aconsejando desestimar el recurso de reconsideración incoado por la bailarina de referencia. aconsejando oportunamente, lo expuesto en el Dictamen N° 10.793 de fecha 27/9/02 obrante en autos;

Que la interesada amplía los fundamentos del recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de reconsideración;

Que en su oportunidad, la interesada cuestionó el límite de edad impuesto mediante Resolución N° 2.310-SC/01 como requisito excluyente en las bases del llamado a concurso abierto para la cobertura de vacantes en el Ballet Estable del Teatro Colón (Resolución citada, Anexo, pto. 7.1.b) que dio fundamento al acto administrativo por ella impugnado - Listado de inscriptos no admitidos obrante en el presente actuado;

Que en esa ocasión la Procuración General de la Ciudad tomó intervención mediante el Dictamen PG N° 10.793/02 y teniendo en cuenta que al momento de la inscripción de la señorita Brizuela Cuello ya había excedido el límite de edad establecido en la normativa de aplicación, aconsejando consecuentemente desestimar el recurso de reconsideración por ella interpuesto; criterio este que dio fundamento al dictado de la Resolución N° 3.003-SC/02 cuyos argumentos fueron expuestos en el citado dictamen;

Que la recurrente no aporta nuevos elementos conducentes a desvirtuar lo dispuesto mediante el acto administrativo impugnado;

Que, la Procuración General de la Ciudad ha dictaminado de conformidad con el criterio sustentado en el presente Decreto, aconsejando su dictado;

Por ello en uso de las facultades legales que le son propias (arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Desestímase el recurso jerárquico en subsidio interpuesto por la agente Valeria Lorena Brizuela Cuello, DNI 24.629.226, toda vez que la recurrente no aporta nuevos elementos conducentes a desvirtuar lo dispuesto mediante el acto administrativo impugnado.

Artículo 2° - El presente Decreto es refrendado por el señor Secretario de Cultura, la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y señor Jefe de Gabinete.

Artículo 3° - Dése al Registro, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad a los fines establecidos en el art. 11 del Decreto N° 698-GCBA/96 (B.O.C.B.A. N° 97), modificado por el Decreto N° 1.583-GCBA/01 (B.O.C.B.A. N° 1298), publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, posteriormente para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Recursos Humanos y Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, la que deberá practicar fehaciente notificación a la interesada de los términos del presente Decreto en el domicilio sito en Rodríguez Peña 515, 3° E, Capital Federal. Cumplido, archívese. IBARRA - López - Albamonte - Fernández

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