ORDENANZA 41716 1986
Síntesis:
NORMA DEROGADA - PROYECTA Y DISPONE LA CONSTRUCCIÓN DE SALAS PARA VELATORIO EN LOS CEMENTERIOS DE LA CHACARITA Y FLORES
Publicación:
05/01/1987
Sanción:
27/11/1986
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Promulgación:
27/01/1987
Estado:
No vigente
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
SANCIONA CON FUERZA DE
Artículo 1° - El Departamento Ejecutivo proyectará y dispondrá la construcción de cinco (5) salas para velatorio en el cementerio de la Chacarita y dos (2) salas en el cementerio de Flores, dotados de los elementos adecuados para su funcionamiento y con acceso directo externo e interno.
Art. 2° - Para hacer uso de las salas a que hace referencia el artículo 1° se organizarán dos sistemas:
a) Uno gratuito, para familias carentes de recursos;
b) Otro sujeto a arancel;
Art. 3° - El Departamento Ejecutivo reglamentará la forma en que las empresas de servicios fúnebres podrán disponer el acceso de su personal para cumplir las tareas pertinentes.
Art. 4° - En la instalación de las salas y en su utilización se evitará todo tipo de discriminación religiosa.
Art. 5° - La obra será ejecutada durante el ejercicio 1987. A tales efectos el Departamento Ejecutivo deberá proveer los créditos necesarios en el proyecto de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos que, para dicho año, someterá a consideración de este cuerpo.
Art. 6° - Comuníquese, etcétera.