RESOLUCIÓN 3644 2023 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA - IMPLEMENTACIÓN - PROGRAMA - ESCUELAS PRIMARIAS - JORNADA COMPLETA - INTENSIFICACIÓN EN UN CAMPO DEL CONOCIMIENTO - ACTIVIDADES CIENTÍFICAS - ESCUELA 18 DE 7 COMODORO CLODOMIRO URTUBEY - ESCUELA 6 DE 7 DELFÍN JIJENA - ESCUELA 9 DE 10 EVARISTO JULIO BADIA - ESCUELA 19 DE 10 PABLO PIZZURNO - ESCUELA 24 DE 16 EJÉRCITO ARGENTINO - ESCUELA 19 DE 9 PROVINCIA DEL CHUBUT - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
18/07/2023
Sanción:
28/06/2023
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 6.292
(texto consolidado Ley N° 6.588), el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, la
Resolución N° 565-SED/05 y sus modificatorias, el Expediente Electrónico N°
16.862.177-GCABA-DGEGE/23, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,
asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,
reinserción y egreso del sistema educativo;
Que la Ley N° 6.292, establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones
por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les
confiere dicha Ley;
Que en el marco de la precitada Ley, le corresponde al Ministerio de Educación
"diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social";
Que por el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Educación;
Que por Resolución N° 565-SED/05 y sus modificatorias se creó el Programa de
Escuelas Primarias de Jornada completa con Intensificación en un Campo del
Conocimiento, comprendiendo los siguientes campos: artes, actividades científicas,
educación física, educación musical y bilingüe;
Que cabe señalar que el citado programa implica la inclusión, de manera sistemática y
continua, de nuevas propuestas de formación en la escuela primaria, contribuyendo a
promover una diversificación de experiencias formativas para los alumnos de las
escuelas de jornada completa;
Que en este proceso de diversificación pedagógica, basado en un criterio de equidad y
balance en la distribución de los servicios que garanticen la calidad formativa y
avanzando en forma planificada, se propone incorporar este programa a nuevos
establecimientos;
Que corresponde destacar que la implementación que se propone implica brindar
oportunidades para trabajar con los alumnos sobre proyectos especiales del área de
las ciencias, incentivando en la comunidad el entusiasmo por ellas y promoviendo la
formación integral de los ciudadanos;
Que en virtud de ello, la Dirección de Educación Primaria propone la implementación
del Programa Intensificación en un Campo del Conocimiento "Actividades Científicas"
en establecimientos educativos de jornada completa de su Nivel;
Que la medida que se propicia cuenta con el debido reflejo presupuestario;
Que la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa y la Dirección
General de Educación de Gestión Estatal tomaron intervención, en el marco de sus
respectivas competencias brindando su conformidad;
Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional tomó debida intervención
en el trámite.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase la implementación del Programa Escuelas Primarias de
Jornada Completa con Intensificación en un Campo del Conocimiento "Actividades
Científicas" en los establecimientos educativos, de conformidad con el detalle obrante
en el Anexo (IF-2023-23627586-GCABA-DGEGE), el que a todos sus efectos forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Establézcase que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí
dispuesto imputará en Jurisdicción 55 - Inciso 1 - Partida Principal 1.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto de la Subsecretaría de Hacienda, a la Dirección
General Administración y Liquidación de Haberes, de la Subsecretaría Gestión de
Recursos Humanos, dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a las
Subsecretarias de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, de Carrera Docente
y a las Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal, Personal Docente y No
Docente y, Administración de Recursos de la Subsecretaría de Gestión Económico
Financiera y Administración de Recursos del Ministerio de Educación. Cumplido,
archívese. Acuña