RESOLUCIÓN 3646 2023 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA ESCUELAS PRIMARIAS DE JORNADA COMPLETA CON INTENSIFICACIÓN EN UN CAMPO DEL CONOCIMIENTO ARTE EN LA ESCUELA DE EDUCACIÓN PRIMARIA N° 24 PTE. ROBERTO M. ORTÍZ DE 17 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
18/07/2023
Sanción:
29/06/2023
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 6.292
(texto consolidado Ley N° 6.588), el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, la
Resolución N° 565-SED/05 y sus modificatorias, el Expediente Electrónico N°
16.884.608-GCABA-DGEGE/23, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,
asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,
reinserción y egreso del sistema educativo;
Que la Ley N° 6.292, establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones
por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les
confiere dicha Ley;
Que el marco de la precitada Ley, le corresponde al Ministerio de Educación diseñar,
promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen
un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y
social;
Que por el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Educación;
Que por Resolución N° 565-SED/05 y sus modificatorias se creó el Programa de
Escuelas Primarias de Jornada completa con Intensificación en un Campo del
Conocimiento, comprendiendo los siguientes campos: artes, actividades científicas,
educación física, educación musical y bilingüe;
Que cabe señalar que el citado programa implica la inclusión, de manera sistemática y
continua, de nuevas propuestas de formación en la escuela primaria, contribuyendo a
promover una diversificación de experiencias formativas para los alumnos de las
escuelas de jornada completa;
Que en este proceso de diversificación pedagógica, basado en un criterio de equidad y
balance en la distribución de los servicios que garanticen la calidad formativa y
avanzando en forma planificada, se propone incorporar este programa a nuevos
establecimientos;
Que en virtud de ello, la Dirección de Educación Primaria propone la implementación
del Programa Intensificación en un Campo del Conocimiento "Arte" en la Escuela de
Educación Primaria N° 24 "Pte. Roberto M. Ortíz" Distrito Escolar N° 17, ubicada en la
calle Bahía Blanca N° 2535, de esta Ciudad;
Que corresponde destacar que la implementación que se propone implica considerar
un objeto de conocimiento específico: los saberes corporales, lúdicos y motrices, que
brinden a los alumnos herramientas para desenvolverse con competencias para
disponer de su cuerpo, para expresarse, para cuidar su salud y competencias
comunicativas;
Que la medida que se propicia cuenta con el debido reflejo presupuestario;
Que la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa y la Dirección
General de Educación de Gestión Estatal tomaron intervención, en el marco de sus
respectivas competencias brindando conformidad;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional tomó debida
intervención en el trámite.
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase la implementación del Programa Escuelas Primarias de
Jornada Completa con Intensificación en un Campo del Conocimiento "Arte" en la
Escuela de Educación Primaria N° 24 "Pte. Roberto M. Ortíz" Distrito Escolar N° 17,
ubicada en la calle Bahía Blanca N° 2535, de esta Ciudad.
Artículo 2°.- Establézcase que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí
dispuesto imputará en Jurisdicción 55 - Inciso 1 - Partida Principal 1.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto de la Subsecretaría de Hacienda, a la Dirección
General de Administración y Liquidación de Haberes, de la Subsecretaría Gestión de
Recursos Humanos, dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a las
Subsecretarias de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, de Carrera Docente
y a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de Personal Docente
y No Docente, y de Administración de Recursos de la Subsecretaría de Gestión
Económico Financiera y Administración de Recursos del Ministerio de Educación.
Cumplido, archívese. Acuña