DECRETO 61 2005

Síntesis:

COOPERATIVA DE TRABAJO GENERAL DON JOSÉ DE SAN MARTÍN LTDA.- SE HACE LUGAR A LA IMPUGNACIÓN DEL PLIEGO APROBADO POR DECRETO N° 1.141-GCBA/03 - IMPUGNACIONES - CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA INTEGRAL Y SU MANTENIMIENTO - HOSPITALES Y CENTROS DE SALUD

Publicación:

20/01/2005

Sanción:

12/01/2005

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 2.896/04, el Expediente N° 67.875/02, el Decreto N° 1.141-GCBA/03 (B.O. N° 1746), y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1.141-GCBA/03, dictado en el Expediente N° 67.875/02, se aprobaron los pliegos de bases y condiciones generales, particulares y de especificaciones técnicas, elaborados por la Comisión de Estudios de Pliegos Especiales, para ser utilizados en todos los llamados a contratación de los Servicios de Limpieza Integral y su Mantenimiento, con destino a los Establecimientos Hospitalarios y Centros de Salud dependientes de la Secretaría de Salud;

Que por el Expediente mencionado en primer término, tramita el llamado a licitación pública para la contratación del Servicio de Limpieza Integral y su Mantenimiento en el Hospital de Gastroente-rología B. Udaondo, en el marco de la documental licitatoria aprobada mediante el Decreto N° 1.141-GCBA/03;

Que dicho llamado fue dispuesto por Resolución N° 938-SS/04, mediante la cual se autorizó a la Dirección General Adjunta de Abastecimiento Hospitalario a realizar el correspondiente procedimiento licitatorio;

Que, en consecuencia, a través de la Disposición N° 670-DGAAH/04 se llamó a licitación pública N° 18/04 para el día 29 de julio de 2004 a las 10.30 horas, al amparo de lo establecido en el art. 55 de la Ley de Contabilidad;

Que, por Disposición N° 774-DGAAH/04 y atento la presentación de fecha 13 de julio del corriente año efectuada por la Cooperativa de Trabajo General Don José de San Martín Ltda., por la cual impugna aspectos contenidos en el pliego de bases y condiciones, se dispuso postergar hasta nuevo aviso el llamado a Licitación;

Que, llamada a intervenir la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, la misma considera que las únicas restricciones legalmente admisibles en el procedimiento licitatorio son las que vienen impuestas por el interés público que exige en el participante idoneidad moral e idoneidad técnica y financiera, y no como en el caso concreto de las impuestas por otras consideraciones en desmedro de quienes revisten el carácter de cooperativas de trabajo o asociaciones mutuales;

Que, en consecuencia, corresponde hacer lugar a la impugnación deducida por la Cooperativa de Trabajo General Don José de San Martín Ltda. contra el pliego de bases y condiciones particulares aprobado por Decreto N° 1.141-GCBA/03, en cuanto excluye a las cooperativas de trabajo de la posibilidad de participar en el procedimiento de selección del cocontratante;

Que, por lo expuesto, a fin de adecuar los pliegos de condiciones a la impugnación a la que se hace lugar según lo indicado en el considerando anterior, resulta necesario aprobar los términos de una circular modificatoria, con el objetivo de lograr la más amplia participación de interesados en condiciones de ofertar;

Que, atento que los pliegos aprobados por Decreto N° 1.141-GCBA/03 deben ser utilizados en todos los llamados a contratación de los Servicios de Limpieza Integral y su Mantenimiento, con destino a los Establecimientos Hospitalarios y Centros de Salud dependientes de la Secretaría de Salud, la circular que por este acto se aprueba resulta de aplicación en todos los llamados convocados o por convocarse con tal objeto;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete de conformidad con la Ley N° 1.218 (B.O. N° 1850);

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Hágase lugar a la impugnación incoada por la Cooperativa de Trabajo General Don José de San Martín Ltda. contra el pliego de bases y condiciones particulares aprobado por Decreto N° 1.141-GCBA/03 (B. O. N° 1746).

Artículo 2° - Apruébanse los términos de la Circular N° 1 con Consulta que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 3° - El presente Decreto es refrendado por el señor Secretario de Salud, por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Compras y Contrataciones y, para su conocimiento, notificación fehaciente a los interesados y prosecución del trámite, remítase a la Dirección General Adjunta de Abastecimiento Hospitalario dependiente de la Secretaría de Salud. IBARRA - Stern - Albamonte - Fernández

ANEXO

ANEXO

Circular N° 1 con Consulta

Expedientes Nros. 67.875/02 y 2.896/04.

Referencia: pliegos de bases y condiciones para la contratación del Servicio de Limpieza Integral y su Mantenimiento con destino a los Establecimientos Hospitalarios y Centros de Salud, dependientes de la Secretaría de Salud (aprobados por Decreto N° 1.141-GCBA/03, B. O. N° 1746).

Destinatario: Establecimientos Hospitalarios y Centros de Salud dependientes de la Secretaría de Salud.

Modificaciones al Pliego de Cláusulas Particulares:

En la segunda parte del art. 1° (Objeto de la Contratación):

Donde dice:

En esta licitación sólo podrán participar empresas y/o personas físicas que cuentan con personal especialmente capacitado y entrenado en normas de seguridad e higiene, quedando expresamente excluidas las Cooperativas de Trabajo y Asociaciones Mutuales.

Debe decir:

En esta licitación sólo podrán participar personas jurídicas y/o personas físicas que cuentan con personal especialmente capacitado y entrenado en normas de seguridad e higiene.

Debe agregarse a continuación de este párrafo del art. 1°, la aclaración siguiente:

En caso que la adjudicación recaiga en una Cooperativa de Trabajo, la contratación que se celebre será efectuada solamente en los términos del primer párrafo, in fine, del artículo 19 de la Ley N° 20.337, atento el carácter que reviste el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


ANEXOS

ANEXO

ANEXO

Circular N° 1 con Consulta

Expedientes Nros. 67.875/02 y 2.896/04.

Referencia: pliegos de bases y condiciones para la contratación del Servicio de Limpieza Integral y su Mantenimiento con destino a los Establecimientos Hospitalarios y Centros de Salud, dependientes de la Secretaría de Salud (aprobados por Decreto N° 1.141-GCBA/03, B. O. N° 1746).

Destinatario: Establecimientos Hospitalarios y Centros de Salud dependientes de la Secretaría de Salud.

Modificaciones al Pliego de Cláusulas Particulares:

En la segunda parte del art. 1° (Objeto de la Contratación):

Donde dice:

En esta licitación sólo podrán participar empresas y/o personas físicas que cuentan con personal especialmente capacitado y entrenado en normas de seguridad e higiene, quedando expresamente excluidas las Cooperativas de Trabajo y Asociaciones Mutuales.

Debe decir:

En esta licitación sólo podrán participar personas jurídicas y/o personas físicas que cuentan con personal especialmente capacitado y entrenado en normas de seguridad e higiene.

Debe agregarse a continuación de este párrafo del art. 1°, la aclaración siguiente:

En caso que la adjudicación recaiga en una Cooperativa de Trabajo, la contratación que se celebre será efectuada solamente en los términos del primer párrafo, in fine, del artículo 19 de la Ley N° 20.337, atento el carácter que reviste el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Dto 61-05 hace lugar a impugnación , modificando el pliego de cláusulas particulares, segunda parte del art 1 y agregada aclaración a continuación del párrafo del art. 1 del Dto 1141-03