DECRETO 1141 2003

Síntesis:

APRUEBA LOS PLIEGOS GENERALES QUE REGIRÁN TODA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA INTEGRAL Y SU MANTENIMIENTO PARA LOS ESTABLECIMIENTOS HOSPITALARIOS Y CENTROS DE SALUD - HOSPITALES

Publicación:

04/08/2003

Sanción:

28/07/2003

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 67.875/02, el Decreto N° 5.720/PEN/72, reglamentario del artículo 61 del Decreto Ley N° 23.354/56 y sus Decretos modificatorios, vigentes en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en base a lo dispuesto por la Cláusula Transitoria Tercera de la Ley N° 70 (B.O.C.B.A. N° 539) y su Decreto reglamentario N° 1.000/GCBA/99 (B.O.C.B.A. N° 704), el Decreto N° 791/GCBA/03 (B.O.C.B.A. N° 1718), el Decreto N° 386/75 (B.M. N° 14.955), modificado por los Decretos N° 4.968/76 (B.M. N° 15.385) y N° 351/01 (B.O.C.B.A. N° 1166), y el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y;

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la Secretaría de Salud tramita la aprobación de un Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas, con sus correspondientes Anexos, para la Contratación de Servicios de Limpieza Integral y su Mantenimiento, con destino a los Establecimientos Hospitalarios y los respectivos Centros de Salud de su dependencia;

Que, dada la naturaleza del Servicio que se propicia, resulta necesario establecer cláusulas no contempladas en el Reglamento de Contrataciones del Estado, e instrumentar un régimen especial de penalidades y de causales de rescisión que permitan resolver los eventuales incumplimientos contractuales;

Que, las características de la prestación del Servicio objeto del Pliego cuya aprobación propone la Secretaría de Salud tiene carácter general para todos los Establecimientos Asistenciales, resultando aplicable en todos los procedimientos licitatorios que se lleven a cabo para su contratación;

Que, por razones de celeridad y economía en los procedimientos, en especial consideración del carácter general de las modificaciones que se propone, la Secretaría de Salud estima conveniente la aprobación de los Pliegos para todos los procedimientos de licitación en los cuales se persiga la contratación de estos servicios;

Que el inciso 128 del Decreto N° 5.720/PEN/72 y modificatorios, prevé las circunstancias mencionadas para la aprobación con carácter general o especial, para determinadas contrataciones de cláusulas distintas de las establecidas en el mismo;

Que por Decreto N° 386/75, modificado por los Decretos Nros. 4.968/76 y 351/2001 (B.O.C.B.A. N° 1166), se reglamenta el procedimiento de aprobación de Pliegos de Características Especiales;

Que, la Comisión de Estudios de Pliegos de Condiciones Especiales, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, ha elaborado el pertinente proyecto de instrumento licitatorio;

Que, para cada llamado a Licitación o Contratación el Organismo Solicitante deberá completar los datos correspondientes en los Anexos del Pliego de Especificaciones Técnicas que se aprueban por el presente acto administrativo;

Que, teniendo en cuenta las cláusulas que conforman el Pliego de Especificaciones Técnicas y Anexos que lo acompañan, corresponde delegar en el señor Secretario de Salud la facultad de emitir Circulares Ampliatorias y/o Modificatorias sobre dicha documentación;

Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido su opinión en los presentes actuados;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el inciso 128 del Decreto N° 5.720/PEN/72, reglamentario del artículo 61 del Decreto Ley N° 23.354/56 (Ley de Contabilidad) y las facultades legales que le son propias, artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas con sus respectivos Anexos, elaborados por la Comisión de Estudios de Pliegos de Condiciones Especiales, dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, que como Anexo forman parte del presente Decreto, para ser utilizados en todos los llamados a Contratación de los Servicios de Limpieza Integral y su Mantenimiento, con destino a los Establecimientos Hospitalarios y Centros de Salud dependientes de la Secretaría de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2° - Delégase en el señor Secretario de Salud la facultad de emitir circulares ampliatorias y/o modificatorias sobre el Pliego de Especificaciones Técnicas y sus Anexos, aprobados en el artículo 1° de este instrumento legal, siempre y cuando con ellas no se modifiquen los términos de los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares.

Artículo 3° - Establécese que en la oportunidad que cada nosocomio tramite el pertinente llamado a Licitación o Contratación, deberá completar los datos correspondientes a los Anexos que integran el Pliego de Especificaciones Técnicas.

Artículo 4° - El presente Decreto es refrendado por los señores Secretarios de Salud, de Hacienda y Finanzas y Jefe de Gabinete.

Artículo 5° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Compras y Contrataciones y gírese a la Secretaría de Salud para la prosecución de su trámite, la que asimismo procederá a notificar en forma fehaciente a cada uno de los Establecimientos Hospitalarios de su dependencia. IBARRA - Stern - Albamonte - Fernández

NOTA: Los Anexos del presente Decreto pueden consultarse previa solicitud por escrito dirigida al Departamento Registro, que debe presentarse en la Mesa de Entradas de la Subsecretaría de Justicia y Legal y Técnica, sita en Avenida de Mayo 525, piso 4°, oficina 419, en el horario de 10 a 18. El costo de reproducción de las copias es a exclusivo cargo del solicitante, conforme lo dispuesto por el Art. 5° de la Ley N° 104.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
INTEGRADA POR
Dec. 2024-07 aprueba y adjudica la Licitación Pública 31/07, llamada por Dec. 1141-03
INTEGRA
Dto. 1141-03 aprueba los Pliegos Generales que regirán la contratación de Servicio de Limpieza Integral y su Mantenimiento para los Hospitales, según marco normativo dado por Dto Nac. 5720-72
COMPLEMENTA
Vistos y Considerandos Dto. 1141-03 Complementa Dto. 386-75. SS: Pliegos aprobados por la Comisión de Estudios que regirán todas las contrataciones del Servicio de Limpieza de Hospitales.
REFERENCIA
REFERENCIADA POR
MODIFICADA POR
Dto 61-05 hace lugar a impugnación , modificando el pliego de cláusulas particulares, segunda parte del art 1 y agregada aclaración a continuación del párrafo del art. 1 del Dto 1141-03