RESOLUCIÓN 3667 2023 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA - CONCURSO - MENCIONES PLAN INTEGRAL DE EDUCACIÓN DIGITAL 2023 - CONFORME - BASES Y CONDICIONES - ENCOMIENDA - SUBSECRETARÍA TECNOLOGÍA EDUCATIVA Y SUSTENTABILIDAD - DIRECCIÓN GENERAL EDUCACIÓN DIGITAL - PLAN SARMIENTO BA - ESCUELAS - DOCENTES - DIRECTIVOS/AS - SUPERVISORES/AS
Publicación:
19/07/2023
Sanción:
30/06/2023
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros.
1687 y 6.292 (textos consolidados por la Ley N° 6.588), los Decretos Nros. 463/19 y
sus modificatorios, la Resolución N° 4.271- MEGC/17 y su modificatoria N° 1.113-
GCABA-MEGC/23, el Expediente Electrónico N° 24.430.849- GCABA-DGED/23, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;
Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones
por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les
confiere dicha Ley;
Que conforme a dicha norma, le corresponde al Ministerio de Educación "Diseñar,
promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen
un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y
social", así como "promover y difundir la investigación y la formación en áreas de
interés que contribuyan al desarrollo de una cultura científica e innovadora";
Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
contemplándose a la Subsecretaría de Tecnología Educativa y Sustentabilidad bajo la
órbita del Ministerio de Educación, la cual tiene entre sus responsabilidades primarias
las de "Investigar y promover la incorporación de tecnologías innovadoras para
mejorar la calidad educativa" y "Diseñar, coordinar e implementar el Plan Integral de
Educación Digital en todos los niveles del sistema educativo, en coordinación con las
áreas correspondientes del Ministerio";
Que por su parte, la Dirección General Educación Digital bajo la dependencia de la
citada Subsecretaría, tiene entre sus responsabilidades primarias las de "Promover la
calidad educativa mediante la planificación de acciones destinadas a la innovación en
los procesos de enseñanza y aprendizaje" e "Impulsar la transversalidad de la
Educación Digital en el sistema educativo";
Que la Gerencia Operativa Tecnología e Innovación Educativa dependiente de la
Dirección General de Educación Digital, lleva a cabo acciones tales como la de
"Promover, acompañar, diseñar y gestionar estrategias para que docentes y
estudiantes adquieran conocimientos en relación a la educación digital";
Que a través de la Resolución N° 4.271-GCABA-MEIGC/17 y su modificatoria, se
aprobó el Programa "Plan Integral de Educación Digital" (PIED) el cual se encuentra
destinado a todos los niveles educativos y tiene como objetivo principal integrar los
procesos de enseñanza y de aprendizaje de las instituciones educativas a la cultura
digital;
Que en el marco de dicho Programa, a través del Plan Sarmiento BA se busca
promover la innovación pedagógica a partir de los desafíos que plantea el nuevo
paradigma de la sociedad digital, a través de la provisión de infraestructura digital a
escuelas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en este sentido, corresponde generar espacios que promuevan la calidad
educativa mediante la integración de proyectos y experiencias innovadoras que
incluyan la enseñanza y el aprendizaje vinculado con la cultura digital, de acuerdo a
los lineamientos del Plan Integral de Educación Digital (PIED);
Que la Dirección General Educación Digital propicia la aprobación del Concurso
"Menciones Plan Integral de Educación Digital 2023", el cual se encuentra destinado a
las/os docentes, supervisoras/es y directivos/as de todas las escuelas alcanzadas por
el "Plan S@rmiento BA", como así también, a las/os docentes, supervisoras/es y
directivos/as de escuelas de Nivel Secundario de Gestión Estatal y a los/as docentes
de las carreras del profesorado de Nivel Superior de Gestión Estatal, que lleven a cabo
proyectos y/o experiencias de integración de las Tecnologías Digitales en su labor
docente y con finalidades pedagógicas desde el mes de marzo del año 2022 al mes de
agosto del corriente año inclusive;
Que a través del mencionado Concurso, el cual se desarrollará entre los meses de
julio a septiembre del corriente año, los/las destinatarios/as del mismo podrán
desarrollar competencias y habilidades de Educación Digital tales como participar de
forma activa, crítica y criteriosa en entornos digitales, crear y expresarse a través de
múltiples lenguajes digitales, desarrollar el Pensamiento Computacional como
estrategia de aprendizaje, entre otras;
Que la Dirección General Educación Digital y la Gerencia Operativa Tecnología e
Innovación Educativa, han desarrollado las Bases y Condiciones propiciando la
aprobación del Concurso "Menciones Plan Integral de Educación Digital 2023";
Que las Subsecretarías Tecnología Educativa y Sustentabilidad, Coordinación
Pedagógica y Equidad Educativa, Agencia de Aprendizaje a lo largo de la Vida, la
Unidad de Coordinación del Sistema de Formación Docente y la Dirección General
Educación de Gestión Privada han brindado su conformidad al proyecto cuya
aprobación se propicia en el marco de sus respectivas competencias;
Que la medida cuenta con el debido reflejo presupuestario;
Que en virtud de lo expuesto, deviene pertinente el dictado del acto administrativo que
apruebe la realización del Concurso "Menciones Plan Integral de Educación Digital
2023" efectuado por la Dirección General Educación Digital;
Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional tomó debida intervención
en el trámite.
Por ello, y atento las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Apruébase el Concurso "Menciones Plan Integral de Educación Digital
2023" conforme a las Bases y Condiciones establecidas en el Anexo (IF-2023-
24443344-GCABA-DGED), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí
establecido corresponde a la UE 7340 - Programa 4 -Proyecto 61- Obra 51- FF11.
Artículo 3°.- Encomiéndase a la Subsecretaría Tecnología Educativa y Sustentabilidad
y/o la Dirección General Educación Digital, la realización de todas las acciones
organizativas tendientes a la implementación del Concurso aprobado por el Artículo 1°.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a las Subsecretarías Tecnología
Educativa y Sustentabilidad, de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa,
Agencia de Aprendizaje a lo largo de la Vida, a la Unidad de Coordinación del Sistema
de Formación Docente y a la Dirección General de Educación Gestión Privada.
Cumplido, archívese.Acuña