RESOLUCIÓN 1467 2004 SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO
Síntesis:
MODIFICA EL DECRETO - ORDENANZA 10407-47 - SENTIDO DE CIRCULACIÓN EN DISTINTAS ARTERIAS - EXPERIMENTAL - EVALUATIVO - LISTADO DE ARTERIAS CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - RESTITUCIÓN DE DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN - DOBLE MANO - CALLE MARIE LANGER - CALLE ESTADOS UNIDOS - HUMBERTO PRIMO - LÍNEA DE COLECTIVOS 103 - CALLES - MANO ÚNICA
Publicación:
20/01/2005
Sanción:
29/12/2004
Organismo:
SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO
Visto el Expediente N° 74.325/04, y
CONSIDERANDO:
Que la Cámara de Empresarios del Transporte Automotor de Personas, solicita restituir el doble sentido circulatorio de la calle Marie Langer, ex Humberto 1°, entre Av. Alicia Moreau de Justo y Av. Ingeniero Huergo, con el objeto de facilitar la operatoria de la línea de transporte publico de pasajeros N° 103;
Que la Dirección de Señalización Luminosa, dependiente de la Dirección General de Tránsito y Transporte, manifiesta que resulta viable, a título de prueba, incorporar una nueva corriente circulatoria en la regulación del señalamiento luminoso del cruce de Av. Ingeniero Huergo y Marie Langer y Humberto 1°;
Que el avance de la nueva corriente circulatoria sería incorporado con la fase del cruce peatonal de la Av. Ing. Huergo, por lo cual resulta factible otorgar el doble sentido circulatorio solicitado para la calle Marie Langer, entre Av. Alicia Moreau de Justo y Av. Ing. Huergo;
Que por otra parte se ha estudiado la complejidad del acceso de los vehículos que provienen de la Av. Rosario Vera Peñaloza y desean continuar al oeste por Av. Independencia, ya que para hacerlo deben doblar anticipadamente en la Av. Moreau de Justo y girar a la izquierda sobre la misma;
Que resulta conveniente aprobar la doble mano de la calle Estados Unidos (continuación de Vera Peñaloza), entre Av. Ing. Huergo y Azopardo, para facilitar el recorrido por avenida Rosario Vera Peñaloza, Estados Unidos, Azopardo, avenida Independencia;
Por ello, conforme las atribuciones otorgadas por la Ley N° 217 (B.O.C.B.A. N° 760) y la delegación prevista en el artículo 1° del Decreto N° 515-GCBA/00 (B.O.C.B.A. N° 926),
Artículo 1° - Modifícanse las disposiciones del Decreto-Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8.174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, con carácter experimental y evaluativo por el término de noventa (90) días corridos a partir de su vigencia, restituyéndose el doble sentido circulatorio a los siguientes tramos de arterias:
Marie Langer: (ex Humberto 1°), entre Av. Alicia Moreau de Justo y Av. Ing. Huergo.
Estados Unidos: entre Av. Ing. Huergo y Azopardo.
Artículo 2° - La presente Resolución requiere la instalación del pertinente señalamiento vertical y la adecuación del señalamiento luminoso existente, que proyectará y realizará la Dirección General de Tránsito y Transporte, la que fijara mediante el dictado de Disposición, la fecha y hora de su vigencia.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro del término previsto en el artículo 2° de la Ley N° 217, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, comuníquese a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, y remítase a la Dirección General de Tránsito y Transporte la que comunicará a la Policía Federal Argentina y a la Cámara de Empresarios del Transporte Automotor de Personas. Feletti