DISPOSICIÓN 19 2005 DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
CALLE MARIE LANGER - FIJA LA IMPLEMENTACIÓN DEL DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN - FECHA Y HORA - DOBLE MANO - HUMBERTO PRIMO - LÍNEA 103
Publicación:
24/01/2005
Sanción:
18/01/2005
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
Visto la Nota N° 808-DGTyT/05, y
CONSIDERANDO:
Que esta Dirección de Planeamiento y Ordenamiento de Tránsito estima viable la implementación del doble sentido de circulación de la calle Marie Langer (ex Humberto 1°) entre las avenidas Alicia Moreau de Justo e Ingeniero Huergo, aprobado por Resolución N° 1.467;
Que se propone el dictado de la pertinente Disposición, fijando la puesta en práctica el día miércoles 26 de enero de 2005, a las 10 horas;
Que motiva la presente propuesta la circunstancia de que la Cámara de Empresarios del Transporte Automotor de Personas, tiene el objeto de facilitar la operatoria de la línea de transporte público de pasajeros N° 103;
Que la Dirección de Señalización Luminosa, dependiente de esta Dirección General de Tránsito y Transporte, manifiesta que es viable a título de prueba, incorporar una nueva corriente circulatoria en la regulación del señalamiento luminoso y a su vez sería complementada con la fase del cruce peatonal de la avenida Ingeniero Huergo;
Que procede determinarse la fecha y hora a partir de la cual se pone en práctica el ordenamiento tratado para la adecuación del señalamiento vertical pertinente;
Por ello,
Artículo 1° - Fíjase a partir del día miércoles 26 de enero de 2005, a las 10 horas, la implementación de la restitución del doble sentido circulatorio de la calle Marie Langer (ex Humberto 1°) entre las avenidas Alicia Moreau de Justo e Ingeniero Huergo, aprobado por Resolución N° 1467.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Policía Federal Argentina, a la Cámara de Empresarios del Transporte Automotor de Personas, a las Direcciones de Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito, de Estudio de Transporte y de Señalización Luminosa, al Departamento de Obras Complementarias y remítase para su conocimiento y demás efectos, al Departamento Administrativo. Verdaguer