RESOLUCIÓN 1468 2004 SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO

Síntesis:

APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN AL ARTÍCULO 2° DEL DECRETO N° 402-GCBA/04 - APROBACIÓN - COMISIÓN CONSULTIVA

Publicación:

20/01/2005

Sanción:

29/12/2004

Organismo:

SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO


Visto el Decreto N° 402-GCBA/04, y

CONSIDERANDO:

Que por la norma citada en el visto se creó una comisión consultiva integrada por representantes de la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, de los licenciatarios, de los trabajadores, de entidades que promuevan la defensa de los usuarios y consumidores y de otras organizaciones con especial protagonismo en la materia, con el objeto de evaluar integralmente los problemas de la actividad y proponer medidas para una mejor prestación del servicio público de taxímetros;

Que, asimismo, se estableció que la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento tendría a su cargo el dictado de las normas que regulan la conformación y modo de funcionamiento de la Comisión;

Que durante el transcurso de este año, la mentada Comisión se ha reunido, a instancias de la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y en su ámbito, abordando diversas problemáticas atinentes a la actividad;

Que a efectos de favorecer su operatoria, como espacio de promoción de consensos relativos a las problemáticas del servicio público de taxímetros, resulta menester proceder a la regulación de sus aspectos esenciales, facultando a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte como autoridad con competencia primaria en la materia, a dictar los actos necesarios para su integración y desempeño;

Por ello,

EL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase la reglamentación al artículo 2° del Decreto N° 402-GCBA/04, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte la que comunicará a sus áreas dependientes.

ANEXO

ANEXO I

1 - La Comisión Consultiva creada por el Decreto N° 402/04 funcionará en el ámbito de la Subsecretaría de Tránsito y Transporte.

2 - Será presidida por el Subsecretario de Tránsito y Transporte o por el funcionario que éste designe en su reemplazo.

3 - A efectos de integrar la Comisión, el Subsecretario de Tránsito y Transporte invitará a las entidades y organizaciones que resulten representativas de los diversos sectores involucrados en la prestación del servicio público de taxis y de la defensa de los usuarios y consumidores, como así también, a otras organizaciones con especial protagonismo en la materia.

4 - Cada entidad u organización invitada por la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, podrá designar hasta dos representantes para integrar la comisión, quienes deberán acreditar su representación en los términos previstos en los respectivos estatutos.

5 - La Subsecretaría de Tránsito y Transporte podrá invitar a representantes de otras áreas del Poder Ejecutivo y/o de otros sectores no representados cuando, a su criterio, la índole de los temas a tratar así lo requiera.

6 - Las reuniones de la Comisión se realizarán en el ámbito designado a tal fin por la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, el que podrá ser la sede de alguna entidad u organización integrante de la Comisión, si ésta lo propusiere, y los demás miembros no lo objetaran con una antelación de más de tres días a la fecha fijada para la reunión.

7 - La Subsecretaría de Tránsito y Transporte tendrá a su cargo la convocatoria a las reuniones. De cada una de ellas deberá labrarse acta, entregando una copia a cada uno de los sectores participantes.

8 - Facúltase a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte a dictar las normas aclaratorias y complementarias de la presente.


ANEXOS

ANEXO

ANEXO I

1 - La Comisión Consultiva creada por el Decreto N° 402/04 funcionará en el ámbito de la Subsecretaría de Tránsito y Transporte.

2 - Será presidida por el Subsecretario de Tránsito y Transporte o por el funcionario que éste designe en su reemplazo.

3 - A efectos de integrar la Comisión, el Subsecretario de Tránsito y Transporte invitará a las entidades y organizaciones que resulten representativas de los diversos sectores involucrados en la prestación del servicio público de taxis y de la defensa de los usuarios y consumidores, como así también, a otras organizaciones con especial protagonismo en la materia.

4 - Cada entidad u organización invitada por la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, podrá designar hasta dos representantes para integrar la comisión, quienes deberán acreditar su representación en los términos previstos en los respectivos estatutos.

5 - La Subsecretaría de Tránsito y Transporte podrá invitar a representantes de otras áreas del Poder Ejecutivo y/o de otros sectores no representados cuando, a su criterio, la índole de los temas a tratar así lo requiera.

6 - Las reuniones de la Comisión se realizarán en el ámbito designado a tal fin por la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, el que podrá ser la sede de alguna entidad u organización integrante de la Comisión, si ésta lo propusiere, y los demás miembros no lo objetaran con una antelación de más de tres días a la fecha fijada para la reunión.

7 - La Subsecretaría de Tránsito y Transporte tendrá a su cargo la convocatoria a las reuniones. De cada una de ellas deberá labrarse acta, entregando una copia a cada uno de los sectores participantes.

8 - Facúltase a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte a dictar las normas aclaratorias y complementarias de la presente.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
res. 1468/siyp/04 reglamenta el artículo 2° del dto. 402/04 ; Comisión Consultiva