RESOLUCIÓN 48 2023 INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL
Síntesis:
APRUEBA PLIEGOS - AUTORIZA LLAMADO A CONTRATACIÓN DIRECTA POR EXCLUSIVIDAD N° 226-1267-CDI23 - PROVISIÓN ESPACIO PARA EMPLAZAR EL CENTRO DE CÓMPUTO Y MONITOREO - ELECCIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - AÑO 2023 - ESCRUTINIO DEFINITIVO DEL DISTRITO - INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL - SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Publicación:
27/07/2023
Sanción:
26/07/2023
Organismo:
INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL
VISTO: Las Leyes N° 2095, 6031 y 6292 (textos consolidados por Ley N° 6588), los
Decretos Nros. 463/19 y sus modificatorios, 92/21, 109/23, 129/23, 130/23, la
Disposición N° 333-GCABA-DGCYC/23, el Expediente Electrónico N° 27929743-
GCABA-IGE/23, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el visto tramita la Contratación Directa por
Exclusividad para la "Provisión de un Espacio para emplazar el Centro de Cómputo y
Monitoreo de las elecciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires año 2023 donde
se llevará a cabo el Escrutinio Definitivo del Distrito, junto con los servicios conexos
necesarios para su correcto funcionamiento", con destino a este Instituto de Gestión
Electoral dependiente de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y
Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al amparo de lo
establecido en el artículo N° 29 inciso 5° de la Ley N° 2095 (Texto consolidado por Ley
N° 6588) y su Decreto Reglamentario N° 129/23;
Que por el Decreto N° 109/23, se convocó al electorado de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires a elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, elecciones
generales y eventual segunda vuelta, para que, en forma concurrente con las
elecciones primarias nacionales, proceda a la selección, Jefe/a de Gobierno y
Vicejefe/a de Gobierno, treinta (30) Diputados/as titulares y respectivos suplentes para
integrar el Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y siete (7)
miembros integrantes titulares y sus suplentes de cada una de las quince (15) Juntas
Comunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme las previsiones
establecidas en el cuarto párrafo del artículo 60 del Código Electoral - Anexo I de la
Ley N° 6031;
Que, por su parte, el artículo 1° de Ley N° 6031 creó el Instituto de Gestión Electoral
(IGE), como ente autárquico en el ámbito del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, con personería jurídica pública estatal, autarquía financiera e
independencia funcional, conforme a la organización, misión y competencias
determinadas en su artículo 4°;
Que en el artículo 5° del Anexo I de la Ley N° 6031 Código Electoral de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires se establece que el Instituto de Gestión Electoral, con
potestades administrativas en materia electoral, es uno de los Organismos Electorales
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con las competencias y funcionamiento
previsto en las leyes respectivas;
Que el artículo 126 del mismo Código pone a cargo del Instituto de Gestión Electoral
(IGE) la aprobación de los sistemas electrónicos a ser incorporados en los
procedimientos de emisión de voto, escrutinio de mesa y transmisión de resultados
provisorios;
Que en el marco de las competencias atribuidas por el artículo 4° de la Ley N° 6031,
se establece que el Instituto de Gestión Electoral: "... 8) Entiende en la auditoría,
prueba y control de tecnologías electrónicas a ser incorporadas a los procedimientos
de emisión de sufragio, escrutinio, trasmisión y totalización de resultados; 9) Aprueba
para cada proceso electoral las tecnologías a ser incorporadas a los procedimientos
de emisión de sufragio con el Sistema electrónico de emisión de Boleta, escrutinio,
trasmisión y totalización de resultados, de conformidad con lo establecido en el Código
Electoral";
Que, en sentido concordante, la Ley N° 6031, en su artículo 13 inciso 3), establece
como función de este Instituto la de realizar los actos, compras y contrataciones que
sean necesarios para la adecuada organización y funcionamiento del proceso
electoral;
Que, asimismo el último párrafo del artículo 21 de esa norma, establece que el
Régimen Jurídico, para los procesos de compras y contrataciones de bienes y
servicios efectuados por éste, así como la regulación de las obligaciones y derechos
que se derivan de los mismos, se regirán por la Ley N° 2095 Compras y
Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y sus normas
reglamentarias, complementarias y modificatorias;
Que la Ley N° 2095 establece las normas básicas para los procesos de compras y
contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 129/23 se aprobó la reglamentación de la citada Ley de
Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires N° 2095 y fijó los niveles de
decisión y cuadro de competencias conforme se detalla en sus Anexos II, III, IV, V y
VI;
Que por la Disposición N° 333-GCABA-DGCYC/23, se aprobó el Pliego Único de
Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por otra parte, por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos a los Ministerios
de Gobierno y de Justicia y Seguridad, otorgándoles competencias en materia
electoral;
Que por Decreto N° 463/2019, y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que mediante el artículo 3° del Decreto N° 92/21 se estableció que el Instituto de
Gestión Electoral, actuará bajo la órbita del Ministerio de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y por la Resolución N° 1-GCABA-IGE/23 se aprobó la
estructura orgánico funcional de este Instituto de Gestión Electoral;
Que conforme surge de la Resolución N° 1-GCABA-IGE/23, corresponde a la Gerencia
Operativa Legal, Técnica y Administrativa de este Instituto "Realizar los actos,
compras y contrataciones que sean necesarios para la adecuada organización y
funcionamiento del proceso electoral y para el cumplimiento de las competencias
propias del Instituto de Gestión Electoral y sus dependencias." y "Elaborar los pliegos
de condiciones particulares y especificaciones técnicas, en coordinación con las áreas
competentes, de las distintas compras y contrataciones a realizar para el logro de los
cometidos asignados al Instituto de Gestión Electoral", entre otras;
Que, posteriormente por el Decreto N° 130/23, se estableció al Instituto de Gestión
Electoral, como Organismo Fuera de Nivel en la órbita de la Subsecretaría de Justicia
dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que, en el marco de lo precedentemente expuesto, la presente contratación tiene
como finalidad dotar a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del Espacio necesario
para emplazar el Centro de Cómputo y Monitoreo de las elecciones de la Ciudad
Año 2023, donde se llevará cabo el desarrollo del Escrutinio definitivo del Distrito, junto
con los servicios conexos que resulten necesarios para su correcto funcionamiento, de
conformidad con lo informado por la Gerencia Operativa de Coordinación Electoral de
este Instituto mediante IF-2023-28131959-GCABA-IGE;
Que, asimismo, motiva la presente contratación el requerimiento efectuado por el
Juzgado Federal Electoral de la Capital Federal a cargo de la Jueza María Romilda
Servini a este Instituto de Gestión Electoral en el marco de los autos caratulados
"Actuación Administrativa Interna s/ colaboración Elecciones de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires Año 2023", legajo N° 226/23;
Que, en efecto, dicha instancia judicial solicita "...se sirva arbitrar los medios a su
alcance a los fines de otorgar los materiales y servicios que a continuación se detallan,
los cuales resultan necesarios para el correcto funcionamiento del local donde se
desarrollara el escrutinio definitivo de este distrito";
Que, asimismo, el mencionado Juzgado Electoral solicita el espacio sito en el predio
denominado Centro Costa Salguero, dado que es el único espacio que posee las
características edilicias y geográficas necesarias para los fines solicitados no
existiendo en la actualidad inmuebles disponibles de titularidad de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires para tales fines conforme lo informado por la Dirección General de
Administración de Bienes mediante Nota N° NO-2023-23893451-GCABA-IGE;
Que el lugar donde se desarrolla el escrutinio definitivo de las elecciones constituye un
elemento clave en el proceso democrático y garantiza la transparencia y legitimidad de
los resultados;
Que tal espacio físico se convierte en el centro neurálgico donde se lleva a cabo la
verificación y validación de cada voto emitido por los ciudadanos, por lo que la
elección de un lugar adecuado, con las características solicitadas, es fundamental
para asegurar un proceso electoral ágil y eficiente, donde se puedan desarrollar todas
las etapas del escrutinio con precisión y meticulosidad;
Que, a mayor abundamiento, la firma Centro Costa Salguero S.A. (CUIT N° 30-
66154426-7) es el subconcesionario del Espacio designado para realizar el Servicio
objeto de la presente contratación y por lo tanto, el único agente que puede prestar los
servicios, no pudiendo ser realizados por otra empresa, tal como surge del contrato de
Subconcesión suscripto con el Concesionario Telemetrix S.A. (CUIT N° 30-62032463-
5) que consta como Informe N° IF-2023-28117912-GCABA-IGE ;
Que las contrataciones por exclusividad son aquellas en las cuales la Administración
sabe que existe un único proveedor del bien o servicio, por lo que la la firma Centro
Costa Salguero S.A. (CUIT N° 30-66154426-7) documentó la mentada exclusividad
mediante IF N° IF-2023-28117912-GCABA-IGE
Que el presupuesto oficial para la presente contratación asciende a la suma de
PESOS CIENTO VEINTIOCHO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO
MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES ($ 128.384.633);
Que, en el marco de lo expuesto, la Gerencia Operativa de Coordinación Electoral de
este Instituto de Gestión Electoral ha confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas, que han de regir la presente
contratación;
Que se ha realizado la afectación preventiva del gasto para hacer frente a la erogación
en cuestión;
Que atento el estado de las actuaciones corresponde dictar el presente acto
administrativo autorizando la Contratación Directa de marras y fijando su fecha de
apertura.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 6.031 y por el artículo 13 de
la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6588) y por el Anexo II del Decreto N°
129/23,
Artículo 1°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de
Especificaciones Técnicas, que como Anexos I (PLIEG-2023-28182333-GCABA-IGE)
y II (IF-2023-28131429-GCABA-IGE) forman parte integrante de la presente
Resolución para la "Provisión de un Espacio para emplazar el Centro de Cómputo y
Monitoreo de las elecciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires año 2023 donde
se llevará a cabo el Escrutinio Definitivo del Distrito, junto con los servicios conexos
necesarios para su correcto funcionamiento", con destino a este Instituto de Gestión
Electoral dependiente de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y
Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Autorizar la Contratación Directa por Exclusividad N° 226-1267-CDI23
cuya apertura se llevará a cabo el día 28 de Julio de 2023 a las 13 horas, al amparo de
lo establecido en el artículo N° 29 inciso 5 de la Ley N° 2095 (Texto consolidado por
Ley N° 6588), y su Decreto Reglamentario N° 129/23, conforme la documentación que
se aprueba en el Artículo 1° de la presente, y cuyo presupuesto oficial asciende a la
suma de PESOS CIENTO VEINTIOCHOMILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y
CUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES ($ 128.384.633).
Artículo 3°.- Emitir la invitación prevista en el artículo 29 inciso 5) d) del Decreto
Reglamentario N° 129/23 y publíquese la presente contratación en el Sitio de Internet
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el
portal www.buenosairescompras.gob.ar (BAC). Cumplido, remítase a Gerencia
Operativa Legal, Técnica y Administrativa en prosecución del trámite. Fahey