RESOLUCIÓN 46 2023 INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL

Síntesis:

AUTORIZA - TRANSFERENCIA A FAVOR - UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - ELECCIONES - CONVENIO - AUDITORIA DE PROCESO TECNOLOGICO - PRIMARIAS ABIERTAS SIMULTANEAS Y OBLIGATORIAS - AÑO 2023

Publicación:

28/07/2023

Sanción:

22/07/2023

Organismo:

INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL


VISTO: Ley N° 6031 (texto consolidado por la Ley N° 6588), el Decreto N° 213/23, el

Convenio N° 23219219-DGEGRAL-2023, el expediente N° EX-2023-19387901- -

GCABA-IGE, y

CONSIDERANDO:

Que, por Ley N° 6031 (texto consolidado por la Ley N° 6588) aprobó en su artículo 36

el Código Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo en su

artículo 126, que el Instituto de Gestión Electoral tiene a su cargo la aprobación de los

sistemas electrónicos a ser incorporados en los procedimientos de emisión de voto,

escrutinio de mesa y transmisión de resultados provisorios, debiendo ser aprobados

con al menos cincuenta (50) días de anticipación a la realización de los comicios, junto

con la documentación que denote los resultados de las auditorías efectuadas sobre

dichos sistemas;

Que, en este sentido, en su artículo 128 establece que el Instituto de Gestión Electoral

debe implementar un proceso general de pruebas y auditorías de las tecnologías

electrónicas a ser incorporadas, a efectos de evaluar que estas cumplen con los

requisitos exigidos por el Código Electoral.

Que, conforme lo establecido en el artículo 130, con anterioridad a la aprobación de la

tecnología específica, el IGE realiza las auditorías que considere necesarias a efectos

de comprobar el correcto funcionamiento de las tecnologías y su adecuación a todos

los principios y requerimientos establecidos en el Código Electoral, pudiendo a tal

efecto solicitar el apoyo de organismos nacionales e internacionales.

Que en ese marco, el IGE solicitó la colaboración de la Universidad de Buenos Aires,

CUIT 30-54666656-1, en el proceso de auditoría de las tecnologías a implementar en

el proceso electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del año 2023,

considerando su prestigio, así como las capacidades técnicas y profesionales de la

institución, firmándose un Convenio Marco de Colaboración el cual fue registrado ante

la Escribanía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 23219219-

DGEGRAL-2023;

Que la cláusula segunda del convenio determina que LAS PARTES suscribirán Actas

Operativas, por cada tecnología, con el fin de establecer las acciones técnicas a

desarrollar, plan de trabajo, horas y plazos.

Que la cláusula sexta del mencionado convenio establece que los costos que implica

la realización de las tareas del acuerdo y actas operativas a suscribirse serán

solventados por cuenta exclusiva del IGE. En ese contexto se dispuso un valor por

hora de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000), correspondiente a honorarios profesionales para

llevar adelante las tareas encomendadas y un valor por hora de PESOS OCHO MIL

($ 8.000) correspondientes a los honorarios de los asistentes. Asimismo, se dispuso

que la Universidad de Buenos Aires deberá percibir un 25% (veinticinco por ciento) del

total abonado por los honorarios de profesionales y asistentes, en concepto de gestión

y gastos administrativos.

Que mediante Acta Operativa N° 1 de fecha 5 de junio de 2023, las partes acordaron

que las tareas serán realizadas por un total de 7 (siete) profesionales y 3 (tres)

asistentes durante 8 (ocho) horas diarias de trabajo por un periodo de 20 (veinte) días.

Que, conforme al total de horas de trabajo acordadas, las partes dejaron constancia en

la mencionada Acta Operativa que el IGE debe abonar a la Universidad de Buenos

Aires la suma total de $ 18.800.000 (pesos dieciocho millones ochocientos mil), el cual

se compone en $ 15.040.000 (pesos quince millones cuarenta mil) por asistencia

técnica y $ 3.760.000 (pesos tres millones setecientos sesenta mil) en concepto de

gastos administrativos.

Que atento lo expuesto precedentemente corresponde dictar el acto administrativo

pertinente.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 6.031 y el Decreto N°

213/23,

EL DIRECTOR TITULAR

DEL INSTITUTO DE GESTIÓN ELECTORAL

RESUELVE

Artículo 1°.- Autorízase la transferencia a favor de la Universidad de Buenos Aires,

CUIT 30-54666656-1, por la suma de Pesos Dieciocho Millones Ochocientos Mil con

00/100 ($ 18.800.000,00), correspondiente a la cláusula sexta del Convenio registrado

N° 23219219-DGEGRAL-2023.

Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a efectuar la

transferencia autorizada por el anterior artículo.

Artículo 3°.- El gasto que demande la presente será imputado a las partidas

presupuestarias correspondientes.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a la Universidad de Buenos Aires y pase para su conocimiento y demás

efectos a la Dirección General Contaduría. Cumplido, archívese. Fahey Duarte

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución Nº 46/IGE/2023 autoriza la transferencia a favor de la Universidad de Buenos Aires, en el marco del Decreto Nº 109/2023.</p>