DISPOSICIÓN 54 2023 DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO
Síntesis:
CREA - CICLO DE ACTIVIDADES - ARTE PÚBLICO EN CALLES CULTURALES - PROGRAMA CALLES CULTURALES - EDICIÓN 2023 - DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO
Publicación:
31/07/2023
Sanción:
24/07/2023
Organismo:
DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588); el Decreto N° 463-
GCABA/19 y sus modificatorios; la Resolución N° 998-MCGC/23; el Expediente
Electrónico N° 27750441-GCABA- DGPSE/23, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588) se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando, en
su artículo 2°, al Ministerio de Cultura;
Que por el Decreto N° 463-GCABA/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General, fijando dentro de las
responsabilidades primarias de la Dirección General Planificación y Seguimiento la de
"planificar las políticas prioritarias de corto plazo y los lineamientos estratégicos
orientados a abordar los desafíos culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"
y la de "Coordinar la relación del Ministerio con actores públicos y privados del ámbito
cultural", entre otras;
Que mediante la Resolución N° 998-MCGC/23, se aprobó la edición 2023 del
programa "Calles Culturales", con el objetivo de fomentar la actividad cultural e
identidad barrial a través del apoyo a la realización de actividades en el espacio
público propuestas por espacios culturales independientes y otros actores culturales
afines de los distintos barrios de la Ciudad de Buenos Aires, en todas sus disciplinas
artísticas y/o culturales, para el fortalecimiento del trabajo de artistas, creadores y
gestores culturales independientes y de la identidad barrial, comunal y ciudadana;
Que, asimismo, mediante la mencionada norma se designó a la Dirección General de
Planificación y Seguimiento como la Autoridad de Aplicación del referido Programa,
estando facultada para instrumentar las convocatorias, eventos, actividades y demás
acciones enmarcadas en "Calles Culturales" que tiendan a la consecución de los
propósitos y objetivos del mismo dentro de sus alcances programáticos, adoptar las
medidas reglamentarias y operativas necesarias para su implementación, como así
también complementar y apoyar al programa a través de la realización de actividades
culturales durante el año 2023;
Que el Programa "Calles Culturales" propone poner en valor el ecosistema cultural de
los espacios, gestores culturales y afines independientes, y realizar acciones que
fortalezcan la construcción colectiva y participativa de la identidad cultural de distintos
barrios, a través de sus espacios y gestores culturales independientes, fomentando la
actividad cultural en todas sus disciplinas, dinamizando el ecosistema cultural, la
interacción entre vecinos y el uso del espacio público;
Que las diversas manifestaciones artísticas que se extienden a lo largo del territorio
nacional y local, atraviesan y conforman nuestra identidad cultural, por lo que reviste
una vital importancia el acceso pleno a dichas expresiones en sus múltiples formatos y
disciplinas, a fin de que tanto las y los vecinos y visitantes de nuestra Ciudad, como
las y los artistas que la integran, participen plenamente y aporten, mediante sus
expresiones, al enriquecimiento de nuestra cultura;
Que, resulta oportuno divulgar local y barrialmente, en zonas específicas de la Ciudad,
distintas expresiones culturales, promoviendo intercambios creativos en diversos
formatos, al tiempo que se incentiva y fortalece a los distintos actores que promueven
la producción, conservación, consumo y difusión de la actividad cultural local y su
constante desarrollo;
Que, en tal sentido, esta Dirección General impulsa la creación de la actividad "Arte
Público Calles Culturales", a desarrollarse en distintos episodios a lo largo del año en
diversos sectores de la ciudad a determinar, con el objetivo de complementar, dar
apoyo y visibilidad al Programa "Calles Culturales" mediante la recuperación, edición,
realización y/o implantación de distintas obras de arte público consistentes en
performances e instalaciones artísticas materiales y virtuales, visuales y audiovisuales,
de contemplación, participativas o interactivas, entre otras, como así también acercar
Arte Público para el disfrute de vecinos, vecinas y visitantes, a fin de promover la
Cultura, estimular localmente el consumo artístico, fortalecer la identidad barrial y
ciudadana e incentivar y fortalecer a los distintos actores que con su actividad
contribuyen a la constitución de la escena artística y cultural de la Ciudad y sus
distintas identidades barrial, comunal y ciudadana;
Que, por lo expuesto, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Crear el ciclo de actividades "Arte Público en Calles Culturales", en el
marco del Programa "Calles Culturales" edición 2023 consistente en distintos
episodios de actividades para el desarrollo, recuperación, edición, ejecución,
implantación de distintas obras de arte público tales como instalaciones artísticas
materiales o virtuales, visuales y audiovisuales, de contemplación, participativas o
interactivas, entre otras, las que se desarrollarán o instalarán en distintos sectores a
determinar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o entornos digitales/virtuales,
con el objetivo de dar visibilidad al programa de "Calles Culturales" , fortalecer la
identidad barrial y ciudadana, y acercar a los vecinos, vecinas y visitantes opciones de
disfrute mediante el Arte Público.
Artículo 2°.- El gasto será atendido con cargo en la partida específica vigente para el
presente ejercicio.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
para su conocimiento y demás efectos pase al Ministerio de Cultura. Cumplido,
archívese en la repartición de origen. Slauscius