RESOLUCIÓN 1857 2023 SUBSECRETARIA GESTION DE LA MOVILIDAD

Síntesis:

PRORROGA - NOVENTA DÍAS CORRIDOS - VIGENCIA - MEDIDA DISPUESTA - ARTÍCULO 1 DE LA RESOLUCIÓN N° 1021/SSGMO/23 - SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE LA MOVILIDAD

Publicación:

01/08/2023

Sanción:

18/07/2023

Organismo:

SUBSECRETARIA GESTION DE LA MOVILIDAD


VISTO: Las Leyes Nros. 2.148 y 5.728 (texto consolidado por la Ley N° 6.588); los

Decretos Nros. 463/GCABA/19 y 215/GCABA/21; la Resolución N°: 1021/SSGMO/23;

el expediente electrónico N°:EX-2023- 26949474- -GCABA-DGGSM, y;

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones mencionadas en el Visto, tramita un proyecto de Resolución

propiciado por la Dirección General Gestión de Servicios de la Movilidad, dependiente

de esta Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, de la Secretaría de Transporte y

Obras Públicas, tendiente a prorrogar, por el término de 90 días corridos, la medida

que fuera dispuesta en el artículo 1 de la Resolución N°:1021/SSGMO/23, de carácter

experimental;

Que el mencionado acto administrativo, tuvo por objeto establecer por medio de su

Anexo (Informe N°:IF-2023-15330167-GCABA-DGGSM), cierta normativa de

estacionamiento regulado que, a todo efecto, complementa los términos del Anexo A,

de la Ley N° 5.728 (texto consolidado por Ley 6.588);

Que el equipo técnico de la Gerencia Operativa de Estacionamiento Ordenado y

Regulación del Cordón, dependiente de la Dirección General Gestión de Servicios de

Movilidad, ha efectuado el análisis correspondiente, detallando los motivos por los

cuales se estima necesario prorrogar lo estipulado en el aludido artículo 1 de la

Resolución N°:1021/SSGMO/23;

Que, de dicho análisis, se destaca que el Estacionamiento Regulado es una

herramienta de Ingeniería del Tránsito, cuyo principal objetivo es ampliar la oferta de

estacionamiento en zonas de elevada demanda en la vía pública, impulsando, a tal fin,

un aumento en la rotación de los vehículos estacionados, evitando de esta manera

que se perpetúen en sus ubicaciones;

Que teniendo en cuenta tal premisa, mediante Resolución N°:1021/SSGMO/23, se

aprobó cierta normativa experimental, que complementa lo dispuesto en el anexo A de

la Ley N° 5.728 (texto consolidado por Ley N° 6.588), ampliando los tramos del

sistema de estacionamiento regulado, con el fin de evaluar el beneficio de esta medida

para los vecinos residentes, y visitantes de las zonas involucradas;

Que de la evaluación efectuada por el equipo técnico de la Gerencia Operativa de

Estacionamiento Ordenado y Regulación del Cordón, hasta el momento, se puede

concluir, inicialmente, que esta medida viene generado buenos resultados, ya que ha

tenido una gran aceptación por parte de los residentes y visitantes de la zonas que

cuentan con estacionamiento regulado, y ha ordenado los usos designados en la

calzada;

Que por lo antedicho, se estima necesario continuar con las tareas de relevamiento y

obtención de datos sobre los beneficios de la medida;

Que mantener actualizada la normativa en materia de estacionamiento, colabora con

la seguridad vial y hace al ordenamiento de la circulación del tránsito vehicular en el

ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, dentro de las competencias asignadas a la Subsecretaría de Gestión de la

Movilidad, mediante Decreto N°463/GCABA/19, y su modificatorio, N° 215/GCABA/21,

se encuentra la de "Establecer las normas para el ordenamiento del transporte y

tránsito, el estacionamiento y la regulación de los servicios de transporte en la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires";

Que en virtud de lo estipulado en el artículo 1.2.2, inciso a), del Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, (aprobado por Ley N° 2.148,

texto consolidado por Ley N° 6.588), la Autoridad de Aplicación puede disponer

medidas de carácter transitorio o experimental que contemplen situaciones especiales,

en lo referente a cuestiones de estacionamiento;

Que las medidas dispuestas, en uso de la facultad conferida en el artículo mencionado

precedentemente, deben adoptarse por un plazo máximo de noventa (90) días

corridos, y podrán ser prorrogadas, por única vez, por el mismo lapso, conforme lo

establece el artículo 1.2.3, inciso b), del mismo cuerpo normativo;

Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo, con carácter

experimental, que prorrogue por el término de noventa (90) días corridos, la medida

que fuera dispuesta en el artículo 1, de la Resolución N°:1021/SSGMO/23.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 463/GCABA/19 y su

modificatorio, N° 215/GCABA/21,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE LA MOVILIDAD

RESUELVE

Artículo 1°.- Prorrogar por el término de noventa (90) días corridos, la vigencia de la

medida dispuesta en el artículo 1, de la Resolución N°:1021/SSGMO/23; cuyo objeto

fue establecer por medio de su Anexo (Informe N° IF-2023-15330167-GCABA-

DGGSM), normativa de estacionamiento regulado; que, a todo efecto, complementa

los términos del Anexo A, de la Ley N° 5.728 (texto consolidado por Ley N° 6.588).

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; comunicar a la

Subsecretaría de Planificación de la Movilidad, a las Direcciones Generales de Gestión

de Servicios de la Movilidad y al Cuerpo de Agentes de Tránsito. Cumplido, archívese.

Pérez Martínez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 1857-SSGMO/23 Prorroga por el término de noventa (90) días corridos, la vigencia de la medida dispuesta en el artículo 1, de la Resolución N° 1021-SSGMO/23.</p>