DISPOSICIÓN 301 2023 DIRECCION GENERAL DOCENCIA INVESTIGACION Y DESARROLLO PROFESIONAL
Síntesis:
CREA - COMITÉ EVALUADOR DE BECAS DE CAPACITACIÓN - CONTROL - SEGUIMIENTO - EVALUACIÓN - DESIGNA MIEMBROS DEL COMITE - CECILIA ANDREA ANDIAZÁBAL - MARÍA ROSA SMITH RODRÍGUEZ - DAVID MANUEL SALZBERG - NICOLÁS GERMÁN ALONSO - ADRIANA BEATRIZ OLIVETTO - XIMENA SOLEDAD VARELA - ALEJANDRA VALERIA SVARTZ - NOELIA OSHIRO - LAURA SILVINA FINKELSTEIN - KARINA ALEJANDRA FRIERA - DIRECCIÓN GENERAL DE DOCENCIA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL
Publicación:
09/08/2023
Sanción:
28/07/2023
Organismo:
DIRECCION GENERAL DOCENCIA INVESTIGACION Y DESARROLLO PROFESIONAL
VISTO: La Ordenanza N° 40.406, la Resolución N° 3124/MSGC/19 y el Expediente N°
EX-2023- 28142039-GCABA-DGDIYDP, y
CONSIDERANDO:
Que el sistema de Becas de Capacitación, Becas de Salud Pública y Becas de
Investigación del Gobierno de la Ciudad del Ministerio de Salud se encuentra
contemplado en la Ordenanza N° 40.406;
Que mediante Resolución N° 3124/MSGC/19 se aprobó el Reglamento de Concurso y
Funcionamiento de Becas de Investigación, Capacitación y Salud Pública;
Que el apartado 1 de la citada Resolución establece que las Becas de Capacitación
están destinadas a la formación y especialización de profesionales en áreas de interés
para el sistema de salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a los fines de garantizar un correcto desarrollo de dichas becas resulta necesario
conformar un Comité Evaluador de Becas de Capacitación;
Que el Comité Evaluador de Becas de Capacitación estará integrado por un equipo
interdisciplinario de profesionales y tendrá a su cargo funciones vinculadas con el
control, seguimiento y evaluación del desarrollo de cada beca de capacitación que se
otorgue en el marco de la Ordenanza N° 40.406 y de la Resolución N° 3124/MSGC/19;
Que la integración de dicho Comité es de carácter voluntario y sus miembros podrán
permanecer en el mismo por un período de dos años, con posibilidad de renovarse
conforme decisión de la máxima autoridad de la Dirección General de Docencia,
Investigación y Desarrollo Profesional;
Que la designación de los miembros del Comité Evaluador no implica erogación
presupuestaria alguna, siendo el ejercicio de sus funciones de carácter honorario;
Por ello, en el marco de sus competencias,
Artículo 1°.- Créase el Comité Evaluador de Becas de Capacitación que tendrá la
responsabilidad de monitorear el desarrollo de las becas de Capacitación realizando el
control, seguimiento y evaluación de cada beca de capacitación que se otorgue en el
marco de la Ordenanza N° 40.406 y de la Resolución N° 3124/MSGC/19.
Artículo 2°.- Desígnese a Cecilia Andrea Andiazábal, DNI N° 17.506.902, María Rosa
Smith Rodríguez, DNI N° 14.117.531, David Manuel Salzberg, DNI N° 36.509.851,
Nicolás Germán Alonso, DNI N° 32.344.384, Adriana Beatriz Olivetto, DNI N°
16.689.455, Ximena Soledad Varela, DNI N° 32.783.912, Alejandra Valeria Svartz, DNI
N° 26.332. 811, Noelia Oshiro, DNI N° 34.120.721, Laura Silvina Finkelstein, DNI N°
17.648.146 y Karina Alejandra Friera, DN N° 20.852.230 como miembros del Comité
Evaluador de Becas de Capacitación a partir de la fecha de la presente y por el
término de dos (2) años.
Artículo 3°.- La designación y ejercicio de funciones de los miembros referidos en el
Artículo 2° será de carácter honorario, no implicando erogación presupuestaria alguna
ni modificación de su situación de revista.
Artículo 4°. - El Comité Evaluador de Becas de Capacitación deberá llevar un registro
de sus actividades e informes en el libro de actas rubricado como Becas de
Investigación, Salud Pública y Capacitación.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos remitir a la Dirección General de Docencia,
Investigación y Desarrollo Profesional. Cumplido, archívese. Garau