RESOLUCIÓN 3124 2019 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
SE DEROGA- RESOLUCIÓN 726-MSGC/19 - SE APRUEBA - REGLAMENTO DE CONCURSO Y FUNCIONAMIENTO - BECAS DE INVESTIGACIÓN CAPACITACIÓN Y SALUD PÚBLICA - BECARIO/A - MINISTERIO DE SALUD - DIRECCIÓN GENERAL DE DOCENCIA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL - HOSPITALES - PROFESIONALES DE LA MEDICINA Y CIENCIAS AFINES - MÉDICOS - BECAS - INSCRIPCIÓN AL CONCURSO - DEL PROYECTO Y PRESENTACIÓN - DIRECTOR/A DE BECA - JURADO - CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO - PROPUESTA DE DESIGNACIÓN - FINALIZACIÓN - PRÓRROGA -
Publicación:
16/12/2019
Sanción:
09/12/2019
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO: La Ordenanza No 40.406/84 y su modificatoria y el Decreto 505/11 y el
expediente electrònico N° EX-2019-37939850- - GCABA-DGDIYDP, y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza No 40.406 (texto consolidado por Ley N° 6.017) aprueba el régimen
para el otorgamiento de becas de investigación, salud pública, capacitación y
perfeccionamiento a través del Ministerio de Salud;
Que el artículo 3 del Anexo de la citada Ordenanza establece que la entonces
Secretaría de Salud, hoy Ministerio de Salud, llamará anualmente a concurso para
otorgar becas fijando el cupo y las áreas que juzgue necesarias;
Que el Decreto No 505/11 delegó en el titular del Ministerio de Salud la facultad de
otorgar y convalidar becas en el marco de la Ordenanza referida;
Que a través de la Resolución N° 726/MSGC/2019 se aprobó el Reglamento de
llamado a Concurso y Funcionamiento solo para las becas de Investigación;
Que resulta necesario establecer un mecanismo estandarizado para el llamado a
concurso y funcionamiento de todas las becas previstas por la Ordenanza No 40.406
(texto consolidado por Ley N° 6.017);
Por ello, en uso de las facultades otorgadas por Decreto No 505/2011,
Artículo 1°-. Derógase la Resolución N° 726/MSGC/2019.
Artículo 2°.- Apruébase el "Reglamento de Concurso y Funcionamiento de Becas de
Investigación, Capacitación y Salud Pública" que como informe N° IF-2019-37944745-
GCABA-DGDIYDP forma parte de la presente.
Artículo 3°.- Delégase en la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo
Prefesional la instrumentación de la modalidad operativa para el llamado a concurso y
funcionamiento de las Becas de Investigación, Capacitación y Salud Pública.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su
conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Docencia, Investigación
y Desarrollo Profesional. Cumplido, archívese. Bou Pérez