RESOLUCIÓN 52 2016 COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447

Síntesis:

NOTA:  LA PRESENTE NORMA TIENE INCORPORADA LA ACLARACION PUBLICADA EN BOCBA 6690 DE FECHA 23/08/2023 - CREA - REGISTRO DE ASISTENTES PERSONALES PARA LA VIDA INDEPENDIENTE DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - APRUEBA EL PROCEDIMIENTO - PROGRAMA DE APOYOS PARA LA VIDA INDEPENDIENTE PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD -  CONTENIDO DE LA CAPACITACION DE ASISTENTES PERSONALES PARA LA VIDA INDEPENDIENTE DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS

Publicación:

22/08/2023

Sanción:

28/12/2016

Organismo:

COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447


VISTO: S La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la

Ley N° 447, la Resolución 1447 2016 MHYDHGC y el EX-2016-27969889- -MGEYA-

COPIDIS Y

CONSIDERANDO:

Que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su

protocolo facultativo, aprobados por las Ley 26.378 y con rango constitucional en

nuestro país otorgado mediante la Ley 27.044 reconoce "el derecho en igualdad de

condiciones de todas las personas con discapacidad a vivir en la comunidad, con

opciones iguales a las de las demás;

Que dicha normativa obliga a los Estados Partes a adoptar medidas efectivas y

pertinentes para facilitar el pleno goce de este derecho por las personas con

discapacidad y su plena inclusión y participación en la comunidad;

Que por la Ley N° 447 se estableció el régimen básico e integral para la prevención,

rehabilitación, equiparación de posibilidades y oportunidades para la participación e

integración plena en la sociedad de las personas con discapacidad, creándose así la

Comisión Para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad,

COPIDIS, encargada de "planificar y coordinar, supervisar, asesorar, capacitar y

difundir todo lo necesario para el efectivo cumplimiento de toda norma referida a las

personas con discapacidad";

Que de la Encuesta Anual de Hogares realizada en el año 2011 por Estadística y

Censos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires surgió que el 9,9% de

la población de la Ciudad tiene algún tipo de discapacidad y más de la mitad necesita

asistencia para circular fuera de su domicilio y el uso del trasporte público, realizar las

tareas domésticas lavarse y cuidar de su aspecto y alimentarse y beber;

Que ha resultado prioritario por tanto adoptar el modelo social de la discapacidad

consagrado por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

que promueve y protege los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad

centrando mirada en que una persona puede hacer y no su déficit;

Que a tal fin fue pensado el primer programa gubernamental de apoyos para la vida

independiente, incorporando estrategias comunitarias a sus acciones en los ámbitos

de inclusión educativa y laboral;

Que como antecedente vale citar el "Programa de Asistencia Domiciliaria a Adultos

Mayores" coordinado por la Subsecretaría de Tercera Edad del Ministerio de

Desarrollo Humano y Hábitat que administra un registro de Cuidadores Gerontológicos

Domiciliarios (AGD), dicta cursos de capacitación obligatorios e implementa la

normativa para la aplicación del procedimiento y la dotación de recursos;

Que mediante el Resolución 1447 MHYDHGC 2016 se aprobó la creación del

"Programa de Apoyos para la Vida Independiente para las Personas con

Discapacidad" en el ámbito de la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de

las Personas con Discapacidad, COPIDIS;

Que el objetivo primordial de dicho Programa es promover la autonomía individual y la

autodeterminación de las personas con discapacidad proveyendo asistencia,

asignando recursos y brindando apoyos para equiparar sus oportunidades y lograr la

plena participación e inclusión en todos los ámbitos de la comunidad;

Que según surge de dicha Resolucion se faculta al Organismo Fuera de Nivel

Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad

(COPIDIS) a dictar normas reglamentarias, aclaratorias, operativas y complementarias

para la implementación del Programa creado;

Que siendo COPIDIS la Unidad Ejecutora del Programa resulta necesario aprobar el

Marco General del Programa, los planes de formación que llevara adelante COPIDIS

para aprobar la inscripción de los Asistentes Personales al "Registro de Asistentes

Personales para la Vida Independiente de las Personas con Discapacidad": donde se

van a inscribir las personas que deseen desempeñarse como Asistentes Personales

para la Vida Independiente de las Personas con Discapacidad.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 108/2016,

LA PRESIDENTE DE LA COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN

E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

RESUELVE

Artículo 1°.- Créase el "Registro de Asistentes Personales para la Vida Independiente

de las Personas con Discapacidad" dentro del ámbito de la Comisión para la Plena

Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad.

Artículo 2°.- Apruébese el Procedimiento del "Programa de Apoyos para la Vida

Independiente para las Personas con Discapacidad" que como Anexo I (IF-2016-

27989698 -COPIDIS) forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.-Apruébese el Contenido de la "CAPACITACION de Asistentes Personales

Para la Vida Independiente de LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD" que como

Anexo II (IF-2016- 27992569 -COPIDIS) forma parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Cumplido.Archívese Señorans

Aclaración:

En el Boletín Oficial N° 6688 del día 22/8/2023 se publicó la Resolución N.°52/COPIDIS/16 consignada erróneamente en el sumario como “Disposición N.°52/COPIDIS/16”.



ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6688

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6688

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 2º de la Disposición N° 52/COPIDIS/16 aprueba el Procedimiento del “Programa de Apoyos para la Vida Independiente para las Personas con Discapacidad”, creado por la Resolución N° 1447-MHYDHGC/16.</p>