RESOLUCIÓN 472 2023 MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT

Síntesis:

MODIFICA - A PARTIR DEL 1° DE JULIO DEL AÑO 2023 - PUNTO SUBSIDIO - ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 1447/MHYDHGC/16 - PROGRAMA DE APOYO PARA LA VIDA INDEPENDIENTE PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT - PROMOVER LA AUTONOMÍA INDIVIDUAL Y LA AUTODETERMINACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD  

Publicación:

22/08/2023

Sanción:

15/08/2023

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT


VISTO: Las Leyes N° 447 y 6.292, las Resoluciones N°1.447-GCABA-MHYDHGC/16,

N° 52- GCABACOPIDIS/16 y N° 43/GCABA-MDHYHGC/23, el EX-2023-30042296- -

GCABA-COPIDIS y;

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 447 se creó la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de

las Personas con Discapacidad (COPIDIS), cuyas funciones son entre otras la de

asesorar, supervisar, capacitar y difundir en los aspectos relacionados con la temática

relativa a las personas con discapacidad;

Que mediante la Ley N° 6.292 se aprobó la nueva estructura del Poder Ejecutivo del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creándose dentro de la misma el

Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, entre otros, encontrándose como

organismo fuera de nivel la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las

Personas con Discapacidad (COPIDIS);

Que la Resolución N° 1.447-GCABA-MHYDHGC/16 creó el "Programa de Apoyo para

la Vida Independiente para las Personas con Discapacidad" en el ámbito de COPIDIS,

dependiente del entonces Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, actualmente

Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat;

Que el objetivo primordial de dicho programa es promover la autonomía individual y la

autodeterminación de las personas con discapacidad proveyendo asistencia,

asignando recursos y brindando apoyos para equiparar sus oportunidades y lograr la

plena participación e inclusión en la comunidad;

Que según surge de dicha Resolución, se facultó a COPIDIS a dictar normas

reglamentarias, aclaratorias, operativas y complementarias para la implementación del

Programa creado;

Que la citada normativa aprobó el Anexo I con el Procedimiento del "Programa de

Apoyo para la Vida Independiente para las Personas con Discapacidad",

estableciéndose que se otorgará un subsidio mensual a los beneficiarios del Programa

a fin de poder afrontar los gastos que demande el fomento de su autonomía individual

y autodeterminación, mediante el desarrollo de un Plan Individual de Vida

Independiente (PIVI), siendo el citado Ministerio el que tendrá a su cargo la

actualización del monto del beneficio;

Que por la Resolución N° 52GCABA-COPIDIS/16 se aprobó el marco general y el

procedimiento del Programa, estableciéndose el pago del subsidio por el término de

seis meses a los beneficiarios que acrediten el cumplimiento del Plan Individual de

Vida Independiente (PIVI), supervisado por el equipo interdisciplinario de COPIDIS;

Que por Resolución N° 43-GCABA-MDHYHGC/23, se actualizó el monto del subsidio

mensual a la suma de pesos veinticinco mil ($ 25.000.-), modificándose el Anexo I de

la Resolución N° 1.447GCABAMHYDHGC/16;

Que la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con

Discapacidad (COPIDIS), propicia el dictado de un acto administrativo por el cual se

actualice el monto del subsidio mensual a la suma de pesos treinta y cinco mil ($

35.000.-) a partir del 1 de julio del año 2023;

Que la Gerencia Operativa Legal dependiente de la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal de la Subsecretaría de Administración, elaboró el

correspondiente informe técnico legal concluyendo que resulta jurídicamente viable

suscribir el acto administrativo propiciado;

Que por todo lo expuesto y atento al tiempo transcurrido desde la creación del

Programa, corresponde actualizar el monto del subsidio mensual a la suma de pesos

treinta y cinco mil ($ 35.000.-);

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

LA MINISTRA DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT

RESUELVE

Artículo 1°.- Modificar, a partir del 1° de julio del año 2023, el punto "SUBSIDIO" del

Anexo I (IF-2016- 24535987-GCABA-COPIDIS) de la Resolución N° 1.447-GCABA-

MHYDHGC/16, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Se otorgará un

subsidio mensual de pesos treinta y cinco mil ($ 35.000.-) a los beneficiarios del

Programa, a fin de poder afrontar los gastos que demande el fomento de su autonomía

individual y autodeterminación, su participación e inclusión en la comunidad, mediante

el desarrollo de un plan individual de vida independiente. El beneficio se otorgará por

el término de seis (6) meses, pudiendo prorrogarse por dos períodos adicionales

previa elaboración de un informe fundado que emita la Comisión para la Plena

Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad.".

Artículo 2°. - El gasto que demande la ejecución de la presente, será imputado a las

partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio 2023.

Artículo 3°.- PublIcar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comunicar al Ministerio de Hacienda y Finanzas y para su conocimiento y demás

efectos, remitir al organismo fuera de nivel Comisión para la Plena Participación e

Inclusión de las Personas con Discapacidad. Migliore

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 472/MDHYHGC/23 modifica, a partir del 1º de julio del año 2023, el punto “SUBSIDIO” del Anexo I de la Resolución N° 1.447-MHYDHGC/16.</p>