RESOLUCIÓN 1798 1998 SECRETARIA DE SALUD

Síntesis:

CRÉA LA COMISIÓN ASESORA DE CLINICA MEDICA DE LA SECRETARIA DE SALUD

Publicación:

26/11/1998

Sanción:

20/10/1998

Organismo:

SECRETARIA DE SALUD


Visto la importancia que presentan actualmente las afecciones clínicas en la salud de la población, y

CONSIDERANDO:

Que las actividades de prevención y atención de las afecciones clínicas requiere el concurso y la coordinación de los especialistas de los establecimientos de la Ciudad de Buenos Aires para procurar el mejor resultado de las mismas;

Que la atención clínica en general y el requerimiento terapéutico en particular conlleva un problema de altos costos y consecuente necesidad de normatización;

Que asimismo, es conveniente establecer un asesoramiento idóneo de la Secretaría de Salud en los temas de prevención, protocolización y accesibilidad;

Que es conveniente por lo expuesto la creación de una Comisión Asesora y de Red de Clínica Médica integrada por los especialistas de los establecimientos asistenciales de la Ciudad de Buenos Aires. La OMS y la OPS en los Capitulos correspondientes preconizan el ordenamiento de lo referente a todas las acciones médicas que se realizan en los Hospitales. La Constitución de la Ciudad de Bs. As. en su capitulo Salud, enfatiza la necesidad de los especialistas en la elaboración de lo específico a las normas referentes para el mejor desempeño de las actividades inherentes a la salud de la población.

Que asimismo, requiere consideración específica la organización de los servicios con enfoque de red, en el marco que establece la Resolución N° 361-SS-96;

Por ello,

EL SECRETARIO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1° Créase la Comisión Asesora de Clínica Médica de la Secretaría de Salud de la Ciudad de Buenos Aires, que dependerá funcionalmente de la Dirección General de Atención de la Salud.

Art. 3°.- Serán funciones de la Comisión Asesora :

a) La elaboración y actualización permanente de los criterios y normas de atención de la especialidad, a fin de procurar su generalización en todos los establecimientos de la Ciudad de Buenos Aires.

b) El asesoramiento a la Secretaría de Salud ante su requerimiento, sobre temas de incumbencia de la especialidad.

Art. 4° Las Comisiones podrán conformar subgrupos de trabajo e invitar a personalidades vinculadas con la materia de su incumbencia, para el cumplimiento de sus funciones.

Art. 5° Créase la Comisión de Red de Clínica Médica en el marco de la Resolución N° 361-SS-96.

Art. 6° La Comisión de Red estará integrada por los siguientes profesionales:

Art. 7° La Comisión de Red de Clínica Médica tendrá por objetivo la formulación, implementación, coordinación y supervisión de la red de servicios de Clínica Médica de los establecimientos asistenciales de la Ciudad de Buenos Aires, pudiendo contar con la colaboración de los demás integrantes de la Comisión Asesora creada por la presente Resolución.

Art. 8° La Comisión de Red de Clínica Médica deberá cumplimentar las actividades previstas en la Res. N° 361-SS-96, Artículos 5°, 7° y 8°, en la materia de su competencia.

Art. 9° La Dirección General de Atención de Salud cursará invitación a la Asociación de Médicos Municipales para incorporar representantes a las Comisiones creadas por la presente Resolución.

Art. 10 Publíquese, comuníquese a los profesionales enumerados en los artículos 2° y 6°, a la Dirección General de Atención de la Salud y a las direcciones de los establecimientos asistenciales. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO

Coordinador Ficha Hospital
Dr. Carlos Sanguinetti N° 140.348 Ramos Mejía
Secretario Ficha Hospital
Dr. Alberto Guida N° 283.253 Ramos Mejía
Miembros Ficha Hospital
Dr. Alberto Monczor N° 193.387 Alvarez
Dr. Roberto Movia N° 143.836 Argerich
Dr. Bernardo Frider N° 200.179 Argerich
Dr. Osvaldo Bietti N° 348.702 Borda
Dr. Gastón Garramone N° 200.005 Durand
Dr. Roberto Lagioia N° 193.918 Durand
Dr. Carlos Saucedo N° 228.663 Elizalde
Dr. Biruta Sermukslis N° 192.140 Fernández
Dr. Pedro Vázquez N° 226.493 Fernández
Dr. Daniel Kartin N° 213.849 Fernández
Dr. José Luis Morero N° 345.657 María Ferrer
Dr. Angel Plaza N° 172.077 Gutiérrez
Dr. Felipe Galmarini N° 197.897 María Curie
Dr. David Grum N° 184.280 Muñiz
Dr. Mario Tedesco N° 200.099 Penna
Dr. Fernando Caminada N° 203.650 Penna
Dr. Láser Kalman N° 146.717 Piñero
Dr. Julián Pisarevsky N° 154.036 Piñero
Dr. Isidoro Hasper N° 171.579 Pirovano
Dr. Enrique Barbara N° 217.988 Pirovano
Dr. Pedro Tesone N° 164.772 Ramos Mejía
Dr. Juan José Borria N° 154.143 Ramos Mejía
Dra. Laura Andrada N° 223.682 Rehabil. Psicofís.
Dr. Eduardo Valdéz N° 167.735 Rivadavia
Dr. Juan Dominelli N° 215.949 Rocca
Dr. Ernesto Gutfraind N° 164.742 Santojanni
Dr. Vicente Lupino N° 189.525 Santojanni
Dr. Guillermo Burlando N° 166.837 Tornú
Dr. Daniel Pi Dote N° 249.646 Tornú
Dr. Luis Rodolfo Boerr N° 346.541 Udaondo
Dr. Rodolfo Blancat N° 158.082 Vélez Sársfield
Dr. Celso Julio Paz N° 198.436 Zubizarreta

Art. 3°.- Serán funciones de la Comisión Asesora :

a) La elaboración y actualización permanente de los criterios y normas de atención de la especialidad, a fin de procurar su generalización en todos los establecimientos de la Ciudad de Buenos Aires.

b) El asesoramiento a la Secretaría de Salud ante su requerimiento, sobre temas de incumbencia de la especialidad.

Art. 4° Las Comisiones podrán conformar subgrupos de trabajo e invitar a personalidades vinculadas con la materia de su incumbencia, para el cumplimiento de sus funciones.

Art. 5° Créase la Comisión de Red de Clínica Médica en el marco de la Resolución N° 361-SS-96.

Art. 6° La Comisión de Red estará integrada por los siguientes profesionales:

Coordinador Ficha Hospital
Dr. Julián Pisarevsky N° 154.036 Piñero SUS 3

Secretario Ficha Hospital
Dr. Eduardo Pulela N° 306.325 Piñero SUS 3

Miembros Ficha Hospital
Dr. Eduardo Valdéz N° 167.735 Rivadavia SUS 1
Dr. Carlos Sanguinetti N° 140.348 Ramos Mejía SUS 2
Dr. Roberto Lagioia N° 193.918 Durand SUS 4
Dr. Daniel Pi Dote N° 249.646 Tornú SUS 5

Art. 7° La Comisión de Red de Clínica Médica tendrá por objetivo la formulación, implementación, coordinación y supervisión de la red de servicios de Clínica Médica de los establecimientos asistenciales de la Ciudad de Buenos Aires, pudiendo contar con la colaboración de los demás integrantes de la Comisión Asesora creada por la presente Resolución.

Art. 8° La Comisión de Red de Clínica Médica deberá cumplimentar las actividades previstas en la Res. N° 361-SS-96, Artículos 5°, 7° y 8°, en la materia de su competencia.

Art. 9° La Dirección General de Atención de Salud cursará invitación a la Asociación de Médicos Municipales para incorporar representantes a las Comisiones creadas por la presente Resolución.

Art. 10 Publíquese, comuníquese a los profesionales enumerados en los artículos 2° y 6°, a la Dirección General de Atención de la Salud y a las direcciones de los establecimientos asistenciales. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res 1798-98 crea la Comisión Asesora de Clínica Médica en el marco de la Res 361-96