DECRETO 231 2023
Síntesis:
RECHAZA RECURSO JERÁRQUICO - EN SUBSIDIO AL DE RECONSIDERACIÓN - CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 368-MJYSGC/22 - FIRMA SUCESIÓN DE CUPPARI FRANCISCO - LICITACIÓN PÚBLICA N° 290-0141-LPU13
Publicación:
28/08/2023
Sanción:
23/08/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires
aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97 (texto consolidado Ley N°
6.588), las Resoluciones Nros. 368/MJYSGC/22, y 1156/MJYSGC/22, los Expedientes
Electrónicos Nros. 24271576-GCABA-DGAYCON/22 y 03750299-MGEYA-SSAPM/13,
y
CONSIDERANDO:
Que por los Expedientes Electrónicos citados en el Visto, tramita el recurso jerárquico
subsidiario del de reconsideración, interpuesto por la firma Sucesión de Cuppari
Francisco (CUIT N° 20-93539032-0) contra la Resolución N° 368/MJYSGC/22;
Que a través de la citada Resolución N° 368/MJYSGC/22 el Ministerio de Justicia y
Seguridad declaró rescindido el contrato, por la parte no cumplida, con Francisco
Cuppari, correspondiente a la Licitación Pública de Etapa Única N° 290-0141- LPU13
que fuera adjudicada por Resolución N° 664/MJYSGC/13, de conformidad con lo
previsto por el artículo 122 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.588)
y el Punto 11 Penalidad 6 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares aplicable;
Que asimismo, en dicha Resolución se ordenó la ejecución de la garantía constituida
por Francisco Cuppari en el marco de la Licitación Pública en cuestión, instruyendo a
la Dirección General de Adquisiciones y Contrataciones dependiente de la
Subsecretaría de Gestión Administrativa del Ministerio de Justicia y Seguridad para
que, con la intervención del Ministerio de Hacienda y Finanzas en el área de su
competencia, evalúe los daños y perjuicios causados al Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por los incumplimientos contractuales incurridos por la
mencionada firma, efectuándose el cargo correspondiente;
Que notificada de dicha medida, la mencionada firma a través del Expediente N°
24271576-GCABA-DGAYCON/22, interpuso un recurso de reconsideración con
jerárquico en subsidio, de fecha 2 de junio de 2022, contra la Resolución N°
368/MJYSGC/22;
Que por la Resolución N° 1156/MJYSGC/22, se desestimó el recurso de
reconsideración interpuesto por la recurrente, siendo notificada de tal extremo con
fecha 25 de noviembre de 2022;
Que con fecha 9 de enero de 2023 se le notificó la posibilidad de mejorar los
fundamentos del recurso jerárquico subsidiario, dentro del plazo de 5 días, conforme
los términos del artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad
de Buenos Aires;
Que cumplido el plazo legal citado, la firma Sucesión de Cuppari Francisco (C.U.I.T.
N° 20-93539032-0) no amplió ni mejoró los fundamentos de su recurso;
Que teniendo en consideración que el recurrente no ha aportado nuevos elementos
que permitan modificar la decisión adoptada, corresponde desestimar el recurso
jerárquico interpuesto en subsidio;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha tomado la intervención
de su competencia oportunamente mediante la emisión del Dictamen Jurídico N° IF-
2023-07678714-GCABA-DGREYCO, en donde se aconseja la resolución que se
adopta;
Que por lo dicho, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Rechazar el recurso jerárquico en subsidio al de reconsideración
interpuesto por la firma Sucesión de Cuppari Francisco (C.U.I.T. N° 20-93539032-0)
contra los términos de la Resolución N° 368/MJYSGC/22 dictada en el marco de la
Licitación Pública N° 290-0141- LPU13.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el sitio
de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el portal
www.buenosairescompras.gob.ar, notifíquese a Sucesión de Cuppari Francisco
(C.U.I.T. N° 20-93539032-0) con copia del Dictamen Jurídico identificado como IF-
2023-07678714-GCABA-DGREYCO dejando constancia que el presente acto agota la
instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer recurso de
reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires (texto consolidado según Ley N° 6.588).
Para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Hacienda y Finanzas.
Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel