RESOLUCIÓN 52 2004 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Síntesis:
DETERMINA LA ASIGNACIÓN DEL SUPLEMENTO POR FUNCIÓN EJECUTIVA DE NIVEL DEPARTAMENTO A DISTINTAS COORDINACIONES - SUPLEMENTOS SALARIALES - PAGO DE SUPLEMENTO SALARIAL - COORDINACIÓN DE UNIDADES - COORDINACIÓN DE LA DEFENSORÍA ZONAL MATADEROS LINIERS - ALICIA CHIMENTI
Publicación:
04/02/2005
Sanción:
29/12/2004
Organismo:
F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Visto: La Ley N° 114 que establecen las atribuciones del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Resolución N° 22-CDNNyA/04, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 55, inc. c) de la Ley N° 114 establece entre las facultades de la presidencia del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes el fijar las remuneraciones del personal que en cada caso corresponda;
Que en cumplimiento del artículo 64 de dicha ley fueron designados oportunamente los coordinadores de los equipos de cada Unidad Técnica del Consejo de los Derechos;
Que la Resolución N° 22-CDNNyA/04 regula los suplementos salariales referidos a los coordinadores de las Defensorías Zonales, de acuerdo a lo resuelto oportunamente por la sala 1 del Fuero Contencioso, Administrativo y Tributario del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires;
Que corresponde hacer extensiva dicha Resolución al conjunto de los coordinadores de los equipos de las Unidades Técnicas del Consejo;
Por lo expuesto y en uso de sus facultades,
Artículo 1° - Determínase que el suplemento salarial equivalente al suplemento por función ejecutiva de nivel departamento establecido en la suma de $ 600 (pesos seiscientos) corresponde a la Coordinación que a continuación se detalla:
Coordinación de la Defensoría Zonal de Niños, Niñas y Adolescentes Mataderos Liniers: Lic. Alicia Chimenti, DNI 13.565.987.
Artículo 2° - Tales suplementos serán percibidos por los agentes designados en las respectivas funciones mientras se encuentren en el ejercicio de las mismas.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento y notificación pase al área de Vicepresidencia, a la Coordinación Descentralizada de Promoción y Protección de Derechos y a la Coordinación Administrativa. Cumplido, archívese. Naddeo