RESOLUCIÓN 9 2023 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Síntesis:
SUSTITUYE - ANEXO - RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 24-MJGGC/22 - RÉGIMEN MODULAR EXTRAORDINARIO DE PLANTAS DE GABINETE - JURISDICCIÓN - SECRETARÍA - UNIDADES RETRIBUTIVAS EXTRAORDINARIAS - JEFE DE GOBIERNO - SECRETARÍA DE MEDIOS - SECRETARÍA GENERAL Y DE RELACIONES INTERNACIONALES - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN CONTENIDOS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA - SECRETARÍA DE AMBIENTE - UNIDAD DE PROYECCIÓN FEDERAL Y DESARROLLO TERRITORIAL - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN EVALUACIÓN Y COORDINACIÓN DE GESTIÓN - SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN CULTURAL - SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y GESTIÓN COMUNAL - SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL - SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO - SECRETARÍA DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - MINISTERIO DE GOBIERNO - MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT - INSTITUTO DE LA VIVIENDA - MINISTERIO DE CULTURA - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN - AÑO 2023
Publicación:
30/08/2023
Sanción:
28/08/2023
Organismo:
MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros.
463/19 y modificatorios, y 458/22, la Resolución Conjunta N° 24/MJGGC/22 y
modificatorias, rectificada por Resolución Conjunta N° 8/MJGGC/23, y el Expediente
Electrónico N° 31750733-GCABA- DGDSCIV/23, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el artículo 9° del precitado Decreto se creó el Régimen Modular Extraordinario
de Plantas de Gabinete por el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2020 y
el 31 de diciembre de 2020;
Que mediante el artículo 11 se estableció que corresponde al Ministro de Hacienda y
Finanzas y al señor Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta, asignar la
cantidad de Unidades Retributivas Extraordinarias a las Jurisdicciones que
correspondan;
Que a través del Decreto N° 458/22 se prorrogó el citado régimen modular por el
período comprendido entre el 1° de enero y 31 de diciembre de 2023 a fin de continuar
con el cumplimiento de los objetivos y programas de gobierno;
Que, en tal sentido, por la Resolución Conjunta N° 24/MJGGC/22 y modificatorias,
rectificada por Resolución Conjunta N° 8/MJGGC/23, el Ministro de Hacienda y
Finanzas y el señor Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta, asignaron
Unidades Retributivas Extraordinarias a las distintas jurisdicciones;
Que posteriormente, con el objeto de reorganizar las responsabilidades primarias de
las Unidades Organizativas se realizaron modificaciones de la estructura orgánico
funcional del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que conforme lo expuesto, es menester sustituir el Anexo (IF-2023-27789097-
GCABA-DGDSCIV) de la Resolución Conjunta N° 24/MJGGC/22, por el Anexo (IF-
2023- 31841199-GCABA-DGDSCIV), a fin de readecuarla a la nueva estructura.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 del Decreto N° 463/19,
Artículo 1°.-Sustituir, a partir del 1° de agosto de 2023, el Anexo identificado como IF-
2023-27789097- GCABA-DGDSCIV de la Resolución Conjunta N° 24/MJGGC/22 por
el Anexo identificado como IF-2023-31841199-GCABA-DGDSCIV.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Jurisdicciones detalladas en el
Anexo del artículo 1°, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la
Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y a la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio
de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Mura - Miguel