RESOLUCIÓN 4770 2023 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
NOTA AL USUARIO EL ARTICULO 2° DE LA RESOLUCION 4770-MEDGC-23 DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCION MINISTERIAL 1848-MEDGC-15 DE LA CUAL NO SE ENCONTRARON REGISTROS DE SU PUBLICACION EN EL BOLETIN OFICIAL - DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1848-MEGC-15 - SE APRUEBA TRAYECTO FORMATIVO JURISDICCIONAL EN EDUCACIÓN FÍSICA INFANTIL Y FAMILIAR - RECONOCER TRAYECTORIA EDUCATIVA DE LOS-LAS ESTUDIANTES DEL INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACIÓN FÍSICA HUGO QUINN - SE RATIFICA - CICLO LECTIVO 2022 - CERRADA LA INSCRIPCIÓN PARA EL DISEÑO CURRICULAR JURISDICCIONAL - FORMACIÓN DOCENTE DEL PROFESORADO DE EDUCACIÓN FÍSICA CON ORIENTACIÓN EN EDUCACIÓN FÍSICA INFANTIL Y FAMILIAR - MINISTERIO DE EDUCACION
Publicación:
08/09/2023
Sanción:
30/08/2023
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: Las Leyes Nros. 33 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.588), las
Resoluciones Nros. 403- MEGC/15, 1.848-GCABA-MEGC/15, el Informe de la
Comisión Técnica Permanente del Ministerio de Educación Nacional N° 196/21, el
Expediente Electrónico N° 30.305.661-GCABA-DGEGP/23, y
CONSIDERANDO:
Que tramita por las presentes actuaciones la aprobación del Trayecto Formativo
Jurisdiccional para la Formación Docente "Educación Física Infantil y Familiar" del
Profesorado de Educación Física, a los efectos de su implementación en el Instituto
Superior de Educación Física "Hugo Quinn" (A-795);
Que por Resolución N° 403-MEGC/15 se aprobó el Diseño Curricular Jurisdiccional
para la Formación Docente del Profesorado de Educación Física para instituciones
dependientes de Gestión Estatal como Privada;
Que, posteriormente, por Resolución N° 1.848-MEGC/15 se aprobó el Diseño
Curricular Jurisdiccional para la Formación Docente del Profesorado de Educación
Física con Orientación en Educación Física infantil y familiar para su implementación
en el Instituto Superior de Educación Física "Hugo Quinn" (A-795);
Que mediante el Informe de la Comisión Técnica Permanente N° 196/21 del Ministerio
de Educación Nacional se solicitó a la jurisdicción adecuar el título aprobado por
Resolución Jurisdiccional N° 1.848-MEGC/15, a lo normado por la Resolución del
Consejo Federal de Educación N° 74/08 y su modificatoria;
Que la Dirección General Educación de Gestión Privada señaló que los/las estudiantes
del mencionado establecimiento educativo cursaron las asignaturas correspondientes
al Diseño Curricular Jurisdiccional para la Formación Docente del Profesorado de
Educación Física conforme a la Resolución N° 403-MEGC/15;
Que, asimismo, refiere que también cursaron las asignaturas correspondientes a la
"Orientación en Educación Física infantil y familiar" aprobada oportunamente por
Resolución N° 1.848-MEGC/15, cuya adecuación solicitara el Ministerio de Educación
Nacional;
Que, por ello la Dirección General de Educación de Gestión Privada, a través del
informe N° IF-2023-17625075-GCABA-DGEGP indicó los espacios curriculares
cursados correspondientes a la Orientación en "Educación Física Infantil y Familiar"
propiciando su reconocimiento a través de un trayecto formativo jurisdiccional;
Que la Ley N° 33 dispone que todo nuevo plan de estudio o cualquier modificación a
ser aplicada en los contenidos o carga horaria de los planes de estudio vigentes en los
establecimientos educativos de cualquier nivel, modalidad y tipo de gestión
dependientes o supervisados por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, para lograr validez, deberán estar sujetos a la aprobación del Ministerio de
Educación, mediante el dictado de resolución fundada para cada caso concreto;
Que la Dirección General Educación de Gestión Privada propicia reconocer las
trayectorias educativas de los/las estudiantes a través de la aprobación del trayecto
formativo jurisdiccional en "Educación Física infantil y familiar" al solo efecto de
certificar las asignaturas que cursaron, habiendo quedado cerrada la inscripción para
cohortes a partir del segundo cuatrimestre del ciclo lectivo 2022;
Que en virtud de ello ha procedido a incorporar el Anexo I (IF-2023-30492328-GCABA-
DGEGP) al solo efecto de reconocer la trayectoria educativa de los/las estudiantes del
Instituto Superior de Educación Física "Hugo Quinn" (A-795) que se nominan en el
Anexo II (IF-2023-30493139-GCABA-DGEGP), que a todos sus efectos forman parte
integrante de la presente;
Que este trayecto formativo en "Educación Física Infantil y Familiar" se certificará
jurisdiccionalmente, al solo efecto de reconocer los saberes de los/las estudiantes,
junto con el título de "Profesor/a de Educación Física" conforme la Resolución N° 403-
MEGC/15;
Que, en virtud de ello, propicia dejar sin efecto la Resolución N° 1.848-MEGC/15;
Que las Direcciones Generales Educación de Gestión Privada y, Planeamiento
Educativo brindaron su conformidad en las presentes, en el marco de sus respectivas
competencias;
Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional tomó debida intervención
en el trámite.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébanse el Trayecto Formativo Jurisdiccional en "Educación Física
Infantil y Familiar" y las condiciones para su acreditación, de conformidad al detalle
obrante en el Anexo I (IF-2023-30492328-GCABADGEGP) al solo efecto de reconocer
la trayectoria educativa de los/las estudiantes del Instituto Superior de Educación
Física "Hugo Quinn" (A-795) que se nominan en el Anexo II (IF-2023-30493139-
GCABADGEGP),el que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2°.- Déjase sin efecto la Resolución Ministerial N° 1848-MEGC/15.
Artículo 3°.- Ratifícase que, a partir del ciclo lectivo 2022, quedó cerrada la inscripción
para el Diseño Curricular Jurisdiccional para la Formación Docente del Profesorado de
Educación Física con Orientación en Educación Física infantil y familiar.
Artículo 4°.- Déjase constancia que el trayecto formativo tiene carácter jurisdiccional,
correspondiendo la titulación como "Profesor/a de Educación Física" conforme
Resolución N° 403-MEGC/15 con Trayectoria Formativa Jurisdiccional en "Educación
Física Infantil y Familiar" de acuerdo a la presente.
Artículo 5°.- Establézcase que los/as estudiantes que, a la fecha, se encuentren
inscriptos al Profesorado de Educación Física con Orientación en Educación Física
infantil y familiar, tendrán un periodo de dos (2) años para culminar sus estudios.
Finalizada su cohorte la institución educativa deberá notificarlos del plazo indicado.
Concluido, y en caso contrario, deberán optar por alguna oferta educativa de Nivel
Superior de la jurisdicción.
Artículo 6°.- Encomiéndase a la Dirección General Educación de Gestión Privada la
supervisión y el control de la implementación de la citada carrera.
Artículo 7°.- Déjase constancia que la aprobación realizada por el Artículo 1° de la
presente Resolución, no implica el financiamiento del mismo, por parte del Ministerio
de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni lleva implícito el derecho a
recibir aporte gubernamental.
Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese, a las Direcciones Generales Planeamiento Educativo, Coordinación
Legal e Institucional --Gerencia Operativa de Títulos y Legalizaciones--, a la
Comisión Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de Capacitación y
Perfeccionamiento Docente, al Consejo Federal de Educación y pase a la Dirección
General Educación de Gestión Privada a efectos de posteriores trámites. Cumplido,
archívese. Acuña