DISPOSICIÓN 45 2023 DIRECCION GENERAL GESTION DE SERVICIOS DE MOVILIDAD
Síntesis:
APRUEBA REGLAMENTACIÓN - TRÁMITE DE RESERVAS DE ESPACIOS EN LA VÍA PÚBLICA - ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD - DIRECCIÓN GENERAL GESTIÓN DE SERVICIOS DE MOVILIDAD
Publicación:
11/09/2023
Sanción:
05/09/2023
Organismo:
DIRECCION GENERAL GESTION DE SERVICIOS DE MOVILIDAD
VISTO: Las Leyes Nros. 2.148, 3.304 y 6.292 (textos consolidados por la Ley N°
6.588); los Decretos Nros. 118/GCABA/22, 463/GCABA/19 y sus modificatorios; la
Resolución N° 70/SECITD/22, y el expediente electrónico N° EX-2023-30218792-
GCABA-DGGSM, y;
CONSIDERANDO:
Que el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
aprobado por Ley N° 2.148 (texto consolidado por la Ley N° 6.588) autoriza, en su
artículo 7.3.1, la reserva de espacios en la vía pública para estacionamiento de
vehículos de personas con discapacidad con las limitaciones establecidas en el
Capítulo 7.3, del Título Séptimo, del mencionado cuerpo normativo;
Que la Ley N° 3.304 creó el denominado "Plan de Modernización de la Administración
Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires", con el fin de encarar un proceso
de modernización administrativa en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (conf. art. 1);
Que en la mencionada Ley se establece que la Jefatura de Gabinete de Ministros es la
autoridad de aplicación del citado "Plan de Modernización de la Administración Pública
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires" (conf. art. 3);
Que el Decreto N° 118/22 establece un Sistema de Interoperabilidad del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que interconecte los sistemas de información de
todas las áreas de gobierno, para garantizar el intercambio de datos de manera
segura, transparente y confidencial (conf. art. 2);
Que, al respecto, en el citado Decreto se expresa que el aludido Sistema de
Interoperabilidad será implementado por la Jefatura de Gabinete de Ministros, a través
de la Secretaría de Innovación y Transformación Digital, la cual brindará las
herramientas tecnológicas que permitan que el intercambio de información se realice
de manera eficiente y segura y dictará los principios, protocolos de intercambio, pautas
de interoperabilidad, normas complementarias y operativas necesarias;
Que asimismo, la mencionada Secretaría de Innovación y Transformación Digital
definirá, en coordinación con las áreas del gobierno involucradas, los plazos a partir
del cual cada una de ellas deberá implementar las herramientas tecnológicas y
protocolos que se determinen (conf. art. 3);
Que la misma norma crea el Inventario Único de Trámites (IUT), dentro del Módulo
Registro de Legajo Multipropósito (RLM) del Sistema de Administración de
Documentos Electrónicos (SADE) (conf. art. 7), y establece que sobre los trámites
incluidos en el Inventario Único de Trámites, se realizará un trabajo de eliminación,
simplificación normativa y procedimental, y de digitalización tomando como principio la
mejora regulatoria, con las áreas competentes y con la Unidad de Proyectos
Especiales Simplificación Productiva y la Secretaría Legal y Técnica, cuando
correspondiere (conf. art. 9);
Que en ese lineamiento, mediante Resolución N° 70/SECITD/22, el Secretario de
Innovación y Transformación Digital estableció que los trámites que se incluyan en el
Inventario Único de Trámites (IUT), deberán procurar, teniendo en cuenta su
naturaleza y los derechos involucrados, la aplicación de los principios de buenas
prácticas regulatorias tales como tramitación a distancia, digitalización y transparencia,
entre otros (conf. art. 2);
Que en consecuencia, en el marco de lo previsto en la Ley N° 3.304 y la Resolución
N° 70/SECITD/22 anteriormente mencionadas, la Gerencia Operativa de
Estacionamiento Ordenado y Regulación del Cordón dependiente de esta Dirección
General, ha elaborado un detalle de los requisitos exigibles para la tramitación de las
reservas de espacios en la vía pública de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires
para estacionamiento de vehículos de personas con discapacidad, establecidas en el
Capítulo 7.3 del citado Código de Tránsito y Transporte, aprobado por Ley N° 2.148
(texto consolidado por la Ley N° 6.588) conf. Anexo: (Informe N° IF-2023-32937215-
GCABA-DGGSM);
Que por Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre los Ministerios del Poder Ejecutivo a
la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que mediante el Decreto N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios, se aprobó la
estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la estructura organizativa de la Jefatura de
Gabinete de Ministros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, dentro de las Responsabilidades Primarias de la Dirección General Gestión de
Servicios de Movilidad, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad,
de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, establecidas en el precitado Decreto, se encuentra la de
implementar, gestionar y controlar el Sistema de Estacionamiento Regulado en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente,
aprobatorio de la reglamentación para el trámite de reservas de espacios en la vía
pública para estacionamiento de vehículos de personas con discapacidad,
establecidas en el Capítulo 7.3 de la Ley N° 2.148 (texto consolidado por la Ley N°
6.588) (conf. Anexo: Informe N°IF-2023-32937215-GCABA-DGGSM) .
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, conforme el Decreto N°
463/GCABA/19 y sus modificatorios,
Artículo 1°.- Aprobar la reglamentación del trámite de reservas de espacios en la vía
pública para estacionamiento de vehículos de personas con discapacidad,
establecidas en el Capítulo 7.3 de la Ley N° 2.148 (texto consolidado por la Ley N°
6.588), que, como Anexo (Informe N° IF-2023-32937215-GCABA-DGGSM); forma
parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar y
notificar a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, Secretaría de Innovación y
Transformación Digitalny a la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad. Cumplido,
archivar. Salaverri