DECRETO 141 2005

Síntesis:

MODIFICA EL ARTÍCULO 9° DEL DECRETO N° 2.635-GCABA/03 - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - U.P.E. COLONIAS DE VACACIONES DE LA CIUDAD - PROGRAMA COLONIA DE VACACIONES - ASIGNACIÓN DE CAJA CHICA - RESPONSABLES - HAYDEÉ CHIOCCHIO DE CAFFARENA - ALFREDO IÑIGUEZ - DANIEL BRAVO

Publicación:

16/02/2005

Sanción:

09/02/2005

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Decreto N° 2.635-GCABA/03 (B.O. N° 1835), el Expediente N° 51.293/04; y,

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto mencionado en el Visto ha sido creada la Unidad de Proyectos Especiales Colonias de Vacaciones en la Ciudad, la cual tiene a su cargo la tarea de satisfacer las necesidades de educación, salud y esparcimiento de niños y adolescentes de entre 3 y 17 años y personas con necesidades especiales sin límite de edad;

Que en virtud de la renuncia presentada por el Sr. Waldo Kantor, DNI 13.740.869, a la Dirección General de Deportes deviene oportuno y conveniente modificar el Decreto de creación de dicha Unidad de Proyectos Especiales (U.P.E.); designando en su lugar al actual Director General de Deportes Sr. Daniel Alfredo Bravo, DNI 12.277.096;

Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Modifíquese el artículo 9° del Decreto N° 2.635-GCABA/03 (B.O. N° 1835), el cual queda redactado de la siguiente forma: Son responsables de la administración y rendición de los fondos asignados en el artículo 8° del presente, en forma conjunta, la Directora General de Educación, Lic. Haydeé Chiocchio de Caffarena, LC 5.785.336, el Director General de Coordinación Financiera y Contable, Lic. Alfredo Alberto Iñiguez, DNI 18.135.746, y el Director General de Deportes, el Sr Daniel Alfredo Bravo, DNI 12.277.096.

Artículo 2° - El presente Decreto es refrendado por las señoras Secretarias de Educación, Hacienda y Finanzas, el señor Secretario de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable y el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 3° - Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a las Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, de Tesorería, de Contaduría y de Compras y Contrataciones, dependientes de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, y de Deportes, dependiente de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Educación. Cumplido, archívese. IBARRA - Perazza - Albamonte - Epszteyn - Fernández

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MODIFICA
Decreto 141-05 Modifica el artículo 9° del Decreto N° 2.635-GCABA/03 - UPE Programa Colonia de Vacaciones en la Ciudad