RESOLUCIÓN 1359 2021 SUBSECRETARIA GESTION DE LA MOVILIDAD

Síntesis:

SE DEJA SIN EFECTO LA RESOL-2021-775-GCABA-SSGMO - AUTORIZA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGENERACIÓN URBANA EFECTUAR,AFECTACIONES PARA LA GENERACIÓN DE NUEVAS ÁREAS PEATONALES TRANSITORIAS, A PARTIR DEL DÍA 1 DE OCTUBRE DE 2021 HASTA EL FIN DE LA EMERGENCIA SANITARIA - SUBSECRETARIA DE GESTION DE LA MOVILIDAD URBANA

Publicación:

11/09/2023

Sanción:

30/09/2021

Organismo:

SUBSECRETARIA GESTION DE LA MOVILIDAD


VISTO: Las leyes Nros. 2.148 (texto consolidado según ley N° 6347), 6.215, el Decreto

Nro. 463/GCABA/19 y sus modificatorios, el EX-2021-29259622- -GCABA- DGRU; y

CONSIDERANDO:

Que, por el Expediente mencionado en el Visto, la Dirección General de Regeneración

Urbana, solicita permiso modificar las afectaciones en diversas arterias de la Ciudad, a

partir del día 1 de octubre de 2021 hasta la finalización de la Emergencia Sanitaria,

para la generación de nuevas áreas peatonales transitorias;

Que en ese sentido se emitieron la Resolución N° RESOL-2021-775-GCABA-SSGMO,

mediante la cual se autorizó a la precitada Dirección a realizar las afectaciones

solicitadas;

Que mediante Informe nro. IF-2021-29258716-GCABA-DGRU, la Direccion General de

Regeneración Urbana, solicito permiso para modificar los horarios del corte aprobado

mediante Resolucion 2021-775- GCABA-SSGMO;

Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a la

Dirección General de Regeneración Urbana, a efectuar afectaciones en diversas

arterias de la Ciudad, para la generación de nuevas áreas peatonales transitorias, a

partir del día 1 de octubre de 2021 hasta la finalización de la Emergencia Sanitaria.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias conforme el Decreto N°

463/GCABA/19 y sus modificatorios;

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE LA MOVILIDAD

RESUELVE

Artículo 1°.- Déjese sin efecto la RESOL-2021-775-GCABA-SSGMO, del 18 de junio

de 2021.

Artículo 2°.- Autorizar a la Dirección General de Regeneración Urbana, a efectuar,

para la generación de nuevas áreas peatonales transitorias, a partir del día 1 de

octubre de 2021, hasta el fin de la Emergencia Sanitaria, las afectaciones integradas

en el ANEXO identificado como IF-2021-29579529-GCABASSGMO, el cual forma

parte integrante de la presente medida.

Artículo 3°.- La solicitante tomará a su cargo las responsabilidades emergentes de

siniestros u otros eventos a que pudieran dar origen el presente evento, debiendo

contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente,

dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a

fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el

acceso de frentistas, de vehículos de emergencias y el paso peatonal seguro.

Artículo 4°.-La solicitante deberá arbitrar los medios necesarios para contar en forma

obligatoria con el apoyo de Policía y/o personal de la Dirección General del Cuerpo de

Agentes de Tránsito y/o personal de la Dirección General de Coordinación Operativa,

del Ministerio de Justicia y Seguridad y/o de personal autorizado conforme lo dispuesto

en la Resolución 731/SSGMO/20 y su Anexo, a fin realizar las acciones tendientes

para llevar a cabo las afectaciones en el entorno mencionado en el art 2° y procederá

al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria.

Artículo 5°. - La solicitante deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Manual

General de Señalización Vertical y en el Manual de Señalización Vial Transitoria,

aprobados mediante la Ley N° 6.215 y sus respectivos anexos, o la normativa que en

el futuro las reemplace.

Artículo 6°.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3°, 4° y 5° de la

presente, la misma carecerá de validez.

Artículo 7°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

y comuníquese a la solicitante, a la Policía de la Ciudad, a la Policía de la Ciudad, a

las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Tránsito, de Coordinación

Operativa, de Planificación, Uso y Evaluación, de Gestión de Servicios de Movilidad,

de Inspección de Uso del Espacio Público; de Fiscalización y Control de Obras, de

Limpieza, al Ente Regulador de la Ciudad y a la Gerencia Operativa Estacionamiento

Ordenado y Regulación del Cordón. Cumplido, archívese. Galardi


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 1359-SSGMO-21 deja sin efecto la Resolucion 775-SSGMO--2021 del 18 de junio de 2021.<br /> </p>