RESOLUCIÓN 69 2023 SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL

Síntesis:

ESTABLECE DE FORMA PERMANENTE - PARA LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN - SOLICITUD DE SUBSIDIOS - ORGANIZACIONES COMPRENDIDAS EN LA LEY DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - PROPENDEN GARANTIZAR PROMOVER Y DIFUNDIR LOS DERECHOS HUMANOS SUS VALORES Y PRINCIPIOS EL PLURALISMO SOCIAL Y CULTURAL QUIENES PROMUEVAN VALORIZAR EL RESPETO POR LA DIVERSIDAD - MECANISMO ELECTRÓNICO - INSTAURADO POR - RESOLUCIÓN N° 34-SSDHPC/20 - SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL

Publicación:

12/09/2023

Sanción:

05/09/2023

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL


VISTO: Las Leyes N° 6.292 y N° 3.304 (textos consolidados por Ley N° 6.588) y N°

6.594, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, N° 167-PEN/21, N° 867-

PEN/21 y N° 863/22, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1/20, N° 8/20, N°

12/20, N° 15/20, N° 17/20, N° 2/21, N° 5/21, N° 7/21, N° 8/21, N° 9/21, N° 10/21, N°

11/21, N° 12/21, N° 13/21, N° 14/21, N° 1/22, N° 2/22, N° 3/22, N° 4/22, N° 5/22, N°

6/22, N° 1/23 y N° 2/23, el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, las Resoluciones N°

142- AVJG/16, N° 23-SSDHPC/17, N° 34-SSDHPC/20, N° 38-SSDHPC/20 y N° 39-

SSDHPC/20, y el Expediente Electrónico N° EX-2020-12781236- -GCABA-SSDHPC y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 578/16 se estableció que el titular de la Vicejefatura de

Gobierno, los Ministros, Secretarios y Subsecretarios del Poder Ejecutivo, aprueban

los programas de gestión en el marco de sus respectivas competencias;

Que en virtud de la Resolución N° 142-AVJG/16 se delegó en esta Subsecretaría de

Derechos Humanos y Pluralismo Cultural la facultad de aprobar programas de gestión

y su reglamentación, en el marco de sus respectivas competencias, todas ellas

descriptas en el Anexo del Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, dentro de la

previsión presupuestaria para el ejercicio que deba ejecutarse;

Que por la Resolución N° 23-SSDHPC/17, se aprobaron los recaudos documentales

requeridos para tramitar la entrega de subsidios aprobados y asignados al crédito

público a esta Subsecretaría por la Ley de Presupuesto de la Administración del

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hacia las distintas organizaciones que

propenden garantizar, promover y difundir los Derechos Humanos sus valores y

principios, el pluralismo social y cultural, asimismo a quienes promuevan valorizar el

respeto por la diversidad;

Que por otro lado, cabe destacar que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N°

260-PEN/2020 el Poder Ejecutivo de la Nación amplió la emergencia pública en

materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada

por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el virus COVID-19

(Coronavirus), por el plazo de un (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicho

decreto, siendo prorrogado por los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 167-

PEN/2021, N° 867-PEN/2021 y N° 863-PEN/2022 hasta el día 31 de diciembre de

2023;

Que asimismo por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia

Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de

2020, a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir

el riesgo de propagación del contagio en la población del virus COVID-19

(Coronavirus), prorrogándose dicha emergencia sanitaria mediante los Decretos de

Necesidad y Urgencia N° 8/20, N° 12/20, N° 15/20, N° 17/20, N° 2/21, N° 5/21, N°

7/21, N° 8/21, N° 9/21, N° 10/21, N° 11/21 , N° 12/21, N° 13/21, N° 14/21, N° 1/22, N°

2/22, N° 3/22, N° 4/22, N° 5/22, N° 6/22, N° 1/23 y N° 2/23 hasta el 31 de agosto de

2023;

Que en el marco de la pandemia por COVID-19 a través de la Resolución N° 34-

SSDHPC/20, modificada por las Resoluciones N° 38-SSDHPC/20 y N° 39-

SSDHPC/20, se estableció el mecanismo electrónico para la presentación de

documentación relativa a la solicitud de subsidios de las organizaciones comprendidas

en la Ley de Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos

Aires mientras dure la emergencia sanitaria en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley N° 3.304 estableció el "Plan de Modernización de la Administración Pública

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires" a fin de encarar un proceso de

modernización administrativa;

Que entre los objetivos específicos de la Ley N° 3.304 dispuestos en su artículo 2°, se

dispuso promover e introducir el uso de las nuevas Tecnologías de Información y

Comunicación de manera de responder con mayor celeridad y efectividad a las

demandas de la sociedad;

Que a su vez, la Ley N° 3.304 estableció en su artículo 6° como un instrumento

necesario para la implementación del Gobierno Electrónico, la digitalización de los

procedimientos administrativos con el objetivo de desarrollar los sistemas informáticos

y proponer y/o adecuar la normativa correspondiente para la digitalización de los

procesos administrativos a los fines de facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad

de la información y la reducción de los plazos en las tramitaciones;

Que atento a la experiencia positiva que arroja el uso del mecanismo electrónico

dispuesto por Resolución N° 34-SSDHPC/20 y sus modificatorias y a la voluntad de

dar continuidad al mismo resulta necesario establecer la implementación de la

mentada medida con carácter permanente.

Por ello, en uso de las facultades encomendadas,

LA SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS

Y PLURALISMO CULTURAL

RESUELVE

Artículo 1°.- Establécese de forma permanente para la presentación de documentación

relativa a la solicitud de subsidios de las organizaciones comprendidas en la Ley de

Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el

mecanismo electrónico instaurado por la Resolución N° 34-SSDHPC/20, modificada

por las Resoluciones N° 38-SSDHPC/20 y N° 39-SSDHPC/20.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su

conocimiento, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la

Vicejefatura de Gobierno. Malewicz

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 69-SSDHPC/23 establece de forma permanente para la presentación de documentación relativa a la solicitud de subsidios de las organizaciones comprendidas en la Ley de Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el mecanismo electrónico instaurado por la Resolución N° 34-SSDHPC/20.</p>