LEY 6672 2023

Síntesis:

MODIFICA - PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL - GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - EJERCICIO 2023 - UNIDADES DE COMPRA - UC - UNIDAD DE MULTA - UM - LEY DE COMPRAS

Publicación:

13/09/2023

Sanción:

07/09/2023

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

12/09/2023


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Modifíquese el Presupuesto General de la Administración Gubernamental

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2023,

aprobado por Ley 6594, de acuerdo a las planillas obrantes en el Anexo, el cual forma

parte integrante de la presente Ley.

Art. 2°.- El Poder Ejecutivo efectuará las readecuaciones crediticias que resulten

necesarias a los fines de la implementación de la presente Ley, las que quedan

excluidas de las limitaciones porcentuales establecidas por el artículo 22 de la Ley

6594.

Art. 3°.- Modifíquese el valor asignado para el presente ejercicio por el artículo 27 de la

Ley 6594 a las Unidades de Compra (UC) y Multa (UM) establecidas en el artículo 136

de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley 6588) y modificatorias, fijándose para

aquellas el importe de $ 150.

Establécese que los procesos de selección cuyos Pliegos de Bases y Condiciones

Particulares hayan sido aprobados con anterioridad a la promulgación de la presente

Ley, se regirán por el valor de la unidad de compra vigente en aquel momento.

Asimismo, los procesos en que dicha instancia no sea exigible, se regirán por el valor

de la unidad de compra vigente a la fecha de caratulación de los respectivos

expedientes licitatorios.

Art. 4°.- Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6706

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° modifica el Presupuesto General de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2023, aprobado por Ley N° 6594, de acuerdo a las planillas obrantes en el Anexo.</p><p>Artículo 3° de la Ley N° 6672 modifica el Art. 27 Inciso b) de la Ley N° 6594.</p>
PROMULGADA POR