RESOLUCIÓN 80 2023 INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL

Síntesis:

APRUEBA AGRUPAMIENTOS DE ESPACIOS DE PUBLICIDAD EN VÍA PÚBLICA -  PARTIDOS POLÍTICOS Y ALIANZAS ELECTORALES -   LISTAS DE CANDIDATOS - ELECCIONES GENERALES A CELEBRARSE EL 22 DE OCTUBRE DE 2023 -  SORTEO PUBLICO - PROCEDIMIENTO DE SORTEO - INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL

Publicación:

25/09/2023

Sanción:

13/09/2023

Organismo:

INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL


VISTO: las Leyes Nros. 268 y 6.031 (textos consolidados según Ley N° 6.588), los

Decretos Nros. 109/GCABA/23 y 228/GCABA/23 y el Expediente Electrónico N° EX-

2023-24952167-GCABA-IGE;

CONSIDERANDO:

Que por medio del Decreto N° 109/23, modificado por Decreto N° 228/2023, el Sr. Jefe

de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires convocó a Elecciones Primarias,

Abiertas Simultaneas y Obligatorias para el 13 de agosto de 2023 y a Elecciones

Generales para el 22 de octubre de 2023.

Que en los citados Decretos, se estableció la adhesión al régimen de simultaneidad de

elecciones previstas en la Ley Nacional N° 15.262, de conformidad con los artículos 57

y 60 en el Código Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado

mediante la Ley N° 6.031.

Que transcurridas las elecciones "PASO" del 13 de agosto, el Tribunal Electoral de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de la Resolución de fecha 24 de agosto

del corriente año, declaró la validez de las Elecciones Primarias, Abiertas Simultáneas

y Obligatorias (PASO) llevadas a cabo el día 13 de agosto de 2023 para la elección de

los/as candidatos/as a Jefe/a de Gobierno, Diputados/as de la Legislatura y Miembros

de las Juntas Comunales, mediante la cual comunicó los resultados del escrutinio

definitivo a las Juntas Electorales Partidarias de las agrupaciones políticas

participantes en las PASO, e hizo saber a las Juntas Electorales Partidarias de las

agrupaciones políticas que hayan superado los pisos electorales establecidos en el

artículo 100 del Código Electoral que deberán conformar y registrar las listas de Jefe/a

de Gobierno, Vicejefe/a de Gobierno, Diputados/as de la Legislatura y Miembros de las

Juntas Comunales que participarán en las elecciones generales convocadas para el

día 22 de octubre del corriente (IF-2023-34026376-GCABA-IGE).

Que posteriormente, el mentado Tribunal Electoral emitió, en fecha 7 de septiembre

del corriente año, las respectivas Resoluciones a través las cuales oficializó las listas

de candidatos/as para las categorías de Jefe/a de Gobierno, Vicejefe/a de Gobierno,

Diputados/as de la Legislatura de la Ciudad de Buenos y miembros de las quince

Juntas Comunales para las elecciones generales del 22 de octubre de 2023,

comunicadas por cada una de las Juntas Electorales de cada alianza partidaria o

agrupación política (OFJUD-2023-34028705-GCABA-IGE, OFJUD-2023-34029218-

GCABA-IGE, OFJUD-2023-34029553-GCABA-IGE, OFJUD-2023-34030284-GCABA-

IGE y OFJUD-2023-34030508-GCABA-IGE).

Que por su parte, la Ley N° 6.031, en el inciso 2 de su artículo 4°, dispone que el

Instituto de Gestión Electoral tiene entre sus competencias la de "...Distribuir el aporte

público para el financiamiento de las campañas electorales y el espacio de publicidad

de campaña previstos en la Ley...".

Que asimismo la Ley N° 268 (texto consolidado según Ley N° 6.588) establece en su

artículo 6° que "...El Gobierno de la Ciudad debe ofrecer a los Partidos Políticos,

Confederaciones y Alianzas que se presenten a la elección, espacios de publicidad en

las pantallas de la vía pública que estén a su disposición, los que se distribuirán

respetando criterios de equidad en cuanto a su ubicación...".

Que en tal entendimiento, y en pos de iniciar las gestiones inherentes a la asignación

de los espacios de publicidad en la vía pública para las Elecciones Generales del

próximo 22 de octubre, este Instituto consultó, mediante NO-2023-32908849-GCABA-

IGE, sobre el listado de los espacios a la Subsecretaría de Comunicación Social,

obteniendo el detalle de los mismos a través de la NO-2023-33627819-GCABA-SSCS,

el cual obra en autos como IF-2023-34030529 -GCABA-IGE.

Que con el objeto de sostener la imparcialidad y equidad en toda intervención de este

Instituto de Gestión Electoral, resulta conveniente la realización de un sorteo ante

Escribano Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los fines

de efectuar la asignación de los grupos de espacios de publicidad en la vía pública

para cada alianza partidaria y/o agrupación política participante de las Elecciones

Generales.

Que en consecuencia se dictó la Resolución RESOL-78-2023-GCABA-IGE, mediante

la cual se estipuló la fecha del sorteo mediante escribano público para el día 15 de

septiembre del corriente año.

Que ahora bien, a modo complementario a lo dispuesto por la citada Resolución y en

base a la información remitida oportunamente por la Subsecretaría de Comunicación

Social, se confeccionaron los distintos agrupamientos de los espacios a sortear (IF-

2023-34241871-GCABA-IGE) y el informe técnico elaborado por la Gerencia Operativa

de Coordinación Electoral con sus respectivos Anexos (IF-2023-34272896-GCABA-

IGE, IF-2023-34352099-GCABA-IGE y IF-2023-34352645-GCABA-IGE ),

correspondiente a la distribución de los referidos espacios de publicidad (CPM

carapantallas y PPL Transluminados) con aplicación del criterio de equidad en

cuanto a su ubicación y cantidad, en un número de grupos equivalentes al número de

Partidos Políticos y Alianzas Electorales que han sido oficializados por el Tribunal

Electoral de esta Ciudad Autónoma para cada una de las categorías de cargos a

elegir.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes N° 268 y N° 6.031

(textos consolidados según Ley N° 6.588),

EL DIRECTOR TITULAR

DEL INSTITUTO DE GESTIÓN ELECTORAL

RESUELVE:

Artículo 1°: Apruébase los agrupamientos de espacios de publicidad en vía pública que

serán asignados a los Partidos Políticos y Alianzas Electorales que oficializaron listas

de candidatos para las Elecciones Generales a celebrarse el día 22 de octubre del

2023, mediante sorteo público, conforme se detalla en Anexo I (IF-2023-34241871-

GCABA-IGE) que forma parte de esta Resolución.

Artículo 2°: Apruébase el procedimiento de sorteo, detallado en el Informe Técnico (IF-

2023-34272896-GCABA-IGE) junto sus respectivos Anexos (IF-2023-34352099-

GCABA-IGE y IF-2023-34352645-GCABA-IGE).

Artículo 3°: Establézcase la realización de un sorteo inicial, a fin de determinar el orden

de las Agrupaciones políticas por el cual se les asignará un número del uno (1) al

cinco (5) a los Partidos Políticos y Alianzas electorales cuyas listas de candidatos/as

fueran oficializadas para las próximas elecciones generales del día 22 de octubre del

2023.

Artículo 4°: Establézcase la realización de un primer sorteo para la categoría de Jefe/a

de Gobierno y Diputados/as de la ciudad, entre las cuatro (4) agrupaciones políticas

participantes en esta categoría, a los efectos que, una vez extraídas las cuatro (4)

bolillas que corresponderán a cada uno de los paquetes de publicidad en la vía

pública, serán asignadas las mismas de acuerdo al orden determinado según la

metodología establecida en el Art. 2° de la presente Resolución, debiendo quedar todo

ello asentado en el acta notarial respectiva.

Artículo 5°: Establézcase la realización de un segundo y tercer sorteo para la categoría

miembros de las Juntas Comunales, siendo el segundo sorteo a efectuarse para el

Grupo Comunal N° 1, correspondiente a las Comunas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 11, 12,

13, 14, 15 entre las cuatro (4) agrupaciones oficializadas, y el tercer sorteo se realizará

para el Grupo Comunal N° 2, correspondiente únicamente a la Comuna 7 entre las

cinco (5) agrupaciones oficializadas, todo ello a los efectos que, una vez extraídas las

bolillas correspondientes a cada uno de los paquetes de publicidad, en atención a

cada grupo de comunas, serán asignados los mismos a las agrupaciones políticas de

acuerdo al orden determinado según la metodología establecida en el Art. 2° de la

presente resolución, debiendo quedar todo ello asentado en el acta notarial respectiva.

Artículo 6°: Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a las Partidos Políticos y Alianzas Electorales que oficializaron listas de

candidatos para las Elecciones Generales, a la Dirección General Escribanía General;

pase a la Gerencia Operativa de Coordinación Electoral a sus efectos. Cumplido,

archívese. Fahey Duarte


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1°: de la Resolucion 80-IGE-23 aprueba los agrupamientos de espacios de publicidad en vía pública que seran  asignados a los Partidos Políticos y Alianzas Electorales que oficializaron listas<br />de candidatos para las Elecciones Generales a celebrarse el  22 de octubre de <br />2023, mediante sorteo público,</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1°: de la Resolucion 80-IGE-23 aprueba los agrupamientos de espacios de publicidad en vía pública que seran  asignados a los Partidos Políticos y Alianzas Electorales que oficializaron listas<br />de candidatos para las Elecciones Generales a celebrarse el  22 de octubre de <br />2023, mediante sorteo público,</p>