DECRETO 263 2023

Síntesis:

ACEPTA - CESIÓN GRATUITA - COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO AGRUPACIÓN UNIDAD 25 DE MARZO LIMITADA -  A FAVOR DE - GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - CALLES Y SENDEROS - VÍA PÚBLICA - PLANO DE MENSURA PARTICULAR CON UNIFICACIÓN Y POSTERIOR FRACCIONAMIENTO CON CESIÓN DE LA VÍA PÚBLICA  M-150-2019 - POLÍGONO V-W-S-Ñ-T-UV - SENDERO ALBARIÑO A CEDER -  POLÍGONO E-FK-L- CALLE ALBARIÑO A CEDER Y CALLE SIN NOMBRE OFICIAL A CEDER - POLÍGONO I'-Y'-K'-C'-D'-J'-I' - AUTORIZA - DIRECCIÓN GENERAL ESCRIBANÍA GENERAL - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - INSTRUMENTAR LA TRANSFERENCIA

Publicación:

27/09/2023

Sanción:

25/09/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional N°

17.801 y sus modificatorias, las Leyes Nros. 1218 y 5705 (textos consolidados por la

Ley N° 6588), el Expediente Electrónico N° 39161430-GCABA-IVC/22, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto, se promueve la protocolización e

inscripción ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal del Plano

de Mensura Particular con Unificación y Posterior Fraccionamiento con Cesión de Vía

Pública M-150-2019 aprobado por la Dirección General Registro de Obras y Catastro

dependiente de la Subsecretaría de Gestión Urbana de la Secretaría de Desarrollo

Urbano de la Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que la Ley N° 5.705 tiene por objeto la reurbanización, zonificación e integración

socio-urbana de la villa 20 en el marco de la Ley N° 1.770 y su artículo 15 establece

que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires garantizará el cumplimiento

del proceso de urbanización iniciado por la Cooperativa 25 de Marzo en las manzanas

de su propiedad;

Que, el plano mencionado corresponde a los inmuebles sitos en: 1°) calle Comandante

Celedonio Escalada S/N esquina calle Corvalan S/N esquina calle Pablo Torcuato

Batlle y Ordoñez N°4.911/5.005 esquina calle Miralla S/N, 2°) calle Miralla S/N°

esquina calle Pablo Torcuato Batlle y Ordoñez N° 4.906/5.004 esquina calle Corvalan

N° 4.942 identificados catastralmente como Sección 066, Manzana 30C, Parcelas 1 y

3; Manzana 030D, Parcelas 1 y 2 y Manzana 030E, Parcelas 2,3,4,7,8 y 9;

Que, dichos inmuebles son del dominio privado de la COOPERATIVA DE VIVIENDA,

CREDITO Y CONSUMO AGRUPACIÓN UNIDAD 25 DE MARZO LIMITADA,

inscriptos en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal en las

Matrículas FR 1-92899, FR-1-95524; FR 1-92900, FR 1- 95525; FR 1-92897, FR 1-

92898, FR 1-95526, FR 1-95527, FR 1-95528;

Que, del fraccionamiento resultante del Plano de Mensura Particular con Unificación y

Posterior Fraccionamiento con Cesión de Vía Pública M-150-2019, surgieron calles y

senderos a ceder a la vía pública, identificadas como 1°) Sendero sin nombre oficial a

ceder, designado como polígono V-W-S-Ñ-T-U-V. 2°) Sendero Albariño a ceder,

designado como polígono E-F-K-L-E. 3°) Calle Albariño a ceder y calle sin nombre

oficial a ceder, designado como polígono I'-Y-K'-C'-D'-J'-I', que se encuentran

efectivamente librados a la vía pública;

Que, por lo expuesto, resulta necesario aceptar la cesión de la superficie

correspondiente a vía pública ubicada dentro del predio delimitado conforme plano y

trasladar a dominio público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

autorizando a tales fines a la Dirección General Escribanía General dependiente de la

Secretaría Legal y Técnica, a realizar todas las acciones tendientes a instrumentar la

protocolización e inscripción ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital

Federal y efectivizar la cesión gratuita mencionada, de conformidad a lo dispuesto en

el artículo 3° inciso a) de la Ley Nacional N° 17.801 y sus modificatorias;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención

conforme Ley N° 1.218 (texto consolidado por la Ley N° 6588);

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Aceptar la cesión gratuita efectuada por la COOPERATIVA DE VIVIENDA,

CREDITO Y CONSUMO AGRUPACIÓN UNIDAD 25 DE MARZO LIMITADA a favor

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de las calles y senderos a ceder

a la vía pública, identificadas conforme el Plano de Mensura Particular con Unificación

y Posterior Fraccionamiento con Cesión de la Vía Pública, M-150-2019 como:1°)

Sendero sin nombre oficial a ceder, designado como polígono V-W-S-Ñ-T-U-

V.(superficie 658,42 m2) 2°) Sendero Albariño a ceder, designado como polígono E-F-

K-L-E.(superficie 295,80 m2) y, 3°) calle Albariño a ceder y calle sin nombre oficial a

ceder, designado como polígono I'-Y'-K'-C'-D'-J'-I' (superficie 1400,45 m2), que se

encuentran efectivamente librados a la vía pública.

Artículo 2°.- Autorizar a la Dirección General Escribanía General dependiente de la

Secretaría Legal y Técnica, a instrumentar la transferencia de las superficies

detalladas en el artículo 1° mediante escritura pública y/o documento administrativo

(Ley Nacional N° 17.801, artículo 3° inciso a) e inscribirla en el Registro de la

Propiedad Inmueble de la Capital Federal, a nombre del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo

Humano y Hábitat y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General Registro de Obras y Catastro dependiente de la

Subsecretaría de Gestión Urbana de la Secretaría de Desarrollo Urbano de la Jefatura

de Gabinete de Ministros, a la Dirección General Administración de Bienes

dependiente de la Subsecretaría Administración de Bienes Inmuebles del Ministerio de

Desarrollo Económico y Producción, al Instituto de la Vivienda de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires y a la Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo Agrupación

Unidad 25 de Marzo Limitada. Para su conocimiento y demás efectos, pase a la

Dirección General Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica.

Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mraida - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art.1 del Decreto 263/23 acepta la cesión gratuita efectuada por la COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO AGRUPACIÓN UNIDAD 25 DE MARZO LIMITADA a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de calles y senderos a ceder a la vía pública, en el marco de la Ley 5705.</p>