RESOLUCIÓN 407 2005 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Síntesis:

CONSIDERA PRESENTADAS EN TÉRMINO LAS DECLARACIONES JURADAS Y PAGO DE LA CUOTA N° 1/05 DEL IMPUESTO SOBRE INGRESOS BRUTOS - RÉGIMEN SIMPLIFICADO - VENCIMIENTO DE IMPUESTOS - CUOTAS ABONADAS EN TÉRMINO

Publicación:

01/03/2005

Sanción:

24/02/2005

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS


Visto las Resoluciones Nros. 3.247-SHyF/04, 5.012-DGR/04 y 100-DGR/05 y la actuación administrativa CI 95.628-DGR/05; y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 6° de la Resolución N° 100-DGR/05 estableció las fechas de vencimientos para la cuota 1 de los contribuyentes comprendidos en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de acuerdo a la terminación del Dígito Verificador de la CUIT/CUIL/CDI;

Que con motivo del pedido realizado por contribuyentes, que deben tramitar la clave fiscal ante la A.F.I.P. los que no la poseen y los profesionales de Ciencias Económicas, solicitando prórroga del vencimiento de la presentación de las Declaraciones Juradas y pago de la cuota N° 1/05 del impuesto en cuestión, por encontrarse los profesionales sometidos a una gran carga administrativa de trabajo provocada por las últimas reformas de carácter impositivo dictadas;

Que tal circunstancia hace necesario establecer un nuevo plazo para la presentación de las mismas, con el objeto de preservar la relación Fisco-contribuyente para una mejor administración de los tributos;

Por ello, conforme a las facultades conferidas por el Artículo 4° del Código Fiscal vigente;

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1° - Considérense presentadas en término las Declaraciones Juradas y Pago de la cuota N° 1/05 de los contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el Régimen Simplificado hasta el 18 de marzo de 2005.

Artículo 2° - Regístrese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos pase a las Subdirecciones Generales y restantes dependencias de esta Dirección General y comuníquese a la Unidad de Proyectos Especiales y a la Gerencia de Área de Créditos, Negocios y Servicios del Sector Público del Banco Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Otero

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Art. 1° Mod. Art. 6° Res. 100-DGR/05. Fechas de vencimiento.