RESOLUCIÓN 8639 2023 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

INCORPORA - ANEXO XI - RESOLUCIÓN N° 2873-MCGC/20 - Y SUS MODIFICATORIAS - CULTURA URBANA - PARTICIPACIÓN CESIÓN DE USO DE DATOS PÚBLICOS IMAGEN VOZ CREACIONES Y/O PRODUCCIONES DE CULTURA URBANA

Publicación:

27/09/2023

Sanción:

21/09/2023

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


VISTO: La Ley N° 6292 (Texto consolidado por Ley N° 6.588); la Resolución N° 2873-

MCGC/20 y sus modificatorias; el Expediente Electrónico N° 17632934-GCABA-

DGTALMC/20, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6.292 (Texto consolidado por Ley N° 6.588) dispone en su artículo 1°

que: "El Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de

conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere la presente ley...",

estableciendo en el art. 22° que corresponde al Ministerio de Cultura asistir al Jefe de

Gobierno en todo lo inherente a sus competencias, de acuerdo con los objetivos allí

enunciados, tales como "Diseñar e implementar las políticas, planes y programas

tendientes a preservar y acrecentar el acervo cultural", entre otros.

Que mediante la Resolución N° 2873-MCGC/20 y sus modificatorias, se creó la

actividad "Vivamos Cultura" con el objeto de que la oferta y contenidos culturales de la

Ciudad se encuentren accesible de forma remota y gratuita, a través de una

plataforma de comunicación audiovisual digital a demanda, durante la etapa de

aislamiento social obligatorio y una vez finalizada la misma.

Que conforme ha avanzado la actividad, la plataforma Vivamos Cultura ha crecido

exponencialmente en cuanto a la cantidad, calidad y alcance de su contenido

disponible al público.

Que resulta oportuno y conducente realizar segmentaciones del contenido en la

plataforma para que este se encuentre más accesible tanto para el público como para

aquellos actores de la Cultura que participan compartiendo contenido multimedia.

Que la cultura urbana abarca las expresiones artísticas que nacen en las grandes

ciudades, tienen un arraigo fuerte y un diálogo particular con el espacio público, pero

se desarrollan por fuera de los circuitos institucionales, además de implicar una ruptura

con las tradiciones y una afirmación del presente, por lo cual se puede considerar que

son movimientos de vanguardia.

Que en este orden de ideas, se iniciará una extensión de la plataforma Vivamos

Cultura destinada exclusivamente a la Cultura Urbana, en la que se concentrará toda

la información y contenido multimedia de ese sector específico del Arte y la Cultura.

Que, por razones técnicas, de eficiencia, y para brindar una mejor experiencia al

usuario o usuaria y la ampliación de la oferta cultural para las nuevas audiencias

resulta necesario incorporar un nuevo formulario específico en formato electrónico, a

los efectos de que las personas que participan en las actividades segmentadas de

Cultura Urbana autoricen y concedan la publicación de su imagen, voz, datos públicos,

textos y/o creaciones realizadas, registradas o propuestas, cargadas por actores

culturales de la Cultura Urbana en la plataforma Vivamos Cultura.

Que los contenidos serán visualizados por el público mediante el enlace

https://urbana.vivamoscultura.buenosaires.gob.ar/ y el contenido y autorizaciones

pertinentes serán cargados por los actores de la Cultura Urbana en el enlace

https://urbana.vivamoscultura.buenosaires.gob.ar/profile/general-information, o

aquellos que en el futuro los reemplacen.

Que la participación estará sujeta a las Bases y Condiciones establecidas mediante el

Anexo I de la Resolución N° 2873-MCGC/20, bajo número IF-2020-24482400-GCABA-

DGPSE, estableciéndose la baja inmediata de usuarios o contenidos que no se

ajusten a las mismas.

Que, por lo anteriormente mencionado, corresponde la incorporación del Anexo XI

(identificado mediante IF-2023-33063931-GCABA-DGPSE) a la Resolución N° 2873-

MCGC/20 mediante el dictado del pertinente acto administrativo.

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Incorporar a la Resolución N° 2873-MCGC/20 y sus modificatorias, el

Anexo XI, identificado mediante IF-2023-33063931-GCABA-DGPSE, el que se utilizará

en formato electrónico, accediendo a su contenido mediante interfaz digital desde los

enlaces https://urbana.vivamoscultura.buenosaires.gob.ar/ y/o

https://urbana.vivamoscultura.buenosaires.gob.ar/profile/general-information, o

aquellos que en el futuro los reemplacen, y que a todos los efectos forma parte de la

presente Resolución.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6716

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 8639-MCGC/23, incorpora  a la Resolución N° 2873-MCGC/20 el Anexo XI.</p>